Hacienda me reclama el IVA (voz dijo abre jailo)

optimusmaximus

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Tus operaciones exteriores no se encuentran exentas; se encuentran no sujetas, que no es lo mismo. Pero vaya, no te daré más pistas: CONTRATA A UN ASESOR. Podrías haberte deducido todo el IVA soportado en España y que tenga que ver con tu actividad: las limitaciones a la deducción (prorrata) sólo se aplican en operaciones exentas que, repito, no es tu caso. Has perdido dinero por tu tacañería.

Aprenderás la lección de que es una temeridad que un empresario pretenda llevar sus cuentas con hacienda él mismo. Igual que uno que toma remedios caseros en lugar de acudir al doctor, el que se defiende a si mismo en un juicio, y un largo etcétera.
 
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Visa.Cash

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Lo diré por cuarta o quinta vez:


  • NO trabajo con clientes europeos
  • NO soy operador Intracomunitario
  • NO PUEDO cobrar IVA a mi cliente (repito que NO son europeos)
  • NO PUEDO deducirme ningún IVA ya que si NO lo recaudo TAMPOCO puedo deducirmelo
Ya?
 
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Pat

Madmaxista
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Lo diré por cuarta o quinta vez:


  • NO trabajo con clientes europeos
  • NO soy operador Intracomunitario
  • NO PUEDO cobrar IVA a mi cliente (repito que NO son europeos)
  • NO PUEDO deducirme ningún IVA ya que si NO lo recaudo TAMPOCO puedo deducirmelo
Ya?
Comprueba el ultimo punto con hacienda, puedes recuperar el IVA que pagas, simplemente no lo deduces , Solicitas a hacienda que te lo ingresa en tu cuenta corriente.
Creo que ahí es donde has hecho el error, tenias que haber efectuado declaraciones trimestrales y el resume anual de IVA, incluso si te salió negativo.

Mantener nos informado de como se resuelve el asunto
 

Visa.Cash

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Ok, lo preguntaré. Pero yo sigo pensando que si no recaudas IVA es lógico que tampoco puedas deducirlo.
 

Ulisses

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No seas cabezón. Acabas de confirmarnos que prestas un servicio profesional a no residentes. Como mínimo tienes que documentar esas operaciones mediante facturas. Estén exentas o no.

No estoy de acuerdo con optimusmáximus por un motivo: si las operaciones que realiza estuviesen "no sujetas" hacienda no le pediría el modelo 303. Ergo, están sujetas pero exentas, lo cual le obliga a cumplimentar los correspondientes modelos y llevar un libro registro de facturas.

El IVA grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios. Y hay operaciones que no permiten deducir el iva soportado, pero en tu caso, tal y como te ha dicho PAT, podrías haberte deducido el iva soportado, aunque sólo sea el de la factura del teléfono móvil.


EDITO, ESTO ES UN OFF TOPIC PARA PAT: Seguro que estará orgulloso de su paisano, y nosotros de que le hayan dado la razón:

El británico que ganó a la banca española con 'Google Translator' - ElConfidencial.com
 
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Visa.Cash

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No seas cabezón. Acabas de confirmarnos que prestas un servicio profesional a no residentes. Como mínimo tienes que documentar esas operaciones mediante facturas. Estén exentas o no.

No estoy de acuerdo con optimusmáximus por un motivo: si las operaciones que realiza estuviesen "no sujetas" hacienda no le pediría el modelo 303. Ergo, están sujetas pero exentas, lo cual le obliga a cumplimentar los correspondientes modelos y llevar un libro registro de facturas.

El IVA grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios. Y hay operaciones que no permiten deducir el iva soportado, pero en tu caso, tal y como te ha dicho PAT, podrías haberte deducido el iva soportado, aunque sólo sea el de la factura del teléfono móvil.


EDITO, ESTO ES UN OFF TOPIC PARA PAT: Seguro que estará orgulloso de su paisano, y nosotros de que le hayan dado la razón:

El británico que ganó a la banca española con 'Google Translator' - ElConfidencial.com
Acabo de confirmaros? Tócate los bemoles, eso ya lo había dicho desde el principio. Y claro que tengo las facturas, cómo no voy a tenerlas?

Vuelvo a poner esta imagen por tercera vez, con la esperanza de que alguien lea la primera frase y logre comprenderme:



Veís como he marcado la casilla SÍ? Véis que al marcarla el documento dice que NO estoy obligado a presentar el ****** ese del IVA?

Si puedo deducirme el IVA soportado lo preguntaré, pero yo a penas tengo gastos de ningún tipo así que...
 

Pat

Madmaxista
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Ok, lo preguntaré. Pero yo sigo pensando que si no recaudas IVA es lógico que tampoco puedas deducirlo.
Si no se podía desgravar el IVA de los artículos exportados el exportador sufrirá una penalización injusta y se abre la puerta a la doble imposición.

Eg, usted exporta un producto fabricado en España a un empresa americana , has pagado IVA sobre el 50% del valor de tu exportación, el American vende su producto a un país del EU con el vuestro incorporado, al entrar en el Eu a ser producto americano se tiene que pagar aranceles si hay y el IVA sobre esto y el valor CIF. asi hacienda habrá ingresado en el concepto de IVA dos veces por el mismo artículo, lo que tu pagaste a tus proveedores, y otro vez cuando volvió al EU.
 

Ulisses

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Bueno, voy a suscribirme al hilo. Pero dinos qué te han contestado en Hacienda. NO es cuestión de discutir, porque no nos lleva a ninguna parte, sino de saber cual es la resolución del problema.
 

Glasterthum

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Di que el DNI que figura para tu empresa es un error, que en realidad es el de la Infanta el que toca. Verás cómo te dejan en paz. :D
 

Pat

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Mañana trataré de ir a Hacienda bien pronto a ver qué me dice. Pat, has pensado alguna vez en instalarte un corrector ortográfico en el navegador? Es gratuito y te vendría muy bien: Usar el corrector ortográfico | Ayuda de Firefox

Hmmm, veré si puedo, pero uso Internet Explorer bastante capado y ya me sale raro la gran mayoría de páginas que veo con él, no sé si me funcionara ninguna Add-on mas.

Además solo me hace falta un corrector-ortográfico? Mas bien me hace falta un corrector ortográfico, gramatical y de estilo
 

alquilerin

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No quiero suerte, quiero respuestas a mis preguntas :roto2::roto2::roto2:
Autonomo del tipo "no me gasto dinero en un gestor, mejor lo pregunto en un foro y me lo arreglan to"

Esto es un foro de burbuja inmobiliaria no un sitio donde arreglaremos tus intentos de estafa a hacienda.
 

murpi

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Hacienda es peor que los perros. Estos no muerden la mano que les da de comer, como hacen los de Hacienda.
 

Yatengotres

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Mira destrás tuyo...
Acabo de confirmaros? Tócate los bemoles, eso ya lo había dicho desde el principio. Y claro que tengo las facturas, cómo no voy a tenerlas?

Vuelvo a poner esta imagen por tercera vez, con la esperanza de que alguien lea la primera frase y logre comprenderme:



Veís como he marcado la casilla SÍ? Véis que al marcarla el documento dice que NO estoy obligado a presentar el ****** ese del IVA?

Si puedo deducirme el IVA soportado lo preguntaré, pero yo a penas tengo gastos de ningún tipo así que...
Bueno, ya te lo han aclarado más o menos pero te intento explicar porqué sé exactamente porqué te han enviado la carta:
Si marcas la casilla 510 el sistema espera la presentación del modelo 303 aunque hayas marcado que solo haces operaciones exentas o no sujetas. Fin de la historia, si no te creías obligado a presentar el 303 no deberías haber marcado esa casilla. Esto se arreglaría simplemente presentando un 037 modificando esa situación con fecha de efecto del alta.
Pero creo que tienes un problema porque realmente sí que tienes que presentar el modelo 303 por lo que lo que has dicho. Es más, has perdido bastante dinero no solicitando la devolución del iva soportado (no se de qué bar has sacado que si no facturas con IVA no te lo puedes deducir).
No sé quien te informó o ayudó para rellenar el 037 y para indicarte cómo tenías que tributar pero te ha costado y te va a costar pasta (si te piden la presentación de los 303 atrasados). No acabo de creerme que te informaran en hacienda porque no te lo hubieran indicado así, por lo que deduzco que te informaste en un foro y no lo entendiste del todo bien.
Igual te libras si en censos te arreglan el tema y no pasa por la sección de IVA, procura pedir numero para declaraciones censales primero y trata de arreglarlo ahí. Pero después mejor te vas a un asesor a informarte de tus obligaciones para empezar a hacerlo bien.
Ya contarás
 

fayser

Será en Octubre
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Hay que presentar declaración del IVA aunque sea por 0 euros.