Lee de nuevo mi mensaje, he especificado subcontratas, aunque puede llevarse a más tipos de contratación.
Es curioso cómo dices que lo que produce el empleado no es medible, mientras que la red contactos o dar órdenes sí lo es, porque el patrón o directivos bien que deciden lo que merecen. Aunque más curioso es que pretendas vender que cuando hay pérdidas el trabajdor no se ve afectado, como si no existiese el despido, los ertes y el fogasa para pagar lo que el patrón no paga.
Nadie ha dicho que el que pone el dinero no lo esté arriesgando, y por ello merece una ganancia, lo que he dicho es que hablando de la ignorancia del trabajador con respecto a lo que le roba el estado, más de uno tiraría de navaja si supiera lo que lo que le roba el patrón. Empresarios y empresas las hay buenas y nalas, el cuento del pobrecito empresario ya huele, si tan dolido e ingrato es, ya sabéis, a trabajar por cuenta ajena y a vivir la vida.
la producción no es tan desglosable en factores medibles como generalmente se pretende... el aporte del capital, la gerencia, o el conocimiento, tampoco, yo no he afirmado lo contrario...
si yo no estuviera apretando tuercas en un tercer semisótano el comercial no tendría nada que vender... y si el comercial no vendiera ya puedo yo apretar miles de tuercas que eso no se va a traducir en comida para mi familia... así que ¿cómo nos repartimos justamente el pastel de cada venta?...
es imposible de calcular... y no será porque ilustres economistas no lleven gran parte de la historia tratando de dar una fórmula... así que no lo hacemos, y por ende tu precio no es una función directa de tu aporte, sino de lo sustituible que seas...
para afirmar que el patrón te roba, primero tendríamos que poder calcular cuánto aporta él al producto final... y, como hemos dicho, eso es imposible... no puedes decir que se lleva más de lo que valoras su aporte (eso sería robar) sencillamente porque no puedes calcular su aporte...
por otro lado, el despido no es participar de ninguna pérdida, igual que no hago perder nada al panadero si dejo de comprar el pan en su tienda (en todo caso dejará de seguir ganando, pero es que yo no le debo nada más allá de los intercambios ya realizados)...
y tu derecho a cobrar nace de haber realizado el trabajo... al final de donde no hay no se puede sacar, y si hay quiebra acabarás cobrando lo que te cubra el fogasa, pero no porque no tuvieras derecho a cobrar... por lo menos tienes un seguro para cubrir parte de ese derecho, que como quiebre un cliente que deba pasta no hay seguro que venga a poner parte de lo perdido...
por contra, el accionista sí que pierde el derecho a cobrar si no hay beneficio... él sí participa de la pérdida...