Fronteras abiertas.

indibil

Madmaxista
Desde
7 Jul 2009
Mensajes
5.165
Reputación
5.503
Veo en un grupo de linkedin, que a los ingenieros españoles les están poniendo muchas pegas para poder colegiarse permanentemen, poniendo la excusa de que no tienen suficiente formación sísmica; seguro que las universidades peruanas destacan en ese campo internacionalmente.

Nada pongo esta pequeña perla de información, para que el personal espabile y vea que cuando nos toca ir a los países a los que se les ponía fácil reconocerles incluso el carnet de conducir; ya no les hace tanta gracia la immigración. A ver si aprendemos de una vez, leñe.
 
Artículo 13.
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Este artículo no incluye ni ampara el derecho de cualquier persona a entrar libremente en otro país que no sea el suyo, es decir, que no se reconoce ni el derecho de entrada ni el derecho a la inmi gración individual ni colectiva.

Libertad de circulación - Wikipedia, la enciclopedia libre
 
Volver