Fiscalidad cuentas/depositos vivienda

burbufilia

Madmaxista
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Yo como cuenta recomiendo la de Uno-e que da el 3%, con vistas a que vayan subiendo el interés cuando suba el uriborg unas décimas más. Es posible que Caja Madrid no actualice el depósito. Digamos que una cuenta de ahorro funciona más a "tipo variable" que un depósito, y tiene más liquidez.

Si tienes liquidez y quieres jugar con ella, haz el ingreso en diciembre y arreglado; no tienes por qué ingresar en enero
 

carpanta

Madmaxista
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La disposición de cantidades depositadas en cuentas vivienda para fines diferentes de la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual tiene como consecuencia la pérdida de las deducciones practicadas por las cantidades dispuestas, entendiéndose que estas son las primeramente depositadas, y ello con independencia de que posteriormente se produzca el reintegro de las cantidades dispuestas, incluso durante el mismo año.

Se perderá el derecho a la deducción en los siguientes casos:

* Cuando se disponga de las cantidades depositadas para fines distintos de la primera adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual. En caso de disposición parcial se entenderá que las cantidades dispuestas son las primeras depositadas.
* Cuando transcurra el plazo de 4 años para aplicar el saldo de la cuenta sin haber adquirido o rehabilitado la vivienda habitual.
* Cuando la posterior adquisición o rehabilitación de la vivienda no reúna las condiciones establecidas en la ley para tener derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual.


Artículo 56 2 Real Decreto 1775 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 .
 

malayoscuro

El troll técnico
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Yo voy a hacer lo siguiente:

Tengo pensado abrirme una cuenta vivienda el año que viene para reducir la crujida de hacienda.

1º) durante el 2007 muevo mis ahorros libremente por depósitos, bolsa,... buscando la mayor rentabilidad y antes del 31 de diciembre de 2007 meto todo lo que haya sacado (OJO!! no más de 9015 €) en el depósito a 3-4 años que más interés me de (ahora andan por el 3 y mucho) y digo que eso son mis ahorros para cuenta vivienda.

2º) de ese dinero me desentiendo y no lo toco hasta la compra de la vivienda.

3º) En el 2008 repito la operación, con mis ahorros de ese año (y lo que haya excedido de 9015 € del año anterior si he tenido suerte de ahorrar tanto) buscando opciones de depósitos, acciones, lo que sea...

4º) Antes del 31 de diciembre de 2008 lo meto junto con el dinero del año anterior....


Resultado tras 4 años (suponiendo que has ahorrado lo máximo deducible):

Tienes:
9015*4=36.060 euros ahorrados a sangre.
3267 € (como intereses que generan esos depósitos en los 4 años, suponiendo interés del 3,5%)
1350*4= 5.400 € que hacienda te ha devuelto en las declaraciones de esos 4 años.
Además tendrás que sumar la rentabilidad que hayas obtenido con tu dinero desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año antes de meterlo en el depósito para C.V.

Tras 4 años tendrás ahorrados (45.000 euros). Eso si, tienes que comprar por pelotas una vivienda porque sino hacienda te dará un buen palo como ya todos sabéis.
 
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19 Dic 2006
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Tampoco tendrás q comprarte la vivienda por pelotas, tan solo tendrás q devolver a hacienda la deducción de los cuatro años y el interés de demora (creo que es el 5% ahora). La deducción si no hubieses abierto la cuenta no la hubieses tenido, lo que sales perdiendo son los intereses pero no todos porque tu también has obtenido intereses durante ese periodo. Me imagino que será difícil quedarse a pre, no? Esto lo pregunto porque me estoy planteando si abrir una o no.
 

davidbarna

Madmaxista
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23 Nov 2006
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Hablando del tema, estaría por ver que tengas que devolver las cantidades si se caduca el plazo.

Razonamiento: con la situación de precios de la vivienda actual, ni aprovechando al máximo la deducción (9015 euros anuales) da para disponer para la entrada (20%) de una vivienda en cualquier ciudad española. Aprovechando al máximo y pidiendo una hipoteca del 80% del valor del piso sólo podrías optar a un piso cuyo valor no fuera superior a 180.000 euros (y estoy hablando de aprovechar al máximo la deducción).

El plazo máximo (4 años) no ha variado pese a que los precios se han triplicado desde 1997. Es más, se ha reducido: hasta 1998 podías tener una cuenta vivienda durante cinco años.

Otra cosa: en Navarra se permite desde hace un par de años tener una cuenta vivienda durante siete años. ¿Por qué no en el resto de España?

Con todos estos antecedentes quien no quiera devolver nada a Hacienda y recurrir a los tribunales, tiene una probabilidad (no sé si alta o baja) de obtener un fallo a su favor. El reglamento ha quedado claramente obsoleto y su aplicación strictu sensu es claramente inconstitucional (discrimina por razón de edad, por convertir esta deducción en regresiva y por ir contra el derecho a una vivienda digna).

Si algún abogado quiere convertirse en famoso ya sabe donde hay un caso...