A ver, que yo me entere pq leyendo la noticia casi lo he entendido al revés. O sea, se supone que en el momento de entregar a la niña a la madre tras pasar el correspondiente período de visita para el padre, por las circunstancias que sea, en ese momento de entrega de la niña, iban él y sus padres (los abuelos paternos de la niña). Dados los ánimos especialmente sensibles la G.C. consideró, in situ, que había un delito de coacciones, ¿no?
Si nos ponemos muy, muy, muy tiquismiquis se podría entender una posible lectura en ese sentido. Pero por otro lado no deja de ser un momento en el que el padre que ha estado todo el día con su hija y los abuelos, y fueron juntos a ese momento de la entrega. No veo el delito (salvo que quieras darle muchas vueltas) a que los abuelos quieran estar presentes en esos instantes. ¿A caso en las condiciones del régimen de visitas se especifica que no vaya ningún familiar a dichos momentos?
Personalmente algo no me cuadra.