Facturar durante baja maternidad tiempo parcial

espasonico

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Estamos pensando en que mi costilla coja la baja por maternidad pero a tiempo parcial (el 50% de la prestación) y no nos queda claro si se puede seguir facturando. El gestor no se aclara y nos pilla muy justo para cambiar de gestor y online no lo he podido aclarar.
Si alguién sabe algo o lo ha hecho así, molaría que compartiera su experiencia.
Un saludo
 

Eshpañavabien

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Por la parte de arriba.
Entiendo que sí es factible la maternidad de autónoma a tiempo parcial, si bien sólo se permite una reducción del 50% de la jornada y lógicamente se cobra el 50% del subsidio que correspondería.

Por lo tanto, salvo mejor opinión, puede facturar, lógicamente de forma proporcional al estar reducida la actividad.
 

espasonico

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Entiendo que sí es factible la maternidad de autónoma a tiempo parcial, si bien sólo se permite una reducción del 50% de la jornada y lógicamente se cobra el 50% del subsidio que correspondería.

Por lo tanto, salvo mejor opinión, puede facturar, lógicamente de forma proporcional al estar reducida la actividad.
La lógica dice eso, pero cómo puedes justificar que lo que facturas es el 50%!?. Ya se sabe que hay meses de mucho curro y otros de nada, por lo que no se pueden comparar facturaciones con meses anteriores, sobretodo si hay sido flojos
 

ametsalari

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No existe el concepto de "baja por maternidad" a tiempo parcial. O se está o no se está.
Lo que tu planteas, la reducción de jornada laboral, es una adaptación del puesto de trabajo, que no da lugar a ningún tipo de prestación.
 

Eshpañavabien

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Por la parte de arriba.
No existe el concepto de "baja por maternidad" a tiempo parcial. O se está o no se está.
Lo que tu planteas, la reducción de jornada laboral, es una adaptación del puesto de trabajo, que no da lugar a ningún tipo de prestación.
¿Qué dices?

DA 1ª del RD 295/2009

...
8. Los trabajadores por cuenta propia podrán, asimismo, disfrutar los descansos por maternidad y paternidad a tiempo parcial, a cuyos efectos, la percepción de los subsidios y la reducción de la actividad sólo podrá efectuarse en el porcentaje del 50 por 100.

Para el reconocimiento de esta modalidad de percepción del subsidio y correspondiente disfrute de los permisos de maternidad y paternidad, los interesados deberán comunicar a la entidad gestora, al solicitar la correspondiente prestación, el régimen en que se llevará a efecto, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3. Asimismo, serán de aplicación las reglas contempladas en las letras a) y b) del apartado 4, en relación con la duración y disfrute de los descansos y respecto de las causas que permiten la modificación del régimen de disfrute declarado a la entidad gestora.
 

samaruc

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¿Facturáis por horas?

Si va a ser que no, no entiendo la duda.

Si va ser que sí, pues a facturar las horas correspondientes a la reducción de jornada.
 

espasonico

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¿Facturáis por horas?

Si va a ser que no, no entiendo la duda.

Si va ser que sí, pues a facturar las horas correspondientes a la reducción de jornada.
El tema es que en ningún sitio dicen que puedas facturar. En todos sitios pone que la percepción de la prestación impide facturar, de ahí que esté hecho un lío porque no tiene ningún sentido
 

samaruc

Missing in Action
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¿Donde es en todos los sitios?

¿Habéis preguntado en vuestro CAISS?

Es que es de Perogrullo...

¿Como vas a cobrar el tiempo que trabajas por la reducción de jornada?

Ninguna autónoma se acogería a la maternidad a tiempo parcial. Si es una actividad personalísima, disfrutaría de la maternidad a tiempo completo y comunicaría quien se hace cargo de la actividad mediante este modelo dirigido al INSS

Insisto: preguntad en vuestro CAISS o, si os viene mal, al servicio de información teléfonica del INSS.
 

Yatengotres

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Mira destrás tuyo...
Por supuesto que puede facturar, en caso contrario no tendría sentido esta opción.
Como te han dicho si la factura es directamente atribuible a un número de horas se debe tener en cuenta para que cuadre. Si es por venta no veo límite posible en el que la administración pueda objetar que no se ha respetado la parcialidad.
 

maria6500

Pompero
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Entiendo que sí es factible la maternidad de autónoma a tiempo parcial, si bien sólo se permite una reducción del 50% de la jornada y lógicamente se cobra el 50% del subsidio que correspondería.

Por lo tanto, salvo mejor opinión, puede facturar, lógicamente de forma proporcional al estar reducida la actividad.
Sí, como te han comentado anteriormente, el permiso de maternidad sí es compatible con una reducción de jornada para los autónomos. En cualquier caso, para tener la información actualizada, te recomiendo que leas también este artículo sobre la baja de maternidad para autónomos, puedes encontrar un epígrafe muy completo. Por otro lado, es importante que sepáis que además de la baja por maternidad, se tiene derecho al permiso de lactancia. Un saludo
 

r@in

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Si el problema es facturar, utiliza la imaginación. No creo que sea muy difícil encontrar soluciones.
 

John Galt 007

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Estamos pensando en que mi costilla coja la baja por maternidad pero a tiempo parcial (el 50% de la prestación) y no nos queda claro si se puede seguir facturando. El gestor no se aclara y nos pilla muy justo para cambiar de gestor y online no lo he podido aclarar.
Si alguién sabe algo o lo ha hecho así, molaría que compartiera su experiencia.
Un saludo
Factura tu y ya esta.