Error Hacienda en declaración de la renta

ChortinaPremium

Juan 11:25-26
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Hola buenas, en Abril hice la declaración de la renta y me salió a pagar X € , la transferencia se hizo bien y todo lo demás.

Pues que pasa? el día 30 de Junio me sale como que he vuelto a pagar la misma cantidad a hacienda en concepto de Impuestos.... No me ha llegado ninguna notificación de multa, ni me han informado de ningún error. La pregunta es, que debo hacer, preguntar al banco por la transferencia? , poner una queja a hacienda? es problema mío? que hay que hacer en estas situaciones?


Un saludo.
 

Napalm

Señor, llévame pronto.
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Si ya pagaste en su día. Reclamacion.

Eso sí. A mí me cobraron dos veces liquidación anual de IRPF (el ajuste)en enero de 2021 y aún estoy esperando. Eran 13€ de hez pero....ahí sigo esperando
 

anduriña

Madmaxista
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Hola buenas, en Abril hice la declaración de la renta y me salió a pagar X € , la transferencia se hizo bien y todo lo demás.

Pues que pasa? el día 30 de Junio me sale como que he vuelto a pagar la misma cantidad a hacienda en concepto de Impuestos.... No me ha llegado ninguna notificación de multa, ni me han informado de ningún error. La pregunta es, que debo hacer, preguntar al banco por la transferencia? , poner una queja a hacienda? es problema mío? que hay que hacer en estas situaciones?


Un saludo.
Me extraña lo que dices. Porque el cargo en cuenta se hace siempre el día 30 de junio del año que sea.

Revisa si es verdad que has pagado en abril. Sería una cosa rarísima.

En todo caso, si esto fuera así tienes que pedir la devolución de ingresos indebidos. Art. 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (Ley General Tributaria). El desarrollo reglamentario está en los artículos 14 a 20 del R.D. 520/2005, de 13 de mayo. De hecho, te van a pagar intereses al 3,75% (art. 26 LGT, aunque los intereses se fijan cada año, creo recordar que está en el apartado 6 de este artículo).

Pide cita y habla con recaudación.

Mi declaración ha salido a pagar 1.250 euros y han hecho el cargo el 30 de junio.

P.S.: no hagas caso de lo que están diciendo en los comentarios anteriores -como sean así de fiables para todo...-. Es un procedimiento especial de revisión. No tienes que recurrir nada. Ahora bien, tienes presentar todos los papeles, con todo bien clarito.

No descartes que el sistema rechace el doble pago -está asociado a un mismo CSV. De todas formas, pide cita con recaudación. Cuanto antes mejor -son funcionarios y ahora vienen fechas donde no están muy propensos a trabajar
 
Última edición:

Impactrueno

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¿Como fue el proceso por el que pagaste mediante transferencia en Abril?
 

dalmore_12y

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Debe estar la cosa mu malita... Todos los años me devolvian a la semana de presentar la declaración, pero este año ya ha pasado un mes y nada roto2roto2
 

Ejquelosfajsistassonellos

Resignado ante la victoria de los malvados en Esp.
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Me extraña lo que dices. Porque el cargo en cuenta se hace siempre el día 30 de junio del año que sea.

Revisa si es verdad que has pagado en abril. Sería una cosa rarísima.

En todo caso, si esto fuera así tienes que pedir la devolución de ingresos indebidos. Art. 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (Ley General Tributaria). El desarrollo reglamentario está en los artículos 14 a 20 del R.D. 520/2005, de 13 de mayo. De hecho, te van a pagar intereses al 3,75% (art. 26 LGT, aunque los intereses se fijan cada año, creo recordar que está en el apartado 6 de este artículo).

Pide cita y habla con recaudación.

Mi declaración ha salido a pagar 1.250 euros y han hecho el cargo el 30 de junio.

P.S.: no hagas caso de lo que están diciendo en los comentarios anteriores -como sean así de fiables para todo...-. Es un procedimiento especial de revisión. No tienes que recurrir nada. Ahora bien, tienes presentar todos los papeles, con todo bien clarito.

No descartes que el sistema rechace el doble pago -está asociado a un mismo CSV. De todas formas, pide cita con recaudación. Cuanto antes mejor -son funcionarios y ahora vienen fechas donde no están muy propensos a trabajar
El cargo en cuenta es el 30 de junio si domicilias, pero si pagas, es cuando te dé la gana (antes del 30 de junio)
 

CANCERVERO

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Me extraña lo que dices. Porque el cargo en cuenta se hace siempre el día 30 de junio del año que sea.

Revisa si es verdad que has pagado en abril. Sería una cosa rarísima.

En todo caso, si esto fuera así tienes que pedir la devolución de ingresos indebidos. Art. 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (Ley General Tributaria). El desarrollo reglamentario está en los artículos 14 a 20 del R.D. 520/2005, de 13 de mayo. De hecho, te van a pagar intereses al 3,75% (art. 26 LGT, aunque los intereses se fijan cada año, creo recordar que está en el apartado 6 de este artículo).

Pide cita y habla con recaudación.

Mi declaración ha salido a pagar 1.250 euros y han hecho el cargo el 30 de junio.

P.S.: no hagas caso de lo que están diciendo en los comentarios anteriores -como sean así de fiables para todo...-. Es un procedimiento especial de revisión. No tienes que recurrir nada. Ahora bien, tienes presentar todos los papeles, con todo bien clarito.

No descartes que el sistema rechace el doble pago -está asociado a un mismo CSV. De todas formas, pide cita con recaudación. Cuanto antes mejor -son funcionarios y ahora vienen fechas donde no están muy propensos a trabajar
Mejor que poner reclamacion, gastarselo en gasolo+ina e incendiar ka delegacion de hacienda.
 

anduriña

Madmaxista
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El cargo en cuenta es el 30 de junio si domicilias, pero si pagas, es cuando te dé la gana (antes del 30 de junio)
Pero entonces no debería haberse duplicado el pago porque las vías son diferentes -nunca he hecho un declaración de IRPF en plazo con transferencia, todo sea dicho. Si es como dices, se habría generado un NRC en abril.

Que haga lo que le he dicho y no haga caso a los demás comentarios -menudo hatajo de cuñados.