El Tribunal Supremo avala difundir el nombre y los apellidos de los condenados por terrorismo machista :)

Solidario García

Madmaxista
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El Tribunal Supremo avala difundir el nombre y los apellidos de un condenado por maltrato

"Ante la lacra social de la violencia de género es innegable el interés general de la difusión de noticias referidas a condenas por estos delitos". En estos términos se ha pronunciado el Tribunal Supremo para avalar que un medio de comunicación puede publicar la identidad de un maltratador machista condenado sin que eso suponga una vulneración de sus derechos.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que desestima el recurso de un hombre —condenado por violencia de género— que alegaba que el diario Información de Alicante había vulnerado su derecho al honor, la intimidad y la propia imagen con un noticia titulada "Condenado a cuatro años de guandoca por pegar y encerrar a su novia en el armario" en febrero de 2012. En ella, se le identificaba con nombre y apellidos.

Que sea identificado, tal y como recoge la reciente sentencia del Supremo, está amparado por la libertad de información. "No hay intromisión en el honor ni en la intimidad del demandante en un diario de información, pues se trata de un delito de gran relevancia social, sin que se encuentre en alguno de los casos de personas que podrían requerir especial tutela", dicen los magistrados en el fallo.

"Aunque el demandante no ejerza cargo público o político ni profesión de notoriedad pública, es su relación con el suceso noticiable lo que origina su proyección pública", añade la sentencia.

A juicio del demandante, la información —que recogía datos de una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Alicante— atentaba contra sus derechos porque detallaba datos íntimos como que el origen de la disputa fue por celos. Además, denunció que se reprodujeron datos en la noticia sin que la sentencia de maltrato fuese firme.

En este sentido, el Supremo es claro y razona que no informar sobre una sentencia que no sea firme supone negar "el derecho de la sociedad a conocer puntualmente las noticias relevantes y de interés general que tienen lugar en los tribunales sobre hechos de grave trascendencia y repercusión social".
 
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