El referéndum de los socios de Sánchez encaja perfectamente en la constitución

Don Luriio

Madmaxista
Desde
28 Jul 2014
Mensajes
8.151
Reputación
19.779
En primer lugar, no hay ningún artículo que lo prohíba explícitamente, igual que la amnistía, y lo que no está prohibido está permitido. En segundo lugar el artículo 92 no especifica a qué ámbito se refiere cuando dice "todos los ciudadanos", puede referirse a todos los ciudadanos de una autonomía o un municipio. En tercer lugar Sánchez y sus ministres se han cansado de decir que una consulta de ese tipo no cabe en la constitución y ya sabemos que todo lo que dice el PSOE se demuestra que es mentira. Y en cuarto lugar Perro Cáncer se limpiará el ojo ciego con la constitución cuando le convenga, y retransmitido por la sexta si es necesario.

Artículo 92
  1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.​
  2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.​
  3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.​
 
Volver