El cura FALANGISTA de Cuelgamuros DESACATA la sentencia del Supremo y no autoriza el acceso a la Basílica

Nefersen

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Parece que no entiendes ni lo que publicas.

Los Tratados internacionales son fuente directa pues como declara el artículo 96 de la Constitución española formarán parte del ordenamiento jurídico interno "una vez publicados oficialmente en España"

Esto quiere decir que, una vez publicado el Tratado, FORMA PARTE del ordenamiento jurídico interno.

¿Lo comprendes o te hago un dibujito?
 

Abu-Yunis

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¿Ha dicho el Prior que va a obstaculizar físicamente la exhumación?

Lo único que ha dicho es que no da su autorización. Si el gobierno no obedece -en violación del tratado internacional y siguiendo la doctrina del Tribunal cliente - ya se verá quien tiene razón en un tribunal internacional.
Lo que el prior ha escrito es que "esta Abadía no autoriza el acceso a la Basílica (lugar de culto) con la finalidad de acceder a una 'res sacra' (sepultura)". Primero, no hace falta que de su autorización: su santidad el papa Francisco ya la dio. Segundo, si hay desacato dependerá de lo que el prior entienda como "no autorizar el acceso", si es que se va a encerrar en la basílica y no va a abrirle la puerta a la funeraria, o si solo es que cuando abra dirá "que conste que entran ustedes sin mi autorización".
 

Nefersen

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Lo que el prior ha escrito es que "esta Abadía no autoriza el acceso a la Basílica (lugar de culto) con la finalidad de acceder a una 'res sacra' (sepultura)". Primero, no hace falta que de su autorización: su santidad el papa Francisco ya la dio. Segundo, si hay desacato dependerá de lo que el prior entienda como "no autorizar el acceso", si es que se va a encerrar en la basílica y no va a abrirle la puerta a la funeraria, o si solo es que cuando abra dirá "que conste que entran ustedes sin mi autorización".
1) Dice que "no autoriza", no que la vaya a impedir fisicamente. En definitiva, deja clara su oposición formal, a efectos del enjuiciamiento del acto en recursos futuros ante tribunales que denuncien a la república bananera de Sánchez.

2) Sabes perfectamente que su Santidad el Papa no tiene autoridad sobre la orden, que tiene una indendencia de criterio. Lo que diga el montonero importa una hez.
 

Nefersen

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Desde el momento en que un tratado internacional se publica, forma parte del ordenamiento interno. Lo contrario es una VIOLACIÓN de un tratado internacional. ¿Entiendes?

El momento de ver si el Tratado es constitucional o no, es el momento anterior a firmarlo. No después. Es como si firmas un contrato y "decides" que no te conviene a posteriori. Eso se llama "incumplimiento de contrato", y es un delito.

Que yo sepa, la constitución no ha cambiado con Sánchez. Así que si el Tratado se ajustaba a la Constitución cuando se firmó... ¿me quieres explicar por qué ahora no se ajusta? ¿Porque te conviene?

Sois unos payasos.

Al menos tened la vergüenza de admitir los hechos: Estaís profanando una tumba y violando un tratado internacional. Y Olé.
 

Abu-Yunis

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1) Dice que "no autoriza", no que la vaya a impedir fisicamente. En definitiva, deja clara su oposición formal, a efectos del enjuiciamiento del acto en recursos futuros ante tribunales que denuncien a la república bananera de Sánchez.

2) Sabes perfectamente que su Santidad el Papa no tiene autoridad sobre la orden, que tiene una indendencia de criterio. Lo que diga el montonero importa una hez.
Toda orden religiosa católica depende del Papa, puede ser directamente si son de derecho pontificio, o a través del obispo si son de derecho diocesano. Si quieren tener independencia de criterio, que se hagan cismáticos.
 

Nefersen

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El tratado, una vez publicado, es ordenamiento interno.

Y LOS JUECES -en las repúblicas que no son bananeras- están OBLIGADOS a cumplir las leyes.

Así que si un tribunal dicta una resolución que es contraria a la ley, se llama PREVARICACIÓN.

Aquí no se discute si la Constitución prevalece o no sobre el Tratado. Sino si los jueces han dictado un sentencia que se ajusta a derecho, o han prevaricado.
 

Nefersen

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Toda orden religiosa católica depende del Papa, puede ser directamente si son de derecho pontificio, o a través del obispo si son de derecho diocesano. Si quieren tener independencia de criterio, que se hagan cismáticos.
No es así. A nivel internacional, la principal organización de la Orden es la Confederación Benedictina, un cuerpo establecido el 12 de julio de 1893 por el papa León XIII con el breve Summum semper, cuya cabeza es conocida como abad primado.

El Abad Primado tiene no se sujeta al Vaticano como si fuera un empleado. Tiene autonomía.
La Confederación Benedictina es una unión de las congregaciones monásticas que conservaron su propia autonomía.
 

Abu-Yunis

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Desde el momento en que un tratado internacional se publica, forma parte del ordenamiento interno. Lo contrario es una VIOLACIÓN de un tratado internacional. ¿Entiendes?

El momento de ver si el Tratado es constitucional o no, es el momento anterior a firmarlo. No después. Es como si firmas un contrato y "decides" que no te conviene a posteriori. Eso se llama "incumplimiento de contrato", y es un delito.

Que yo sepa, la constitución no ha cambiado con Sánchez. Así que si el Tratado se ajustaba a la Constitución cuando se firmó... ¿me quieres explicar por qué ahora no se ajusta? ¿Porque te conviene?

Sois unos payasos.

Al menos tened la vergüenza de admitir los hechos: Estaís profanando una tumba y violando un tratado internacional. Y Olé.
Pues si el gobierno de Pedro Sánchez está violando un tratado internacional, la parte perjudicada, es decir el estado Vaticano, tendría que interponer el correspondiente recurso ante la instancia internacional correspondiente, y que sepamos aún no lo ha hecho. Las noticias que tenemos es que al jefe de ese estado le parece bien.