El consenso de género

Miss Marple

Más allá de la burbuja
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St Mary Mead
Estos días ha habido bastante debate sobre la propuesta de C's de eliminar la "asimetría legal" en la Ley Integral de Violencia de Género (según unos es un retroceso y un ataque a las mujeres, según otros es una restauración de la igualdad). Lo positivo de este debate es que ha servido para mostrar con una claridad a menudo ausente cual es el consenso sobre el tema de los partidos con aspiraciones a representación parlamentaria, ejemplificado en este editorial de El País de hoy:

Violencia machista: Penas justas | Opinión | EL PA

La Ley Integral de Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004) introdujo en nuestro ordenamiento jurídico el concepto de género, base del llamado feminismo de 3a ola. Este concepto es (citando al editorial): "(...) la idea de que la violencia machista se dirige contra las mujeres por el hecho de serlo y como consecuencia de unos patrones culturales que determinan relaciones de desigualdad dentro de la pareja. Se entiende que esa relación no es por una mera discriminación de tipo personal, sino estructural." O en palabras de Alberto Garzón en un reciente debate televisivo [explicando el concepto del patriarcado]: "Tenemos que hacer un proceso que reconozca, para empezar, que hay una opresión de la mujer por parte del hombre. Si no partimos de ahí, no se estará de acuerdo con la discriminación positiva, porque partimos de una desigualdad a todos los niveles."

La LIVG fue aprobada con los votos de todos los partidos en 2004. En 2008 el TC
resolvió los recursos presentados por algunos jueces dictaminando que un mayor castigo para la misma acción no iba contra el artículo 14 de la constitución ("Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sesso, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social").
El razonamiento para la sentencia (aprobada por 7 votos a 5) era que la misma conducta agresiva, cuando se da de un hombre a una mujer en una relación de pareja, representaba un mayor daño y por tanto merecedora de un mayor pena que cuando se da de la mujer hacia el hombre al encuadrarse en una pauta cultural de dominación ("no resulta reprochable el entendimiento legislativo referente a que una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural –la desigualdad en el ámbito de la pareja– gene-radora de gravísimos daños a sus víctimas y dota así consciente y objetivamente a su comportamiento de un efecto añadido a los propios del uso de la violencia en otro contexto"), ratificando la aplicación de la ideología de género.

La ideología de género (entender la sociedad como un patriarcado en el que los hombres oprimen a las mujeres, y que es necesario transformar radicalmente) me parece tan respetable como cualquier otra, aunque no la comparto. Lo que me parece preocupante es que esa ideología, que afecta al entendimiento de conceptos y derechos fundamentales como la igualdad ante la ley, haya sido adoptada como ideología de estado con un consenso político generalizado sin que se haya dado (que yo sepa) una oportunidad al electorado de escuchar los argumentos y declararse a favor o en contra. Creo que es importante, ahora que se habla de reformas constitucionales, plantear abiertamente el significado del concepto de igualdad, y dar a los españoles la oportunidad de incorporar o no a la constitución la ideología de género que sus representantes han decidido adoptar.
 

MariaL.

Madmaxista
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Estos días ha habido bastante debate sobre la propuesta de C's de eliminar la "asimetría legal" en la Ley Integral de Violencia de Género (según unos es un retroceso y un ataque a las mujeres, según otros es una restauración de la igualdad). Lo positivo de este debate es que ha servido para mostrar con una claridad a menudo ausente cual es el consenso sobre el tema de los partidos con aspiraciones a representación parlamentaria, ejemplificado en este editorial de El País de hoy:

Violencia machista: Penas justas | Opinión | EL PA

La Ley Integral de Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004) introdujo en nuestro ordenamiento jurídico el concepto de género, base del llamado feminismo de 3a ola. Este concepto es (citando al editorial): "(...) la idea de que la violencia machista se dirige contra las mujeres por el hecho de serlo y como consecuencia de unos patrones culturales que determinan relaciones de desigualdad dentro de la pareja. Se entiende que esa relación no es por una mera discriminación de tipo personal, sino estructural." O en palabras de Alberto Garzón en un reciente debate televisivo [explicando el concepto del patriarcado]: "Tenemos que hacer un proceso que reconozca, para empezar, que hay una opresión de la mujer por parte del hombre. Si no partimos de ahí, no se estará de acuerdo con la discriminación positiva, porque partimos de una desigualdad a todos los niveles."

La LIVG fue aprobada con los votos de todos los partidos en 2004. En 2008 el TC
resolvió los recursos presentados por algunos jueces dictaminando que un mayor castigo para la misma acción no iba contra el artículo 14 de la constitución ("Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sesso, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social").
El razonamiento para la sentencia (aprobada por 7 votos a 5) era que la misma conducta agresiva, cuando se da de un hombre a una mujer en una relación de pareja, representaba un mayor daño y por tanto merecedora de un mayor pena que cuando se da de la mujer hacia el hombre al encuadrarse en una pauta cultural de dominación ("no resulta reprochable el entendimiento legislativo referente a que una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural –la desigualdad en el ámbito de la pareja– gene-radora de gravísimos daños a sus víctimas y dota así consciente y objetivamente a su comportamiento de un efecto añadido a los propios del uso de la violencia en otro contexto"), ratificando la aplicación de la ideología de género.

La ideología de género (entender la sociedad como un patriarcado en el que los hombres oprimen a las mujeres, y que es necesario transformar radicalmente) me parece tan respetable como cualquier otra, aunque no la comparto. Lo que me parece preocupante es que esa ideología, que afecta al entendimiento de conceptos y derechos fundamentales como la igualdad ante la ley, haya sido adoptada como ideología de estado con un consenso político generalizado sin que se haya dado (que yo sepa) una oportunidad al electorado de escuchar los argumentos y declararse a favor o en contra. Creo que es importante, ahora que se habla de reformas constitucionales, plantear abiertamente el significado del concepto de igualdad, y dar a los españoles la oportunidad de incorporar o no a la constitución la ideología de género que sus representantes han decidido adoptar.
Pero es que la igualdad ante la ley se ha interpretado así siempre, no es algo de ahora. La quema de un contenedor en un pueblo vasco, se ha penado más que en Sevilla, por ejemplo. El mismo acto violento, por ejemplo, dar de baja de la suscripción de la vida a una persona, lleva distintas penas, según quien lo haga, por ejemplo si es un terrorista, será más penado que si es un señor que pasaba por allí y se cabreó y lo mató. Hay cientos de ejemplos de esto en nuestra legislación y en las sentencias de los jueces, ahora parece mal porque se aplica al tema de género, pero siempre pareció bien cuando se hacía en los otros temas
 

frangelico

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Habría que hacer la cuenta de las penas efectivas de los terroristas porque lo probable es que salgan cifras por homicidio entre bajas y muy bajas comparando con el promedio
En España dar de baja de la suscripción de la vida tiene un gran descuento por volumen porque el diseño giliprogre de la CE 78 y el CP así lo contemplaron . Hay que ayudar a los amigos...
 
Última edición:

MariaL.

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Habría que hacer la cuenta de las penas efectivas de los terroristas porque lo probable es que salgan cifras por homicidio entre bajas y muy bajas comparando con el promedio
Pues es lo mismo para lo que viene el caso, el hecho de que sean distintas y el acto el mismo, dar de baja de la suscripción de la vida a una persona, demuestra lo que he dicho, da igual quien salga beneficiado, el terrorista o el ciudadano que tuvo un cabreo en ese momento....
 

Miss Marple

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Pero es que la igualdad ante la ley se ha interpretado así siempre, no es algo de ahora. La quema de un contenedor en un pueblo vasco, se ha penado más que en Sevilla, por ejemplo. El mismo acto violento, por ejemplo, dar de baja de la suscripción de la vida a una persona, lleva distintas penas, según quien lo haga, por ejemplo si es un terrorista, será más penado que si es un señor que pasaba por allí y se cabreó y lo mató. Hay cientos de ejemplos de esto en nuestra legislación y en las sentencias de los jueces, ahora parece mal porque se aplica al tema de género, pero siempre pareció bien cuando se hacía en los otros temas
Porque se considera que un daño mayor justifica un castigo mayor. La cuestión es que el razonamiento para justificar que una conducta agresiva representa un daño mayor cuando la hace un hombre que cuando la hace una mujer (porque se imbrica en una pauta ancestral de dominación llamada patriarcado) es ideología; ideología que se ha convertido en el consenso político sin dar al electorado la oportunidad de aprobarla o no (no hay posibilidad de discrepar ya que todos los partidos opinan lo mismo, y además sin explicarlo claramente).
 

nelsoncito

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Ya tenemos a la payasa feminista radical defendiendo la nauseabunda ideología de género y el crimen de autor.

No tiene nada que ver con alguien que mata a otra persona con un arrebato, con una banda criminal que planifica y ejecuta un asesinato. En el segundo caso el grado de organización es brutal: un comando que consigue armas, otro que consigue vehículos, otro que falsifica matrículas y documentación, otro que se ocupa de la financiación, otro de la estrategia. Efectivamente, en el segundo caso existe el agravante de pertenencia a banda armada.

La discriminación de sesso en un crimen es algo gratuito e injusto.
 

annamaria

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por ejemplo si es un terrorista, será más penado que si es un señor que pasaba por allí y se cabreó y lo mató.
La mari obviando que el terrorista premedita y el señor del cabreo no.
Un asesinato va con premeditación mientras que un homicidio no.

Si tanto le gusta a la mari hacer comparancias gilipollescas que, al menos, se lea el código penal.
Es que es sencilla y, además feminanzi y bocachancla de nacimiento.
 

MariaL.

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Porque se considera que un daño mayor justifica un castigo mayor. La cuestión es que el razonamiento para justificar que una conducta agresiva representa un daño mayor cuando la hace un hombre que cuando la hace una mujer (porque se imbrica en una pauta ancestral de dominación llamada patriarcado) es ideología; ideología que se ha convertido en el consenso político sin dar al electorado la oportunidad de aprobarla o no (no hay posibilidad de discrepar ya que todos los partidos opinan lo mismo, y además sin explicarlo claramente).
No es cierto que se considere mayor el daño si lo hace un hombre que si lo hace una mujer, pues hay hombres que agreden a mujeres y no les juzgan por la ley de género. Si cuentas mentiras, ya estás enguarrando el debate y por eso no se acaba en este foro, de tener un hilo con un debate serio en este tema. jorobar, discute sin mentir.

Como en la quema de contenedores, no se penaba más si lo hacía un vasco que un andaluz.

---------- Post added 12-dic-2015 at 19:46 ----------

Ya tenemos a la payasa feminista radical defendiendo la nauseabunda ideología de género y el crimen de autor.

No tiene nada que ver con alguien que mata a otra persona con un arrebato, con una banda criminal que planifica y ejecuta un asesinato. En el segundo caso el grado de organización es brutal: un comando que consigue armas, otro que consigue vehículos, otro que falsifica matrículas y documentación, otro que se ocupa de la financiación, otro de la estrategia. Efectivamente, en el segundo caso existe el agravante de pertenencia a banda armada.

La discriminación de sesso en un crimen es algo gratuito e injusto.
Vale, pues que el señor no se cabrea, que después de un par de días pensándolo, junte a sus amiguetes y vayan juntos a por él, además todos eran una banda de vendedores de droja. La pena no es la misma, que si es ETA, porque dar de baja de la suscripción de la vida por terrorismo, está más penado, que dar de baja de la suscripción de la vida una banda a un miembro de otra banda. El acto es el mismo: dar de baja de la suscripción de la vida y la ley, va a aplicar baremos distintos en la sentencia.

Cuanto más insultes, más demuestras que no tienes argumentos para defender nada
 

Brigit

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Si el Código Penal ya contempla todos los casos con sus agravantes o atenuantes, razón de más para seguir defendiendo que esta ley está de más.
 

EverBanega

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El mensaje de Nelsoncito está sintetizado y es fácil de entender. Da para cerrar el hilo. El que no tenga claro eso o es simple o es mala gente. No hay más.
 

Plvs Vltra

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la idea de que la violencia machista se dirige contra las mujeres por el hecho de serlo y como consecuencia de unos patrones culturales que determinan relaciones de desigualdad dentro de la pareja. Se entiende que esa relación no es por una mera discriminación de tipo personal, sino estructural.
No hay estudios empiricos que demuestren este hecho.

Solo solo teorias que se han convertido en ideologia de estado.
 

MariaL.

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Si el Código Penal ya contempla todos los casos con sus agravantes o atenuantes, razón de más para seguir defendiendo que esta ley está de más.
Pero no es que la ley mire agravantes, etc. Es que usan una ley para juzgarte por quemar un contenedor en Bilbao y otra si lo haces en Sevilla. Tienes distintas penas, porque te aplican leyes diferentes.

Lo mismo que si matas a una persona por terrorismo que si la matas por un trapicheo de drojas. Te aplican leyes distintas.

Y es lo que se hace con el género, si matas a tu esposa en medio de una riña normal en que no hay un conflicto de género te van a juzgar por una ley, la misma ley que si matas a la vecina, pero si matas a tu esposa por una razón de género, te juzgarán por la ley de género.

Esto es así en nuestra legislación desde siempre, lo que pasa que a alguna gente sólo os importa desde ahora.
 
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A ver que no se trata de leyes ni de no leyes, que se trata de absorber del bote y no hay más.

Concejales, abogados, ONGs y observatorios varios, así como el 50% de la población viven de ello.
 

wtfisgoingon

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Ya hay que ser pueblerino, salvaje e ignorante para pegar a una persona, pero para pegar a tu mujer uno tiene que estar completamente pirado. No me extraña nada la fuga de votos de Ciudadanos.