Josvermar3
Lonchafinista
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Estoy haciendo ahora la pasantía y nos ha llegado al despacho donde estoy el siguiente caso del cual me gustaría que los abogados del foro me dieran su opinión:
- Comento mi caso a ver que consejos se le puede ocurrir darme a algún forero abogado que tenga experiencia en el mundillo…
Después de acabar tarde el grado en la Universidad de Sevilla (27 años), estuve opositando a secretario de ayuntamiento, oposiciones que lamentablemente no saqué tras varios años hincando codos. También viví una temporada en Inglaterra donde aprobé el B2. La cosa es que me planteo mi futuro laboral y pensando en que hacer decidí que la salida lógica era cursar el máster de acceso a la abogacía (que lamentablemente en su día no cursé). Me han cogido en la Universidad de Huelva y estoy en lista de espera para las universidades de Cádiz, Córdoba, Sevilla y Pablo de Olavide.
Mis preguntas:
¿Hasta que punto lo tengo difícil para meter la cabeza en el sector teniendo en cuenta mi edad (32 años)?
¿Me merece la pena gastarme más dinero en un máster de “postín” con una buena bolsa de empleo?
¿Cuanto tiempo sería recomendable estar de pasante antes de intentar montármelo por mi cuenta y riesgo?
¿Me merece la pena matricularme en Huelva o esperar a que me cojan en otra Universidad de las que antes cité?
Gracias de antemano
Señor compra vivenda a finales de agosto a toca teja (sin financiación), teniendo el inmueble dos préstamos hipotecarios en ese momento. Uno pagandose en el momento de la compra y el otro cancelado economicamente en 2015 pero sin cancelar en el registro de la propiedad.
La cosa es que el hombre adquiere el inmueble libre de cargas, de tal forma que con parte del precio de la venta se canceló economicamente la hipoteca existente y logicamente el resto del dinero va para los dueños anteriores (parte vendedora).
Puestos ya en antecedentes, el problema que nos plantea el caballero es que las dos hipotecas tras casi tres meses después de firmarse la escritura siguen figurando en el registro de la propiedad y el dueño antiguo le ha dicho por teléfono (habiendose comprometido este a cancelarlas de su bolsillo en la escritura de compraventa) que el problema esta en que no va el apoderado del banco Sabadell a firmar (entidad prestamista).
La cuestión es que mi jefe le ha aconsejado mandar un burofax advirtiendo al antiguo dueño de que o cancela las dos hipotecas en el plazo de un mes o será demandado en lo civil.
¿Que os parece juridicamente hablando la solución?
Psdt: El comprador esta paranoico pensando en que realmente no se ha pagado el piso y ha sido víctima de una estafa. Nosotros le hemos dicho que eso es harto improbable porque el piso fue pagado por un cheque nominativo a favor del banco Sabadell y que fue mandado a dicha entidad por un tercero, concretamente un gestor administrativo asociado a la notaría donde se hizo el negocio, y que por consiguiente que no puede hacer nada con el cheque.
También le inquieta que los certificados bancarios de las dos deudas hipotecarias fueran simples fotocopias y no los originales.
“No se ha justificado ni la veracidad ni la autenticidad de dichos documentos” reza en la escritura.
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