EDICIÓN DEFINITIVA: 2 DOCUMENTOS 100% LEGALES PARA NO USAR mascaras NI EN COMUNIDADES AUTÓNOMAS QUE OBLIGAN

Interesante, interesante.

Una pregunta.

En el momento en que les enseñes ese documento a las autoridades y para anticiparse a la posible "propuesta de sanción",

?sería útil ir previamente al médico de cabecera contando la película de mareos y ansiedad fruto del cubreboca, y así obtener un documento que lo acredite?

Aún con el derecho de no dar información propia, especialmente de carácter sanitario, podría ser disuasorio.

Salud.

Puedes ir al médico si quieres para que te de un papel. Pero ya han hablado muchos médicos de que no están dándolo, ni a personas con historial de asma y falta de aire, porque tienen orden del gobierno de no hacer esos papeles. En ese caso habría que grabar al médico negándose y pedirle un papel como que el se hace responsable de los daños del uso de la mascarilla al no querer hacerte el informe que te exima... Se negará y en ese momento le dices que tienes todo grabado y le vas a denunciar.
 
Sigue habiendo una laguna y es la ley mordaza, si el agente te manda para casa o ponértela tienes que obedecer y recurrir, si no obedeces es desobediencia y te pueden sancionar. Y la ley mordaza si tiene rango de Ley
 
Ojalá existiera un mecanismo para pedir responsabilidad patrimonial al autor del hilo y a sus palmeros por cada sanción firme que utilice el documento de marras.

Por otro lado, todo aquel que se deje llevar y acabe sancionado creyéndose inmune por exhibir un documento de fantasía sacado de internet, se merece todo lo que le pase.

para eso si están listos, como la declaración responsable la firmas tú, la responabilidad cuando te enchufen por pardillo es para ti también

ellos se dedican a envenenar y jorobar la vida de la gente perso se van de rositas, salvo que alguien denuncie a este foro y entren a saco contra ellos
 
Sigue habiendo una laguna y es la ley mordaza, si el agente te manda para casa o ponértela tienes que obedecer y recurrir, si no obedeces es desobediencia y te pueden sancionar. Y la ley mordaza si tiene rango de Ley

Cierto. De primeras no te pueden multar. Te dicen que te la pongas o te vas a casa. Pero con la ley en la mano, artículo 172 del Código Penal, no te pueden obligar a la fuerza ni agredirte (que es algo que hemos visto durante el Estado de Alarma).

El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

Cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior, salvo que el hecho tuviera señalada mayor pena en otro precepto de este Código.


Si estás solo en un parque y no hay nadie a menos de 1,5 metros, no estás obligado ni te pueden obligar. El funcionario, por mucho que fuera autoridad, no puede obligar a lo que quiera, solo a lo que la ley le permite y con la ley en la mano, primero el decreto-ley no obliga si estas solo o a más de 1,5 metros de otras personas. Les denuncias a ellos por prevaricación y coacciones tal y como pone el escrito. Si te detienen sería detención ilegal, otro delito más.

No estás obligado a obedecer cosas a las que no te obliga la ley ni te pueden obligar.

La ley no te obliga a usar mascarilla a más de 1,5 metros y si lo cumples, por mucho que te quiera obligar el agente, no tienes que hacerle ningún caso, porque son autoridad y pueden obligar solo a lo que les permite la ley.

Lo que tienes que hacer es identificarte, porque la ley mordaza lo que contempla es que si a requerimiento de un agente no te identificas, es delito de desobediencia, pero no dice nada de que sea delito de desobediencia no obedecer cuando te digan que te pongas mascarilla o cualquier cosa que el agente te pida que no contemple la ley.

Según tú un agente es autoridad y es delito no obedecerle en lo que sea, si me dice que me tire por un pozo y no lo hago, es delito? Venga hombre.

Lo único que puede hacer es multarte y si recurres será anulada seguramente.

De todas formas, si no quieres líos, tan fácil como llevar una mascarilla en el bolsillo y si te dice un policía que te la pongas, lo haces, y al minuto cuando se vaya, te la quitas.
 
Última edición:
Está claro que estamos en una dictadura de facto y legalmente es inútil pelear.

Mi propuesta es agarrarse a las excepciones. En Andalucía son varias:

- Comer, beber, deporte individual.

Las otras, impedimento físico, dificultad respiratoria agravada y fuerza mayor son todas interpretables, va a ser difícil convencer.

Llevar una bolsa pipas en todo momento, o fruta o una botella agua, aquí la imaginación de cada uno.
 
Está claro que estamos en una dictadura de facto y legalmente es inútil pelear.

Mi propuesta es agarrarse a las excepciones. En Andalucía son varias:

- Comer, beber, deporte individual.

Las otras, impedimento físico, dificultad respiratoria agravada y fuerza mayor son todas interpretables, va a ser difícil convencer.

Llevar una bolsa pipas en todo momento, o fruta o una botella agua, aquí la imaginación de cada uno.

Hay que usar la picaresca.
 
T











TEST FALSOS 70% ALMERIA FAKE





Analisis - CABALLERES. marcador paco burbujero. [Red to Green ] . DEL ROJO AL VERDE. estamos viendo la mayor MOVIDA EN DECADAS -> ECONOMIA-> TODO

*Tema mítico* : - La Casa Blanca de TRUMP y los USA empieza oficialmente perder publicamente la confianza que pusieron en FAUCI / CDC => FALSEAN DATOS AL ALZA






@Azrael_II







BUENO YA TENEMOS LOS CONTAGIADOS FAKE FORZOSOS





PAÍS VASCO LIMITA LAS SALIDAS EN RESIDENCIAS Y CIERRA CENTROS DE DÍA Y COLONIAS

AHORA AHI QUE IR LIQUIANDOLOS
¿COMO HACEMOS?
FACIL
LOS VIEJOS EN RESIDENCIAS SON DEPENDIENTES
NO HACEN FALTA HACERLES NADA
SOLO
DEJAR DE HACERLES
Y SE MUEREN SOLOS
ENCIMA SI COMO BUEN SAMARATINO LES DAS UNA AYUDITA
PUES MIRA






<<MORFICO , MORFICO, MORFICO>>

Y DEPENDIENTES A DORMIR

tambien disponibles otras versiones como "respiradores reviente pulmones" y otras bajo pedido



M





,​
 
Sigue habiendo una laguna y es la ley mordaza, si el agente te manda para casa o ponértela tienes que obedecer y recurrir, si no obedeces es desobediencia y te pueden sancionar. Y la ley mordaza si tiene rango de Ley

Pero no te puede obligar
o no es ese el sentiod e la ley
a hacer cosa lesivas
ilegales
es como se te dice

"metase un cabezao contra la pared si es tan amable caballero.... ¿se niega dice usted ?... ah bueno... pues mi bien.... "



NO.
ya se que lo hacen


pero esa deriba a aterminado en maderos de rodillas comiendo kms de platanos de neցro en BLM


el sentidode lal legalidad

es que un agente es AGENTE de la LEY

si esa ley no es LEGAL no esta haciendote cumplir LA LEY

si no "ACTUANDO BAJO EL tonalidad DE LA LEY" que dicen los americanos

es decir

POS SUS bemoles MORENOS
 
Hola yo ando por ahí con un papel echo por mi en el que alegó problemas respiratorios (los cuales constan en mi historial médico)

Alguien que sepa redactar uno para eso y que sea tan amable de ponerlo para los que podemos excusarnos en eso sería de gran ayuda.. Saludos
 
Las lagunas legales dificultarán el cobro de multas por ir sin mascarilla

Los juristas dudan de las multas por no llevar mascaras

En el precedente de las multas impuestas por saltarse el confinamiento durante el estado de alarma, muchas de ellas no respetaban las garantías que establece la legislación para este tipo de multas, lo que se traduce en que de más de millón de propuestas de sanción, una amplísima parte no han podido prosperar por falta de fundamentos jurídicos.

En su momento ya apunté que una norma regional, no puede ir en contra a un Real Decreto Ley, pero nadie confirmó ese hecho. Los gobiernos regionales están creando normas ilegales, incluso copiando del original, los supuestos en los que no tienes que llevar mascarilla, dejando estos, en una nube y con diversas interpretaciones. Tal como está redactado, puedes no llevar mascarilla y no dar explicaciones, salvo que es una "causa justificada". Por lo que dice la abogada que he citado, las multas anteriores no prosperaron, por lo que las nuevas pasarán a la papelera directamente...

Hay que ponerse fuertes en este tema y si es necesario llevar un documento, para leerselo al agente correspondiente, mejor que decírselo de viva voz.
Yo llevo la copia del BOE, desde el inicio, pero este documento me parece más completo para plantar cara a la supuesta denuncia.

Lo que no hay que hacer es ponerse "chulo". Si el simple-agente quiere denunciarte, que lo haga bajo su responsabilidad...
 
EDICIÓN DEL POST INICIAL:

Después del debate en el hilo he llegado a la conclusión que alegar supuesto de fuerza mayor o situación de necesidad aún siendo real no es buena idea porque la policía sancionaría igual y tomarían nota de que habíamos alegado una situación de necesidad sin demostrarla, por lo que tendríamos que demostrarla al momento de recurrir la sanción.

Como en realidad es imposible demostrar que nos habíamos mareado o cualquier otra cosa similar, he decidido prescindir de ese argumento, que sería válido, por la dificultad de demostrarlo al recurrir.

Por lo tanto, el nuevo documento está modificado solo para hacer ver que la norma de la CCAA de obligar en espacios públicos y al aire libre aunque se mantenga la distancia de 1,5 metros es ilegal y nula, ya que va contra la Jerarquía Normativa de las leyes en España, y así, si nos multan tenemos todas las de ganar ya que nos han multado en vía pública o estando solos manteniendo la distancia (importante grabar la escena y contexto).

Sobra decir que tenéis que usar la mascarilla en transporte público y establecimientos cerrados donde no se pueda mantener la distancia de seguridad. Aunque recomiendo que este uso sea el mínimo imprescindible para que no os afecte a la salud.

Si os piden identificación tenéis que identificaros con el DNI, vosotros pedís la identificación al agente para denunciarle. CUIDADO PORQUE CIRCULAN DOCUMENTOS PARECIDOS DONDE PONEN QUE EL PORTADOR SE NIEGA A IDENTIFICARSE, COMO TROTA POKER Y EL ARCONTE EN SU WEB Y YOUTUBE (El Arconte es disidencia controlada).

El nuevo documento queda así:

La persona portadora de este documento, declara responsablemente que:

Por ley, es PERSONA NO OBLIGADA AL USO DE MASCARILLA, según uno de los supuestos del artículo 6.1 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, actualizado a 8 de julio. Declara que el uso de la mascarilla, no le es EXIGIBLE por ley en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.

En el caso que exista contradicción entre Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio y órdenes o resoluciones de las Comunidades Autónomas, será de aplicación la normativa nacional con rango de Ley General al tener el Estado la competencia en materia de bases de salud conforme al artículo 149 de la CE, por lo que cualquier norma de rango inferior que contradiga a la de rango superior es nula de pleno derecho, por tanto, el uso de mascaras será sólo obligatorio cuando no se pueda mantener el 1,5 metros de distancia de seguridad y en los transportes públicos.

Además, según el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal esta persona tiene derecho a guardar silencio y a no prestar declaración si no deseo hacerlo, y a no contestar a alguna o algunas de las preguntas que se lee formulen.

Aquella persona o autoridad que no tenga en cuenta este escrito y la Jerarquía Normativa de las leyes en España por la cual, una norma de una CCAA no puede contradecir ni ser más restrictiva que una de rango superior, como es el Real Decreto-ley, e insista en vulnerar los derechos de esta persona, le obligue por la fuerza o por medio de coacciones al uso de la mascarilla o proponga sanción injustificada a modo de coacción, deberá mostrar su identificación, a lo cual le obliga, a requerimiento del ciudadano, el artículo 21.2 del Real Decreto 1484/1987, y el portador de este documento tomará medidas de acuerdo a los artículos 404 y 172 del Código Penal, delitos de prevaricación y coacción respectivamente.

Artículo 404 del Código Penal:
a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.

Artículo 702 del Código Penal: El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

Cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior, salvo que el hecho tuviera señalada mayor pena en otro precepto de este Código.




En Madrid a 18 de Julio del 2020.



Fdo.


Podéis descargarlo aquí: documento mascaras ccaa.docx - AnonFiles

Ver archivo adjunto 377561
Que cambia del primero y en qué nos concierne a los que nos obligan en nuestra CCAA?
 
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