Eso de que te facture alguien por ti yo si soy el cliente lo vería con malos ojos
Otros clientes te piden directamente que no les hagas factura...
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Eso de que te facture alguien por ti yo si soy el cliente lo vería con malos ojos
Un resumen de un poquito como va la cosa
1.- El socio que sea Administrador de la sociedad es OBLIGATORIO que se dé de alta como autónomo. No queda más remedio y debe hacerse así. Una opción, es que se nombre administrador a una tercera persona y sea esa la que se haga autónomo.
Tengo entendido que si el administrador de la SL no tiene más del 25% del capital social y no cobra ninguna retribución ni por el cargo ni presta trabajo remunerado en la empresa, no es necesario darse de alta como autónomo.
Resumen,
Administrador no socio no retribución del trabajo .... No alta
Administrador no socio con retribución trabajo .... Régimen general asimilado
Administrador y socio menor 25% capital social y retribución del trabajo... Régimen general asimilado
Administrador y socio más 25% capital social con/sin retribución del trabajo.... Reg Especial Trabajador Autónomo
Retribución procedente de ejercer cargo de administrador/consejero... tributa al 42% de IRPF
Ojo, distinguir entre retribución del trabajo y retribución cargo administrador
Salvo mejor opinión, saludos
El que factura es la SL no es que existan dos empresas existe una la sl pero el socio debe ser autónomo, salvo lo que decias que si habia tres y uno fuera el administrador bastaria con este pero no es conveniente ya que el socio tributaria por rendimientos del trabajo y capital lo cual no es ventajoso para el socio
El socio administrador suele cobrar a través de nomina no a través de facturación