duda sobre alquiler

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1) los costes de acondicionamiento/mantenimiento del piso deberian correr por parte del dueño, no del inquilino. si has guardado las facturas (espero que no hayas pagado en B) presentaselas y diles que quieres que te las pague. un par de fotos del 'antes' y el 'despues' suelen ayudar bastante en un juicio.
Eso no es así. Si son para arreglar cosas esenciales que afectan a la habitabilidad, entonces sí. Pero si simplemente se trata de hacer una mejora innecesaria a iniciativa del inquilino, entonces lo paga él. Pintar es algo cosmético que has hecho porque te ha dado la gana. Limpiar y tapar manchas de la pared, también es algo cosmético que has hecho porque has querido. Otra cosa es que haya humedades en el piso (una mancha de agua no quiere decir que haya humedades)


Y por otro lado, hace falta tener morro para decirte lo de la subida por la subida de los tipos. Ese no es tu problema, así que si insiste en ponerte excusas de ese tipo dile claramente que sus problemas financieros no te interesan lo más mínimo.
 

El_Presi

El Padrino II Revolution
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Mojarra dijo:
¿No necesitas la autorización del propietario para censarte?
no, como mucho llevate el contrato por si te pidieran algo en tu municipio.
Ni siquiera pagues un abogado, tú preocupate de pagar (o de demostrar que intentas pagar) cada mes tal y como han dicho otros foreros.
Si no te notifica las cosas por escrito, tú no has hablado con él en la vida.
 

RANGER

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Por partes:

Como muy bien te han dicho otros foreros, cuando el destino de la vivienda es residencia habitual, da igual el tiempo que ponga en el contrato si tú quieres puedes estar hasta cinco años (como si te quieren hacer contratos de una semana, te lo tienen que prorrogar forzosamente).

Creo que con eso ya está todo dicho, pero viendo que el dueño es un me gusta la fruta de cuidado, te voy a dar algunos consejos: como alguien te ha sugerido, empadrónate en ese domicilio (si no lo has hecho ya). Ve al registro de la propiedad, y paga la anotación para que conste que ese piso está alquilado (tendrás que pagarlo pero te saldrá a cuenta). A continuación, explícale que has dado esos pasos y que como siga por ese camino, lo pondrás en conocimiento del banco (al alquiler me refiero), con lo que como él ha cambiado las condiciones en las que le concedieron la hipoteca unilateralmente, posiblemente el banco pida una nueva tasación (las viviendas alquiladas son tasadas muy a la baja), y le pidan que aporte o bien el pago para liquidar la diferencia, o bien nuevas garantías. Y por último, sugiérele, que como te siga tocando las pelotas vas a dejar de pagar y va a estar un mínimo de dieciocho meses sin cobrar ningún alquiler (a ver como se lo hace para pagar la hipoteca)
 

Flipper

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No es exactamente así

El_Presi dijo:
no, como mucho llevate el contrato por si te pidieran algo en tu municipio..
Me temo que eso no es posible, al menos en Madrid. Aquí para empadronarte necesitas aportar un documento que justifique el uso de la vivienda, lo que equivale a:
- Una factura a tu nombre de algo representativo de la misma. Es decir, el gas, la luz, el agua. El teléfono fijo no lo sé, la factura del móvil no es válida. El contrato de alquiler supongo que valdrá. Ojo, si el empadronamiento es porque el piso lo habéis comprado, no vale el contrato de arras: tiene que ser la copia simple de la escritura, o esperar a que os llegue la primera factura.

- Si en la vivienda consta que alguien está empadronado previamente, dicha persona tiene que <b>autorizarte por escrito</b> con un formulario que te dan en el ayuntamiento (o te descargas de su web) a empadronarte ahí. Es decir, si tu casero se está beneficiando de las desgravaciones fiscales por compra de vivienda, debería estar empadronado en ella (=para que sea su vivienda habitual). Así que de ser así, necesitarás su autorización.

Yo me vi en este escenario hace como ocho meses, por eso lo sé de buena tinta... Supongo que quizás dependa del funcionario que te atienda, pero en general es así. Eso me llevó a pensar "¿cómo lo harán los pagapensiones?", pero lo que está claro es que a mí me toco presentar todo ese papeleo..
 

Nyr

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Me temo que eso no es posible, al menos en Madrid. Aquí para empadronarte necesitas aportar un documento que justifique el uso de la vivienda, lo que equivale a:
Vale el contrato de alquiler en Madrid, como anecdota decir que mi novia que no esta en el contrato de alquiler,se empadrono antes que yo y como prueba les valio un escrito mio (que no estaba empadronado pero si constaba en el contrato de alquiler) diciendo que vivia en la casa. A mi me valio solo con el contrato de alquiler.

lo pondrás en conocimiento del banco (al alquiler me refiero), con lo que como él ha cambiado las condiciones en las que le concedieron la hipoteca unilateralmente, posiblemente el banco pida una nueva tasación (las viviendas alquiladas son tasadas muy a la baja), y le pidan que aporte o bien el pago para liquidar la diferencia, o bien nuevas garantías. Y por último, sugiérele, que como te siga tocando las pelotas vas a dejar de pagar y va a estar un mínimo de dieciocho meses sin cobrar ningún alquiler (a ver como se lo hace para pagar la hipoteca)
De paso yo lo pondria tambien conocimiento de hacienda porque seguro que esta cobrando la desgravacion por vivienda habitual.
 

Nyr

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Sobre el tema de alquiler de temporada, he encontrado esta pagina
www.casaspain.com/wesp/info_propietarios.asp

Y me quedo con esto:
Por otro lado, si no se formaliza el contrato por escrito y se califica como "alquiler de temporada" se aplicarán todas las prescripciones del alquiler de vivienda sin duda, mucho más beneficiosas para el inquilino. Como ejemplo, la LAU establece un plazo mínimo de duración de cinco años en beneficio del inquilino, derecho a adquirir la vivienda, si el inquilino abandona la vivienda su cónyuge o pareja de hecho pueden continuar con el contrato de arrendamiento, etcétera.
Que a mi entender quiere decir que debe especificar en el contrato que es un alquiler de temporada.

Aun asi en el caso de que fuera un alquiler de temporada no le pagues el seguro, que no es tu obligación.
 

Glasterthum

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La ley está de tu mano, cucha. ¿Y sabes qué tienes que hacer? NADA. Simplemente decirle que no piensas pagarle más, y punto. Si quiere tirarte, tendrá que denunciarte, y acabará perdiendo el juicio...

Lo de empadronarse y todo eso tal vez esté bien, pero bueno, si te dan el padrón por presentar el contrato de alquiler, digo yo que el mismo contrato también valdrá ante un juez para demostrar que vives ahí.

Por tanto: tú sigue como hasta ahora, y ya está. Y a él le dices educadamente que sus problemas de financiación no te importan, que son precisamente eso, suyos.

cucha dijo:
Ey!
Muchas gracias a todo el mundo!!

Intentaré hacerlo entrar en razón... al fin y al cabo, me parece que el dueño de mi piso es un pepito. Debe tener más o menos mi edad y compró más o menos cuando yo decidí no comprar.

De lo que decís entiendo que si el contrato contradice la Ley es ilegal y le verdad es que tiene varias cosillas... Dos meses de fianza, yo pago el seguro del inmueble... en fín, que podría denunciarlo por más cosas...

Muchas gracias
¿Dos meses de fianza es ilegal?
 

titito

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Por fin en donosti, la ciudad del sol.
Ya puestos sobre el tema, tengo una duda sobre alquileres por habitaciones. Tengo un colega que se ha ido a vivir en un piso que la dueña alquila por habitaciones. En su contrato pone que es de 6 meses. ¿Es legal? ¿Le aplica la LAU en las mismas condiciones? ¿Tiene derecho también a los 5 años de alquiler sólo con la subida del IPC o es diferente? ¿Quién tiene que cambiar una bombilla del salon si se funde o un frigorífico si se estropea?

Si la dueña decidiera irse a vivir a ese piso... ¿tendría derecho a entrar en la habitación de mi colega?

Entrando en temas más generales, ¿son legales cláusulas del tipo?
- No puedes traer visitas (cuando el dueño vive dentro del piso)
- No pueden vivir animales
- No se pueden poner pancartas en la fachada
 

fosco

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mandriles
Consulta un abogado, lo vas a acabar necesitando. Bastará con que llame al arrendador y tengas todo arreglado. Es una pasta, pero menos de lo que querrá clavarte el caserete. Está bien informarte en un foro, pero el siguiente paso es un abogado. Llamadita del ilustre al casero y más suave que un guante.
 

Anita

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Mira, no aconsejéis no pagar por que entonces es cuando le buscan las cosquillas.
Yo creo que la mejor opción es que consultes un abogado que no te costará tanto y así sabrás al 100% que puedes hacer. Creo que tienes todas las de ganar ante ese abuso.
Yo creo que es facilmente demostrable que no se trata de un alquiler de temporada así que de subir el alquiler lo que le brote nada de nada. Si quiere echarte para clavarle a otro su subida de hipoteca (que encima tiene el morro de decirte que lo tienes que asumir tu) que pague la indemnización correspondiente.

Pero lo dicho, por mucho que aquí "sospechemos que" o "creamos que" asesorate con alguien que entienda.