Trabajando como autónomo en España.
Si has realizado unos trabajos en el ejercicio 2009 por los que prácticamente seguro no vas a cobrar (Por que la empresa a la que se los hiciste ha entrado en suspensión de pagos por ejemplo).
¿Qué haces de cara a hacienda?
¿Declaras unas facturas emitidas que no vas a cobrar? Esto significa que pagarás impuestos por un dinero que nunca cobrarás.
¿No las declaras ahora y si luego tienes suerte y las cobras (muy muy dificil) las declaras en otro ejercicio o como una ampliación del anterior?
¿Qué se hace en estos casos?
Gracias.