Despedido un teleoperador gallego por mandar "a tomar por ojo ciego" a un cliente que persistía en hablar en catalán

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El Tribunal Superior de Galicia confirma que fue una infracción muy grave.

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Una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, confirma el despido disciplinario de un teleoperador gallego que, harto de que un cliente insistiese en hablar sólo en catalán, le espetó: “Vete a tomar ojo ciego, independentista”.

Según el relato de los hechos que constan en la resolución judicial, el 2 de febrero de 2022 la compañía Orange (France Telecom) recibió la reclamación de un usuario que protestaba, a través de Twitter, del mal trato recibido por parte de un comercial que se había puesto en contacto con él. Ese mismo día el teleoperador había efectuado una llamada a un cliente que “persistía en hablar en catalán” y, ante esta situación, ambos empezaron a discutir, concluyendo el rifirrafe con el mencionado insulto pronunciado por el empleado.


A través del coordinador de Orange, la compañía remitió el 4 de febrero un correo a la empresa Traffic New Technology (TNT), dedicada a brindar servicios comerciales de marketing telefónico, para advertirle del comportamiento del agente y poner de manifiesto su enérgica protesta por lo ocurrido. Orange destacaba en ese escrito que el teleoperador aludido incumplió “los códigos de conducta que se exige a los partners” y que no podía permitir el trato brindado al cliente a través de descalificaciones que afectaban de una forma muy grave la imagen de la compañía. Pedía, además, que se tomasen medidas “para que quedase en un hecho aislado”.



El trabajador alegó la "presión excesiva" del trabajo

La respuesta no tardó en llegar. Tres días después, el 7 de febrero, al empleado se le comunicó el despido disciplinario por la comisión de una infracción muy grave. Disconforme con esta resolución, el afectado decidió presentar una demanda contra Traffic New Technology en el Juzgado de lo Social número 1 de Lugo alegando que la empresa no había tenido en cuenta la “presión excesiva” a la que estaba sometido y que, además, había vulnerado su derecho a la integridad jovenlandesal y a la no discriminación. Por ello, pedía la nulidad de su despido y una indemnización de algo más de 7.000 euros.


El trabajador acudió a una consulta de psicología debido al agobio que vivía en su puesto laboral y a la ansiedad que le producía tener que alcanzar unos objetivos que sí cumplía antes de que se declarase la esa época en el 2020 de la que yo le hablo del cobi19


Entre los hechos probados figura que, en diciembre de 2021, el trabajador acudió a una consulta de psicología debido al agobio que vivía en su puesto laboral y a la ansiedad que le producía tener que alcanzar unos objetivos que sí cumplía antes de que se declarase la esa época en el 2020 de la que yo le hablo del cobi19, circunstancia que había comunicado a sus superiores. El TSXG responde al respecto que “sentirse estresado o agobiado con un trabajo tiene un contenido subjetivo muy importante” y que, en todo caso, no justifica una actuación como la protagonizada por el demandante. “Se trata de un comportamiento inaceptable y prohibido”, añade el tribunal, que tampoco aprecia que se hubiesen vulnerado los derechos fundamentales del teleoperador, de ahí la sentencia que confirma la procedencia del despido disciplinario.


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Eso es lo que te gustaría.
Es la verdad el catalán y las otras lenguas periféricas no son idiomas cotidianos que se hable todos los días son lenguas del funcivaguismo de sus respectivas regiones y que solo se habla en concentraciones políticas y en emisoras y canales subenvcionados al igual que el latín que solo se hablaban en las misas de la Edad Media, no son como el castellano una lengua viva que se habla de manera cotidiana.
 
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