Derecho de ocupación de la propiedad privada.

Fosforiano

de Gaullista
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ANTEPROYECTO DE LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Pág. 62. Artículo 44. Los operadores tendrán derecho, en los términos de este capítulo, a la ocupación de la propiedad privada cuando resulte estrictamente necesario para la instalación, despliegue y explotación de la red en la medida prevista en el proyecto técnico presentado y siempre que no existan otras alternativas técnica o económicamente viables, ya sea a través de su expropiación forzosa o mediante la declaración de servidumbre forzosa de paso para la instalación.
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Blackmoon

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En los pueblos, cuando veían a alguien sospechoso de ser de una compañía eléctrica, sacaban la escopeta (y pegaban algún tiro antes de preguntar) o el hacha en la mano e iban a por él, mayormente para asustarlo, porque si no, le ponían una torre de alta tensión en mitad del sembrao.
 

spala

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que busquen otro camino, no te preocupes que llegar te llegará, pero mi propiedad es mía.

los comunistas de china parece q respetan más la propiedad privada xD
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zirick

Será en Octubre
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Si me ponen una antena en el tejado daré mucho trabajo a los técnicos, eso seguro. En su día me construí un mini-pulso electromagnético y funciona bien, haría uno más grande y potente para fundir la antena continuamente.
 

noticiesiprofecies

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Hay párrocos que tienen internet y teléfono gratis porque el obispo correspondiente autoriza a telecomunicaciones instalar repartidores en los campanarios de iglesias "estratégicas".
 

FemaleMonkey

dressed in silk
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Siempre se puede cortar el cable sin querer. Todos los días.
 

jolu

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Este articulo no es nuevo.

Lo que es nuevo es el apartado en que dice:
"Si la propiedad privada estuviera okupada por terceros, bajo ningún concepto se podrá acceder hasta que un juez haya dictado sentencia contra los okupantes y la propiedad haya sido desalojada. El legítimo propietario tendrá que favorecer, con los medios que se le pidiera, la instalación que precisen llevar a cabo los operadores".