Consultorio de derecho laboral.

Buenas

Trabajo la mayor parte del tiempo desde casa (tenemos hasta contrato de teletrabajo para la empresa firmado), pero me he fijado que en el contrato de trabajo como tal (el de la S.Social) no han marcado la casilla de teletrabajo.

Me supongo que es para no pagar algún extra o algo, pero querría más información sobre el tema por si hubiera que reclamar el dinero que he gastado en trabajar (luz e Internet).

Muchas gracias
 
Buenas

Trabajo la mayor parte del tiempo desde casa (tenemos hasta contrato de teletrabajo para la empresa firmado), pero me he fijado que en el contrato de trabajo como tal (el de la S.Social) no han marcado la casilla de teletrabajo.

Me supongo que es para no pagar algún extra o algo, pero querría más información sobre el tema por si hubiera que reclamar el dinero que he gastado en trabajar (luz e Internet).

Muchas gracias

Hola, puedes estar tranquilo. El teletrabajo se suele regular en un anexo conforme a la ley de teletrabajo, o en las cláusulas del propio contrato, esa casilla no quiere decir nada de entrada. Para tu tranquilidad un ejemplo: Un contrato antiguo jamás tendrá esa casilla y no por ello las personas que estén al amparo de dicho contrato no pueden teletrabajar ni tienen porqué firmar un nuevo anexo de teletrabajo.
Un saludo.
 
Bueno señores:
La empresa para la que trabajaba decidió que mi departamento no era rentable, me despidió y contrató a una recién licenciada para sustituirme.
Hasta que encuentre empleo bajo a las trincheras de burbuja a ayudar de nuevo a quién pueda.
Un saludo.

jorobar ATika, lo siente, eres un referente aquí en burbuja

espero te vaya todo bien

Saludos
 
Bueno señores:
La empresa para la que trabajaba decidió que mi departamento no era rentable, me despidió y contrató a una recién licenciada para sustituirme.
Hasta que encuentre empleo bajo a las trincheras de burbuja a ayudar de nuevo a quién pueda.
Un saludo.

Animo!
 
Hola Atika, bienvenido. He sido usuario de este hilo con otro nick años ha. Gracias.

¿Sabes algo de extinción de contrato por artículo 50 improcedente? O sea, solicitar la extinción de contrato laboral por incumplimiento. 4 meses sin salario se considera suficiente... yo llevo 6... a medio salario. Teniendo en vuenta que cobro en 12 pagas ¿No equivaldría eso a las 4 nóminas impagadas?

Gracias de antebrazo. Un saludo.
 
Y me adhiero a lo ya dicho: eres un puñetero referente para mucha peña por aquí.

Así que mucho ánimo y ellos se lo pierden. Un saludo cordial.
 
Qué tipo de despacho llevan los temas de conflictos entre dos chalets? Abogado inmobiliario?

Ups, perdón, no sabía que era solo laboral, creía que era consultorio legal...
 
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Hola Atika, bienvenido. He sido usuario de este hilo con otro nick años ha. Gracias.

¿Sabes algo de extinción de contrato por artículo 50 improcedente? O sea, solicitar la extinción de contrato laboral por incumplimiento. 4 meses sin salario se considera suficiente... yo llevo 6... a medio salario. Teniendo en vuenta que cobro en 12 pagas ¿No equivaldría eso a las 4 nóminas impagadas?

Gracias de antebrazo. Un saludo.

Hola:
La jurisprudencia solo indica que ha de ser grave, luego hay que ir caso por caso., pero lo que si tiene claro a jurisprudencia es que se considera que hay gravedad cuando el impago o retraso es una conducta continuada. Es decir se valora la continuidad en los impagos o retrasos, no el perjuicio que, obviamente sufres.
En mi opinión si creo que se dan las circunstancias para considerarse de aplicación el art 50 del ET, por lo que mi consejo es que sigas yendo a trabajar y presentes papeleta de conciliación demandando por despido por improcedencia reclamando las cantidades adeudadas, la improcedencia del despido, y con la sentencia que extinga la relación laboral acudir a Sepe a solicitar la prestación por desempleo si es que te corresponde.
Un saludo.
PD: cuéntanos en qué acaba la película.
 
Última edición:
Buenos dias @atika , a ver si me puedes resolver una duda.

Trabajo para una empresa como subcontrata. La cuestion es; desde que llevo alli trabajando (mas de 10 años) siempre tuvimos una zona destinada para aparcar pero ahora nos quieren prohibir estacionar ahi. ¿Tengo alguna forma de reclamar poder seguir aparcando en su recinto? ¿O siendo subcontrata estoy vendido? Me ahorra casi 20 minutos de paseo entre ida y vuelta todos los dias...

Gracias.
 
Gracias Atika. Tengo cita con el abogado después de semana santa. No me veo capacitado para gestionar ésto yo solo.

Lástima que estés en Madrid.
 
Buenos dias @atika , a ver si me puedes resolver una duda.

Trabajo para una empresa como subcontrata. La cuestion es; desde que llevo alli trabajando (mas de 10 años) siempre tuvimos una zona destinada para aparcar pero ahora nos quieren prohibir estacionar ahi. ¿Tengo alguna forma de reclamar poder seguir aparcando en su recinto? ¿O siendo subcontrata estoy vendido? Me ahorra casi 20 minutos de paseo entre ida y vuelta todos los dias...

Gracias.
Pues me da a mi que tiene mal arreglo, porque según indicas, los terrenos son de la empresa que os contrata, por lo que no tienen nada que ver con tu empresa. Salvo cesión ilegal previa y que se entendiese como condición más beneficiosa, no creo que puedas hacer mucho... Tiene mala pinta.
Con los datos que me das sé que te digo poco, pero nada más te puedo decir. ¿Hay sindicato en la empresa que os contrata? tal vez ellos puedan mediar por tí. Un saludo.
 
Pues me da a mi que tiene mal arreglo, porque según indicas, los terrenos son de la empresa que os contrata, por lo que no tienen nada que ver con tu empresa. Salvo cesión ilegal previa y que se entendiese como condición más beneficiosa, no creo que puedas hacer mucho... Tiene mala pinta.
Con los datos que me das sé que te digo poco, pero nada más te puedo decir. ¿Hay sindicato en la empresa que os contrata? tal vez ellos puedan mediar por tí. Un saludo.

Justo con ellos lo estoy viendo Atika. Nos quitan el parking para dejarlo vacio, menuda pandilla de mamarrachos.

Muchas gracias por la respuesta.
 
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