Como tributan dividendos USA?

no_me_consta

Madmaxista
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Soy nuevo en esto y estoy metiendo unos duros en la bolsa americana, estas acciones me están pagando una serie de dividendos que no se muy bien como se tributan ya que, en cada sitio que leo sobre el tema dicen una cosa diferente.

Ejemplo:

1000 euros de dividendos, me están reteniendo en origen 150 =15%, rellenando el formulario que te requieren.

Ahora cuando hago la declaración en España debo tributar el 20% de los 1000, de los 850 o como tengo que hacer?

Luego hay que pedir la devolución del 15% en origen a quién?

A ver si hay algún alma caritativa que sepa un poco del tema y lo explique clarito para un simple como yo, gracias.


1000 - 150=850 retención USA

850 x 0,20= 170 retención España

Cobro neto 680

En la declaración me devolverán los 150 de USA?
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Aquí lo explican así, que es diferente a lo que aquí decís


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yo era automo en aquellos entonces y rapido entendi : Dividendo Cobrado Fuera = Malo, y otras muchas que se me han quedado grabadas a fuego
Por lo que parece, en el peor de los casos pagarías como si fuera una acción del ibex, no entiendo porque es malo.

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La retención USA te la abonan, íntegra, en la declaración de la renta.
En ese caso me saldría mas a cuenta q si la acción fuese del ibex, ya que en usa has pagado sobre 1000 y en España sobre 850.

Normalmente pagarías 190 y en este caso acabarías pagando el 19% de 850 = 161,5


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Cuando haces la declaración de la renta introduces los dividendos cobrados en bruto) y la retención que te han aplicado en USA. Después, el programa PADRE te calcula la diferencia, que es lo que acabas pagando como tributo en España.

Lo malo es cuando tienes acciones de países donde los dividendos se gravan por encima del gravamen español. En ese caso, la retención en origen será mayor que la que tendrías con acciones españolas, por lo que (doble tributación), la hacienda del otro país te debería devolver la diferencia (la española no, pues no es su problema). Ahí sí que tienes un trámite engorroso.
 
De donde sacas eso?

Realmente Hacienda no te devuelve nada que no te haya quitado antes en exceso.

Si sólo vives del dividendo te devolverán hasta los 5550 exentos de tributación, venga de donde venga el dividendo.

A partir de ahí hacienda te devolvería 0% de la retención en origen.
 
Hacienda no te devuelve el 15% retenido en USA, sino la cantidad tal que, después de todo el proceso (retención en USA, retención en España, devolución en la declaración), lo que pagas en total es el equivalente al impuesto español sobre los dividendos brutos en origen (es decir, igual que si los hubieses cobrado en la bolsa española). En tu ejemplo, si has cobrado 1000 euros brutos en USA, el total de impuestos que tienes que pagar (20%, igual que si fuesen acciones españolas) es 200 euros.

En USA te han retenido 1000x0.15=150 y en España (1000-150)x0.2= 170. Total 320 euros, así que Hacienda no te devuelve los 150 de USA, sino 320-200 = 120.
 
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Tu broker te tiene que remitir el W8-BEN, lo rellenas, lo mandan a las autoridades USA y así entras en el convenio de doble imposición.

Si no te lo remiten es que son unos paquetes y te tienes que buscar otro broker.
 
Cuando haces la declaración de la renta introduces los dividendos cobrados en bruto) y la retención que te han aplicado en USA. Después, el programa PADRE te calcula la diferencia, que es lo que acabas pagando como tributo en España.

Lo malo es cuando tienes acciones de países donde los dividendos se gravan por encima del gravamen español. En ese caso, la retención en origen será mayor que la que tendrías con acciones españolas, por lo que (doble tributación), la hacienda del otro país te debería devolver la diferencia (la española no, pues no es su problema). Ahí sí que tienes un trámite engorroso.


En efecto. De hecho la Hacienda española sólo devuelve E+C-N, con E la retención aplicada en España, C el convenio libre de doble imposición (15% del bruto en origen para USA y UE), y N la retención nominal española sobre el bruto. Llamemos O a la retención en origen. Obviamente C es menor o igual que O, de lo contrario Hacienda nos estaría bonificando fiscalmente por invertir en bolsas extranjeras.

Ejemplo ilustrativo para los foreros que no estén al tanto de ese detalle:

En el ejemplo del OP de 1000 euros de dividendos brutos: si son obtenidos en USA tenemos un 15% de retencion en origen (O=150). Usando el 20% para la retención en España y la nominal:

E= (1000-150)x0.20 = 170
C= 1000x0.15 = 150
N = 1000x0.20 = 200

Y Hacienda nos devuelve D= E+C-N = 170+150-200 = 120, de modo que al final de todo el proceso los impuestos que hemos pagado son O+E-D = 150+170-120=200, es decir, N, igual que si los 1000 euros los hubiesemos cobrado en la bolsa española.

Ahora supongamos que los 1000 euros los hemos ganado en Alemania. Lógicamente C y N son los mismos que antes, pero en Alemania la retención en origen es el 26% (O=260). Por tanto E=(1000-260)x0.20=148

Así que Hacienda nos devuelve D=E+C-N = 148+150-200= 98 euros. Hemos pagado en impuestos O+E-D=260+148-98=310. Como sólo debemos pagar N=200, toca reclamar 110 a la Hacienda alemana (un engorro, y no gratuito, según tengo entendido).

Corolario: Invertir en bolsas cuya retención en origen O no supere el convenio C=15% (así no tendremos nada que reclamarles, todo el exceso de impuestos que nos tengan que devolver le corresponderá gratuitamente a la Hacienda española)
 
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Ojo en la bolsa USA con las empresas que utilizan el K1 para el modo de tributación (sobre todo MLPs), en estes casos la retención en origen es del 37%
 
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