loblesa
Madmaxista
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Caja de Ahorros del Mediterráneo informa de que en su política retributiva a la plantilla, que contempla la posibilidad de sustituir parte de la retribución anual, fija o variable, por determinados productos, ha incluido la opción de recibir cuotas participativas.
Esta opción es voluntaria por parte del empleado, con un máximo de 12.000,00 euros al año por empleado.
La entrega de las cuotas participativas solicitadas por los empleados se realizará, una vez al mes, e íntegramente con títulos que esta Entidad tiene en su autocartera, mediante operaciones extrabursátiles instrumentadas de acuerdo con los procedimientos previstos en el Real Decreto 1416/1991 de 27 de septiembre, sobre operaciones bursátiles especiales y sobre transmisión extrabursátil de valores cotizados y cambios medios ponderados. Con carácter general, estas operaciones se realizarán al precio de cierre de cotización de las Cuotas Participativas del 5º día hábil anterior a la fecha de pago.
Estas entregas no se encuadran en ninguno de los supuestos de suspensión establecidos en el contrato de liquidez suscrito con Ahorro Corporación Financiera, S.V., S.A. con fecha 22 de agosto de 2008 y publicado con la misma fecha como Hecho Relevante 96.968.
Alicante, 5 de marzo de 2009.
Origen información:
CNMV - Hecho relevante número: 105131
Fecha: 05/03/2009 20:04 h
Esta opción es voluntaria por parte del empleado, con un máximo de 12.000,00 euros al año por empleado.
La entrega de las cuotas participativas solicitadas por los empleados se realizará, una vez al mes, e íntegramente con títulos que esta Entidad tiene en su autocartera, mediante operaciones extrabursátiles instrumentadas de acuerdo con los procedimientos previstos en el Real Decreto 1416/1991 de 27 de septiembre, sobre operaciones bursátiles especiales y sobre transmisión extrabursátil de valores cotizados y cambios medios ponderados. Con carácter general, estas operaciones se realizarán al precio de cierre de cotización de las Cuotas Participativas del 5º día hábil anterior a la fecha de pago.
Estas entregas no se encuadran en ninguno de los supuestos de suspensión establecidos en el contrato de liquidez suscrito con Ahorro Corporación Financiera, S.V., S.A. con fecha 22 de agosto de 2008 y publicado con la misma fecha como Hecho Relevante 96.968.
Alicante, 5 de marzo de 2009.
Origen información:
CNMV - Hecho relevante número: 105131
Fecha: 05/03/2009 20:04 h