¡¡¡ayuda shurmanos!!! (declaración alquiler piso)

Hans_Asperger

Pagafanteando a Jevitronka
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Por temática opino que perfectamente puede ir este hilo en el Principal. No obstante, si los moderadores opinan lo contrario, muévase adonde se considere más oportuno, faltaría más.

Hola Burbujarras:

Os voy a exponer una problemática en la que ando inmerso actualmente, a ver si entre todos podemos arrojar algo de luz sobre el asunto.
Además de su zulito en propiedad, pagado en los albores del Régimen del 78, mi señora madre posee otro inmueble, un “pisito Cuéntame” (yugo y flecha incluídos, lo juro…) de 60 m2 en Gijón, que adquirió en 1998 a un precio bastante razonable. El caso es que mi Santa Madre siempre utilizaba el zulillo gijonés para pasar las épocas estivales, y desde que se jubiló también algún que otro periodo “muerto” entre medias. El caso es que de un tiempo a esta parte cada vez pasa a pisar menos su segunda residencia, lo cual coincide con la petición de alquiler del mismo de la hija de una amiga. La verdad es que la chica en cuestión es un poco visillera, pero el hecho de que esté obsesionada con la limpieza da una sensación de seguridad a mi madre que decide alquilárselo, y allí que se fueron tan felices ella y el calzonazos de su novio (un pelele…). Les cobramos tan solo 350 € de cuota (los de alrededor no bajan de 500€) así que ellos felices de la vida y superagradecidos.
Obviamente, nunca antes habíamos sido “caseros”, y el tema de declarar los beneficios percibidos por el alquiler del piso en la Declaración de la Renta me pilla un poco por sorpresa. De lo que he podido saber por este artículo y gente que otrora tuvo algún piso en alquiler, las cosas vienen a ser tal que así:

- El Rendimiento de Capital Inmobiliario representaría el total de las cantidades cobradas en el año fiscal, en mi caso 350 euros por 12 cuotas, nos da un Rendimiento de Capital Inmueble de 4 200 euros. De esta cantidad, un 60% está exento de tributación, aunque no sé muy bien que pueda significar en la práctica.

• Ahora viene la lista de Gastos Deducibles al “Rendimiento de Capital Inmobiliario” anterior, que son básicamente gastos que corren por nuestra cuenta, y que desgravan:

-Comunidad: 100 euros mensuales.
-Obras de Acondicionamiento Fachada(recién concluídas): 8 000 euros.
-Tributos y Tasas: IBI (252,09€)
-Seguro de la Casa: 400 euros
-Amortización del Inmueble: 3% sobre el mayor de estos costes: coste de adquisición (78131,57€) o valor catastral (¿cómo puedo saber el valor catastral del piso?)

¿Dudas? Todas y alguna más… lo primero de todo, que los items deducibles fiscalmente antes nombrados obviamente habrán de desgravar un tanto determinado de la cantidad total (un 5%, un 10%), por la propia naturaleza de los mismos (si no, sólo con el 100% las Obras de Acondicionamiento de la Fachada ya desgravaba todo lo habido por desgravar)… ¿pero qué tanto por cierto? He ahí el quid de la cuestión.
Mi Santa madre y un servidor siempre realizamos la Declaración de la Renta en nuestra oficina de Caja Rural de Asturias, con lo que igual me estoy comiendo la cabeza para nada y con darle estos datos al Director de Oficina y que él los meta en el Sistema ya está todo arreglado… ahora, como no sea así… puffff, pues no sabría qué hacer.
Lo dicho, agradecería enormemente cualquier aclaración, muchísimas gracias.
 
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