Autónomos del foro a mí ¿Se suma el tiempo cotizado como autónomo al cotizado por cuenta ajena?

silverdaemon

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Una pregunta, a ver si algún amable forero sabe

Si por ejemplo de tu carrera profesional te has pasado los 15 primeros años contratado, luego 10 como autónomo, y luego los 15 últimos nuevamente por cuenta ajena

¿Es como si tuvieras 40 años cotizados y cobras toda la pensión como por cuenta ajena? ¿O se perciben 2 pensiones, una de autónomos y otra de cuenta ajena?

Gracias
 

OBDC

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Otro que cree que va a cobrar algo...

Nunca pertenecería a un club que admitiera como socio a alguien como yo
 

Bobesponjista

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Creo que sí, en la vida laboral te sale si mal no recuerdo, especificando que es cuenta propia. Para la jubilación se sumaría. Incluso creo se puede "meter" lo cotizado en otro país de la UE
 

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Renegado
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Afirmativo.

La base de cotización de autónomo normalmente es la mínima y por tanto computa hez, pero sí, suma
 

kunk

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Si

Hay reconocimiento mutuo entre regímenes de la seguridad social.
 

Jimmy Page

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Una pregunta, a ver si algún amable forero sabe

Si por ejemplo de tu carrera profesional te has pasado los 15 primeros años contratado, luego 10 como autónomo, y luego los 15 últimos nuevamente por cuenta ajena

¿Es como si tuvieras 40 años cotizados y cobras toda la pensión como por cuenta ajena? ¿O se perciben 2 pensiones, una de autónomos y otra de cuenta ajena?

Gracias
Así es. Se suman.

Los años cotizados son los que son, da igual en qué régimen.
 

llober

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Se suman los días en cada régimen indistintamente pero sin solapes, y las bases correspondientes, que se actualizan por las tablas oficiales del IPC hasta una fecha dos años antes del día de jubilación. Los dos últimos años no se corrigen por la inflación.

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elKaiser

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Si has cotizado más de 15 años en ambos regimenes, creo que cobrarías 2 pensiones, de autónomo y asalariado, siempre que la suma no supere la pension máxima.

A ver si alguien nos lo puede aclarar.
 

Dj Puesto

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25 Dic 2018
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Afirmativo.

La base de cotización de autónomo normalmente es la mínima y por tanto computa hez, pero sí, suma
Lo más correcto es esto, tu pensión de autónomo después de remar y dar empleo a otros salvo que hagas aportaciones extra se sitúa unos 200€ por encima de la no contributiva. Por eso la mayoría de autónomos tienen un plan privado de pensiones a mayores, el plan de pensiones puede irse al guano y haber cotizado toda la vida para nada pero hacer aportaciones extras a la SS ahora mismo eso si que es jugar con fuego.
 

maleable

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2 Ene 2015
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Para optar al cobro de las dos prestaciones de jubilación:
- Mínimo de 15 años cotizados en cada régimen.
- Estar de alta en los 2 regímenes durante los dos últimos años antes de la jubilación.

Si no se cumplen esos criterios:
- Las bases se contabilizan como si hubieran sido cotizadas en un mismo régimen.
- En caso de periodos superpuestos (pluriactividad) las bases cotizadas por cada régimen se suman en una única base.
 

samaruc

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Para optar al cobro de las dos prestaciones de jubilación:
- Mínimo de 15 años cotizados en cada régimen.
- Estar de alta en los 2 regímenes durante los dos últimos años antes de la jubilación.
Así es.

Simultaneamente. Es decir a la vez. Tienes que estar 15 años + 2 antes de la jubilación en pluriactividad.
 

maleable

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2 Ene 2015
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Así es.

Simultaneamente. Es decir a la vez. Tienes que estar 15 años + 2 antes de la jubilación en pluriactividad.
¿Estás seguro de la obligatoriedad de 15 años simultáneos en pluriactividad?
¿Dónde lo has visto?

Lo de los 2 últimos años sí es obligatorio en simultaneidad, pero sobre lo otro que dices (15 simultáneos) no lo tengo claro.
Yo he revisado no hace tanto legislación y fuentes y no lo veo.

Hay que cumplir los mínimos en cada régimen (15 años) pero no que deban haberse producido simultánemamente.