El trámite de la baja del autónomo es tan dolido como el trámite del trabajador por cuenta ajena. Ni más ni menos. El mismo papeleo.
Por mi parte me la jugaría tanto victimismo si no fuera por que estáis transmitiendo un mensaje equívoco que puede que alguien se trague.
Para empezar si puedes currar directamente es que no estás incapacitado para trabajar y por tanto no te corresponde la baja y si estás impedido para el curro es del género simple no sacar aunque sean cuatro euros.
Lo que estáis vendiendo es que si estás dolido de verdad pongas en peligro tu salud pudiendo agravarse tu estado por no hacer puñetero caso al médico.
En una cosa si te tengo que dar la razón, por 3 días no vale la pena cogerse la baja. Pero es por qué la baja se cobra a partir del cuarto día. Igual que los trabajadores por cuenta ajena, igual. Los 3 primeros días de la baja van a cargo del trabajador. Puede que el convenio o la empresa o el seguro de bajas te cubran estos tres días, puede. La regla general son tres días pasando la mano de la pared.
Por otra parte en las bajas de larga duración (más de 61 días) no pagas cuotas de autónomos. Te las paga la mutua. Si cobras 800 euros de baja son limpios. No tienes que descontar la cuota.
Respecto lo de la paternidad... pues mal suerte, chacho. No has pillado la etapa maja. Cuando nacieron tus hijos no existiría la posibilidad de pillarte la baja por paternidad al 50%.
La paternidad al 50% significa que cobras la mitad de baja durante el doble de días con una bonificación de la cuota de autónomos del 100% mientras continúas currando teóricamente al 50%
Te recomiendo que no averigües desde cuándo está vigente esta modalidad de prestación. No vaya a ser que tengas que replantarte tus prejuicios
Pues eso. Niños, estudiad cachopo. Estudiad que el saber no ocupa lugar y no os dará miedo hacer papeleos para cobrar bajas.