Artículo 155.
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
Este artículo nunca se ha utilizado. Pero una cosa parece clara. El Estado depende de las Comunidades Autónomas para cumplir los compromisos de déficit.
Sin embargo
1) las comunidades son el maná para mucha gente del partido.
2) nunca han estado coordinadas ni homologadas entre sí, tarjetas sanitarias, educación, salarios, estructura administrativa, todo es diferente, por tanto caro..
3) hay casos de impago que todos conocemos. Cataluña, Valencia y Castilla la Mancha apenas llegan a fin de mes y están dando la nota. Está por ver cómo está Andalucía.
Resulta que hoy sale Soraya diciendo que las Comunidades han incumplido el pacto de eliminar 4000 entes públicos. Al tiempo propone crear una ley para controlar los presupuestos. En seguida salen las primeras voces discordantes.
Todo esto irá a más, sin duda. La pregunta es. ¿Recurrirá el Estado, por primera vez en la historia, a la aplicación del artículo 155?, ¿lo verán nuestros ojos?
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
Este artículo nunca se ha utilizado. Pero una cosa parece clara. El Estado depende de las Comunidades Autónomas para cumplir los compromisos de déficit.
Sin embargo
1) las comunidades son el maná para mucha gente del partido.
2) nunca han estado coordinadas ni homologadas entre sí, tarjetas sanitarias, educación, salarios, estructura administrativa, todo es diferente, por tanto caro..
3) hay casos de impago que todos conocemos. Cataluña, Valencia y Castilla la Mancha apenas llegan a fin de mes y están dando la nota. Está por ver cómo está Andalucía.
Resulta que hoy sale Soraya diciendo que las Comunidades han incumplido el pacto de eliminar 4000 entes públicos. Al tiempo propone crear una ley para controlar los presupuestos. En seguida salen las primeras voces discordantes.
Todo esto irá a más, sin duda. La pregunta es. ¿Recurrirá el Estado, por primera vez en la historia, a la aplicación del artículo 155?, ¿lo verán nuestros ojos?