Año y medio para expulsar a un inquilino jovenlandeseso

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EL PROPIETARIO PIERDE 3.998 EUROS DE MEDIA
Año y medio para expulsar a un inquilino jovenlandeseso

Lograr el desahucio de un inquilino jovenlandeseso es una cuestión de tiempo, mucho tiempo, y también de un buen 'pellizco' de dinero. Unos 18 meses es la 'condena' media que soporta el propietario para lograr la expulsión del arrendatario y 3.998 euros la cantidad que suele reclamar y que resulta casi imposible de cobrar en la mayoría de los casos.

Ésas son las principales conclusiones de un estudio del despacho de abogados Alboreca. El periodo para lograr el desahucio se desglosa en los ochos meses y cinco días de media que tarda el propietario en presentar la demanda, los seis meses y medio hasta la sentencia en primera instancia y los tres meses y medio adicionales para que se inicie el proceso de desahucio.

La principal razón para la prolongación de la primera etapa es que el propietario suele ser reacio a acudir a los tribunales mientras sus posibilidades económicas no se ven perjudicadas por la situación de impago, según Alboreca, que ha tenido en cuenta alrededor de 10.000 sentencias de desahucio.

Una actuación rápida por parte del propietario suele dar lugar a una resolución de los problemas con el demandado sin la necesidad de llegar a un desahucio, remarca el despacho de abogados, que subraya que la salida del inquilino puede retrasarse años ante la dificultad de realizar las notificaciones al arrendatario.

Picaresca extranjera

El informe apunta que en la costa turística española, sobre todo en Baleares y la Costa Brava, los casos de desahucio se están multiplicando de forma 'espectacular' debido a la ocupación de viviendas en alquiler por parte de población extranjera no comunitaria, quienes "saben que pueden arrendar una vivienda, vivir en ella sin pagar y volverse a su países o seguir en España en otra vivienda, sin ninguna consecuencia negativa".

Para solventar toda esta problemática, la firma de abogados recomienda la creación de juzgados de apoyo o la dotación de validez para las notificaciones intentadas en el propio domicilio arrendado, si el inquilino no ha facilitado otro domicilio para citaciones, como se permite en otros procedimientos.

http://www.elmundo.es/mundodinero/2006/10/13/economia/1160737782.html
 
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Estoy hasta los cataplines de los quejicas propietarios, que piden aun mayor seguridad juridica. Joer es que esta peña se lee los contratos de alquiler que se firman hoy en dia??? Si es que parecen un contrato de esclavitud para el arrendatario. Encima te piden aval bancario con lo que sino pagas se te quedan con 3000 euros a parte de los anticipos (2 como minimo) que te suelen pedir. ¿¿Mas seguridad aun?? Les damos el coche como fianza??
 
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