Acuerdo Ley de Vivienda.

jaimegvr

Será en Octubre
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-Los propietarios de mas de 4 viviendas no podran subir sus alquileres durante la vigencia de sus contratos.
-Solo se podrá subir los alquileres por un IPC / 2, o sea, si el IPC de ese año es del 5%, la subida solo podrá ser del 2,5% a partir del año 206, antes será del 2% y luego el 3% fijo para 2024 y 2025.
-Los desahucios sin fecha y hora quedan eliminados. Nadie podrá ser desahuciado si por este acto se ve en la calle.
-El precio del alquiler no podrá superar el 33% de los ingresos del arrendatario, topado por ley. Cualquier contrato que supere esto será nulo. Ejemplo si el arrendatario gana 1000€ al mes, el alquiler no podrá superar los 333€.
-La prorroga se convierte en indefinida y forzosa.
-El IBI de los tenedores de mas de 4 viviendas será el doble que el resto, si estas viviendas no estan arrendadas.
-El impuesto a las plusvalias por venta de vivienda, si no se compra otra en el plazo de 1 años, será del 90% los primeros 8 años.
 

Avulense64

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-Los propietarios de mas de 4 viviendas no podran subir sus alquileres durante la vigencia de sus contratos.
-Solo se podrá subir los alquileres por un IPC / 2, o sea, si el IPC de ese año es del 5%, la subida solo podrá ser del 2,5% a partir del año 206, antes será del 2% y luego el 3% fijo para 2024 y 2025.
-Los desahucios sin fecha y hora quedan eliminados. Nadie podrá ser desahuciado si por este acto se ve en la calle.
-El precio del alquiler no podrá superar el 33% de los ingresos del arrendatario, topado por ley. Cualquier contrato que supere esto será nulo. Ejemplo si el arrendatario gana 1000€ al mes, el alquiler no podrá superar los 333€.
-La prorroga se convierte en indefinida y forzosa.
-El IBI de los tenedores de mas de 4 viviendas será el doble que el resto, si estas viviendas no estan arrendadas.
-El impuesto a las plusvalias por venta de vivienda, si no se compra otra en el plazo de 1 años, será del 90% los primeros 8 años.

roto2

palos
 

paketazo

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A mitad de camino entre el infierno y el cielo
Todo correcto, en la próxima revisión, se extenderá a propietarios con más de una vivienda, y los incrementos serán máximo el IPC/9

Además será obligatorio el alquiler a etnianos si se poseen más de dos propiedades.

Acaso os pensabais que erais dueños de lo que comprabais y escriturabais en este sitio poco agradable "pardillos" ... hay que sacar los cuartos del país ipso facto.

Hay más derechos sobre la propiedad en Ruanda que aquí.
 

Burbujo II

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No es exactamente lo que pone el OP.

Así, la declaración de áreas tensionadas se declarará cuando se cumpla una de las dos condiciones que la Ley establece: que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supere el 30% de la renta media de los hogares, o bien que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya aumentado al menos 3 puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.
 

Avulense64

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A ver, esto tiene que quedar claro:

El precio del alquiler no podrá superar el 33% de los ingresos del arrendatario, topado por ley. Cualquier contrato que supere esto será nulo. Ejemplo si el arrendatario gana 1000€ al mes, el alquiler no podrá superar los 333€.

la idea es buena pero en muchos alquileres pedirán parejas por narices. El palillero que quiera cobrar 800-900 y más allá va a tener que meter a dos o a tres.
 

jaimegvr

Será en Octubre
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Art. 128 Constitucion.


1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.
 

jaimegvr

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A ver, esto tiene que quedar claro:

El precio del alquiler no podrá superar el 33% de los ingresos del arrendatario, topado por ley. Cualquier contrato que supere esto será nulo. Ejemplo si el arrendatario gana 1000€ al mes, el alquiler no podrá superar los 333€.

la idea es buena pero en muchos alquileres pedirán parejas por narices. El palillero que quiera cobrar 800-900 y más allá va a tener que meter a dos o a tres.
si no encuentra, se le quedará el piso cerrado, con gastos y sin generar ingresos.
 

Avulense64

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No es exactamente lo que pone el OP.

Así, la declaración de áreas tensionadas se declarará cuando se cumpla una de las dos condiciones que la Ley establece: que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supere el 30% de la renta media de los hogares, o bien que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya aumentado al menos 3 puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.
Toda España prácticamente vamos.
 

Titomadrid

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La de poner un precio máximo del 33% de los ingresos del inquilino es cojonuda.
O bajan los precios de los alquileres o los jóvenes casapapis forever.

Hay que ver que posibilidades tiene esto porque las leyes de vivienda son competencia de las Comunidades, los IBIs de los hay-untamientos etc, aunque lo de aumentar el IBI ya se ha obligado por ley comunitaria en algunas comunidades.
 

Lma0Zedong

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1 Jul 2019
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-Los desahucios sin fecha y hora quedan eliminados. Nadie podrá ser desahuciado si por este acto se ve en la calle.
-El precio del alquiler no podrá superar el 33% de los ingresos del arrendatario, topado por ley. Cualquier contrato que supere esto será nulo. Ejemplo si el arrendatario gana 1000€ al mes, el alquiler no podrá superar los 333€.
Esto significa que si vas a ocupar una vivienda puedes hacerlo a lo grande, te plantas en la mismísima Gran Vía de Madrid si es necesario, y les reclamas un alquiler de como mucho 400€ si ganas una miseria. Y no se pueden negar, porque no te pueden echar :) O 400€ o nada, dura elección para el dueño de un piso en Gran Vía.

Difícil veo una regulación así.