Abogado cripto. La cuestión fiscal

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Para echarnos unas risas.

Abogado cripto. La cuestión fiscal

 
Ya te soluciono yo el tema con una regla sencilla: no declarar nada, nunca

si acaso cuando vayas a retirar a FIAT ¿no?

compraste tanto, retiras tanto. Beneficios: X. A tributar IRPF sobre beneficios

que la AEAT te reclama justificante? Adjuntas el informe de trading de Binance durante esos años y que se busquen la vida. "Ahí está todo"
 
si acaso cuando vayas a retirar a FIAT ¿no?

compraste tanto, retiras tanto. Beneficios: X. A tributar IRPF sobre beneficios

que la AEAT te reclama justificante? Adjuntas el informe de trading de Binance durante esos años y que se busquen la vida. "Ahí está todo"
Y luego te llega una carta de hacienda diciendo que debes muchísimo más porque el hecho imponible se produce tras cada permuta y esas altcoins con nombre de perro que adquiriste usando BTC cuando valía 60k y que sigues hodleando a pesar de haber perdido el 90% del valor te habían generado unas ganancias en ese año en concreto que debiste declarar (y que no hiciste). Como no lo declaraste en su tiempo, ahora te meten un recargo de niño malo
 
Y luego te llega una carta de hacienda diciendo que debes muchísimo más porque el hecho imponible se produce tras cada permuta y esas altcoins con nombre de perro que adquiriste usando BTC cuando valía 60k y que sigues hodleando a pesar de haber perdido el 90% del valor te habían generado unas ganancias en ese año en concreto que debiste declarar (y que no hiciste). Como no lo declaraste en su tiempo, ahora te meten un recargo de niño malo

Y hoy niños, os vamos a explicar la propiedad distributiva del producto!

A ver quién me sabe decir cuánto es (1,21 * 10) + (1.21 x 100)

Genial Mengano, ahora calcúlame (1.21x (100+10))

pd. lerdo
 
Y hoy niños, os vamos a explicar la propiedad distributiva del producto!

A ver quién me sabe decir cuánto es (1,21 * 10) + (1.21 x 100)

Genial Mengano, ahora calcúlame (1.21x (100+10))

pd. lerdo
Tú escuchas período impositivo y te pensarás que están hablando de la regla, augusto
 
Y luego te llega una carta de hacienda diciendo que debes muchísimo más porque el hecho imponible se produce tras cada permuta y esas altcoins con nombre de perro que adquiriste usando BTC cuando valía 60k y que sigues hodleando a pesar de haber perdido el 90% del valor te habían generado unas ganancias en ese año en concreto que debiste declarar (y que no hiciste). Como no lo declaraste en su tiempo, ahora te meten un recargo de niño malo

Si las shitcoins no las pasaste a fiat no te han producido ningún beneficio y puedes compensar ganancias con pérdidas , si alguna de esas shitcoins ha sido delist directamente puedes imputar un 100% de pérdida en la pretendida permuta.

Los únicos que conozco que han tenido problemas con las cryptos son los que se les ha ocurrido declarar algo, yo he pasado ya el periodo de prescripción de las primeras cryptos que compré y nunca he tenido problemas con hacienda simplemente ignorándolos.
 
Si las shitcoins no las pasaste a fiat no te han producido ningún beneficio y puedes compensar ganancias con pérdidas , si alguna de esas shitcoins ha sido delist directamente puedes imputar un 100% de pérdida en la pretendida permuta.

Los únicos que conozco que han tenido problemas con las cryptos son los que se les ha ocurrido declarar algo, yo he pasado ya el periodo de prescripción de las primeras cryptos que compré y nunca he tenido problemas con hacienda simplemente ignorándolos.
No, el hecho imponible se produce por cada permuta, cuando tradeas de shitcoin a altcoin y viceversa, no solamente cuando lo pasas a fiat. Y se puede dar el caso en el que tienes beneficios en un año y pérdidas en el siguiente, que es lo que suele suceder. En este caso pagas impuestos por el año en que obtuviste beneficios y las pérdidas las compensas en los siguientes años. Las pérdidas se compensan en años posteriores, no anteriores. Es decir, si pusiste 10k en 2021 y tu última operación de 2021 fue por valor de 110k, luego en 2022 tienes pérdidas y la última operación de tu cartera es por valor de 10k, pagas 25k por los 100k de beneficios de 2021 y luego compensas las pérdidas en el IRPF de 2023 (que presentas declaración en 2024).
 
No, el hecho imponible se produce por cada permuta, cuando tradeas de shitcoin a altcoin y viceversa, no solamente cuando lo pasas a fiat. Y se puede dar el caso en el que tienes beneficios en un año y pérdidas en el siguiente, que es lo que suele suceder. En este caso pagas impuestos por el año en que obtuviste beneficios y las pérdidas las compensas en los siguientes años. Las pérdidas se compensan en años posteriores, no anteriores. Es decir, si pusiste 10k en 2021 y tu última operación de 2021 fue por valor de 110k, luego en 2022 tienes pérdidas y la última operación de tu cartera es por valor de 10k, pagas 25k por los 100k de beneficios de 2021 y luego compensas las pérdidas en el IRPF de 2023 (que presentas declaración en 2024).

Ya conozco el criterio de hacienda con las crypto pero es una barrabasada, no van a empurar a nadie por no declarar las permutas con la volatilidad que tienen las cryptos , el día que alguien lleve a los tribunales el criterio que se han sacado de la manga para las permutas de cryptos se lo tiran.
 
Ya conozco el criterio de hacienda con las crypto pero es una barrabasada, no van a empurar a nadie por no declarar las permutas con la volatilidad que tienen las cryptos , el día que alguien lleve a los tribunales el criterio que se han sacado de la manga para las permutas de cryptos se lo tiran.
Porque no tienen personal suficiente para investigarlo todo. Pero si haces como dice el de arriba de adjuntarle el log de transacciones de binance de los últimos años, les estás pidiendo a gritos que te empuren
 
Ya conozco el criterio de hacienda con las crypto pero es una barrabasada, no van a empurar a nadie por no declarar las permutas con la volatilidad que tienen las cryptos , el día que alguien lleve a los tribunales el criterio que se han sacado de la manga para las permutas de cryptos se lo tiran.


Básicamente.


Al final hacienda lo que quiere es trincar lo suyo y si lo pagas haciendo un cómputo global a ti no te pueden empaquetar nada porque para empaquetarte primero tienen que calcular cuánto no has pagado, y pagar, has pagado, si ellos echan la cuenta a su manera el resultado será el mismo
 
Si las shitcoins no las pasaste a fiat no te han producido ningún beneficio y puedes compensar ganancias con pérdidas , si alguna de esas shitcoins ha sido delist directamente puedes imputar un 100% de pérdida en la pretendida permuta. .

O te explicas mal o cometes un error. La pérdida o ganancia de la permuta se computa con el valor en el momento de la permuta, no cuando a ti te da la gana.

Si compraste una moneda cuando valia $1 y la permutaste por otra cuando valia $10, tendrás que declarar una ganancia de $9, independientemente de cuando regreses eso a contravalor fiat, y también de si la moneda posteriormente se ha ido a $0.01

Por cierto, cuidado porque si la moneda ha sido delistada y no se puede vender, el criterio de hacienda es que no puedes descontartelo como perdida. Por tanto es mejor venderla en el último Exchange donde quede en pie antes que esperar a que desaparezca.
 
si acaso cuando vayas a retirar a FIAT ¿no?

compraste tanto, retiras tanto. Beneficios: X. A tributar IRPF sobre beneficios

que la AEAT te reclama justificante? Adjuntas el informe de trading de Binance durante esos años y que se busquen la vida. "Ahí está todo"

No si la carga de la prueba en ese caso se invierte y la tienes tú. O convences o a pagar. Se que es una frutada pero es lo que hay, como presentes un zurullo y "que se apañen" te empuran con multa recargos intereses y quizás hasta delito en función de la cuantía.
 
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