Breve Explicacion De Los 400e
Obviamente no es una medida de justicia social, sino que en puridad es una medida de devolución lineal en la que no opera un tope de ingresos para recibirla y que pretende inyectar poder de compra y mantener el consumo nacional (con su consecuente incidencias en la inflacíón) y que se aplicará a los contribuyentes que perciben rentas del trabajo; asalariados y pensionistas, y a quienes obtengan rendimientos de actividades económicas. Respecto a los asalariados, esta nueva deducción comenzará a aplicarse en las nóminas de junio, con una rebaja en las retenciones practicadas de IRPF de 200 €. Los otros 200 € se irán deduciendo en las posteriores nóminas hasta diciembre, a razón de 33,33 € más en cada nómina o 28,5€ si se perciben 14 pagas. Los autónomos, por su parte, podrán deducirlos en sus pagos fraccionados trimestrales (se descontarán 200 € en julio, 100 € en octubre y 100 euros en enero 2009) o al final del ejercicio cuando presenten la declaración. En todo caso, la deducción tendrá como tope la cuota del IRPF, por lo que tan sólo trabajadores con 20.000 €, o con más base imponible si tienen cargas familiares, SÍ tendrán la rebaja total. Obviamente, aquellos contribuyentes sin retención a cuenta de IRPF no se verán afectados por la mencionada medida, y los que tienen una cuota íntegra menor de 400 € se quedan parcialmente fuera de la medida, retornándoles tan sólo las deducciones que se les hayan prácticado en nómina. Por poner un ejemplo, un contribuyente con ingresos de 12.000 € sin descendientes, sólo tendrá una rebaja de 350 €, pues no paga más impuesto. Ese mismo contribuyente con un descendiente, tendrá un beneficio menor (280 €) porque su cuota líquida de impuesto es menor. slds