Ya está aprobado los famosos 400€

jhezlin

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28 Feb 2008
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Hoy en el consejo de ministros han aprobado los famosos 400€ que prometió Zapatero.

Se devolverá 200€ en la nómina de Junio y el resto a repartir entre los 6 meses restantes que quedan del año.

Se devolverá a todos los trabajadores, autónomos y jubilados.

Va ser una norma permanente, es decir, durante el 2009 y siguientes años, se devolverá 33€ mensuales.
 
Una curiosidad: ¿si alguién es pluriempleado no le quitarán 400*n euros?

Gracias.
 
Una curiosidad: ¿si alguién es pluriempleado no le quitarán 400*n euros?

Gracias.

Buena pregunta. Habrá que ver como está redactado el Decreto-Ley, pero aunque así fuera, luego tocaría devolverlo a Hacienda en la declaración de la renta puesto que sólo podrás desgravar 400 euros.
 
Buena pregunta. Habrá que ver como está redactado el Decreto-Ley, pero aunque así fuera, luego tocaría devolverlo a Hacienda en la declaración de la renta puesto que sólo podrás desgravar 400 euros.

Comprendo, gracias.
 
Olvidaos de las zarandajas de las retenciones, éstas no son más que un pago por adelantado que luego ajustarás en la declaración, lo importante es la declaración, para que te los paguen tienes que tener cuota del trabajo (a partir de este año hay una para trabajo y otra para capital) suficiente, la cosa funciona así, pones el sueldo, quitas los 5000 euros del mínimo personal, quitas la deducción por trabajo, por descendientes, por hipoteca, por descendientes menores de tres años (100 euros menos de retención al mes) si eres muyer y si aún te quedan 400 euros o más de cuota entonces quitas los 400 euros, si no te queda cuota olvídate de los 400 euros.

Esta medida me gusta porque es tremendamente injusta ya que los pepitos con sueldos bajos no la van a cobrar, lo cuakl es positivo puesto que ya mamonean bastante con las deducciones por la hipoteca por no pagfar gastos de cambio de hipoteca, que se la vamos a pagar los demás, 2500 euros por tenes churumbeles, que también los pagamos los demás, etc.
 
Breve Explicacion De Los 400e

Obviamente no es una medida de justicia social, sino que en puridad es una medida de devolución lineal en la que no opera un tope de ingresos para recibirla y que pretende inyectar poder de compra y mantener el consumo nacional (con su consecuente incidencias en la inflacíón) y que se aplicará a los contribuyentes que perciben rentas del trabajo; asalariados y pensionistas, y a quienes obtengan rendimientos de actividades económicas. Respecto a los asalariados, esta nueva deducción comenzará a aplicarse en las nóminas de junio, con una rebaja en las retenciones practicadas de IRPF de 200 €. Los otros 200 € se irán deduciendo en las posteriores nóminas hasta diciembre, a razón de 33,33 € más en cada nómina o 28,5€ si se perciben 14 pagas. Los autónomos, por su parte, podrán deducirlos en sus pagos fraccionados trimestrales (se descontarán 200 € en julio, 100 € en octubre y 100 euros en enero 2009) o al final del ejercicio cuando presenten la declaración. En todo caso, la deducción tendrá como tope la cuota del IRPF, por lo que tan sólo trabajadores con 20.000 €, o con más base imponible si tienen cargas familiares, SÍ tendrán la rebaja total. Obviamente, aquellos contribuyentes sin retención a cuenta de IRPF no se verán afectados por la mencionada medida, y los que tienen una cuota íntegra menor de 400 € se quedan parcialmente fuera de la medida, retornándoles tan sólo las deducciones que se les hayan prácticado en nómina. Por poner un ejemplo, un contribuyente con ingresos de 12.000 € sin descendientes, sólo tendrá una rebaja de 350 €, pues no paga más impuesto. Ese mismo contribuyente con un descendiente, tendrá un beneficio menor (280 €) porque su cuota líquida de impuesto es menor. slds
 
y si aún te quedan 400 euros o más de cuota entonces quitas los 400 euros, si no te queda cuota olvídate de los 400 euros.

¿Seguro que funciona así?

A mi muyer le sale de cuota diferencial a devolver 1900 €, y debajo de la cuota, sale la deducción por maternidad--->-1900-1200=-3100 €
 
a mi que no se tengan en cuenta los ingresos me parece bien.

hasta los agallas que gente que cobra en zain opte a todas las becas y a mi por una miseria a nada.
 
¿Seguro que funciona así?

A mi muyer le sale de cuota diferencial a devolver 1900 €, y debajo de la cuota, sale la deducción por maternidad--->-1900-1200=-3100 €

La cuota no es negativa, pero sí, la prestación por maternidad es una deducción de la cuota, se me había ido la olla, en el caso de tu muyer los 1900 euros son retenciones y los 1200 euros los 100 euros al mes.
 
Hoy en el consejo de ministros han aprobado los famosos 400€ que prometió Zapatero.

Se devolverá 200€ en la nómina de Junio y el resto a repartir entre los 6 meses restantes que quedan del año.

Se devolverá a todos los trabajadores, autónomos y jubilados.

Va ser una norma permanente, es decir, durante el 2009 y siguientes años, se devolverá 33€ mensuales.


Una preguntita. Si por lo que sea te quedaras en paro en junio, después de estar cotizando muchos años y reuniendo todos los requisitos... ¿cobrarías estos 400 euros?
 
Una preguntita. Si por lo que sea te quedaras en paro en junio, después de estar cotizando muchos años y reuniendo todos los requisitos... ¿cobrarías estos 400 euros?

Los años cotizados antes del 1 de Enero del 2008 dan igual, solo se tienen en cuenta las retenciones de este año. Al que se quedara en paro se lo devolverian en la declaracion el año que viene.
 
Siempre que le salga una cuota de más de 400 euros, cosa que si no trabaja el resto del año no va a conseguir.

Y dale.

Que no es así. Que al año que viene habrá una deducción en cuota, y ésta no tienen porque ser mayor que 400€. Ni siquiera positiva.

Al menos es lo que he entendido yo.
 
Para que quede claro

Extracto del BOE:

"Articulo 80 Bis. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o actividades económicas."

1.- Los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o rendimientos de actividades económicas se reducirán 400 euros anuales.

2.- El importe de la deducción prevista en este artículo no podrá exceder del resultante de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos del trabajo y actividades económicas minorados, respectivamente, por las reduciones establecidas en los artículos 20 y, en su caso, 32 de esta Ley.
-------------------------------------------------------------------

Para los que tengais una declaración a mano, esta deducción iría después de la casilla 736 de la página 13 de la declaración, es decir, antes de los pagos a cuenta y retenciones.

Por lo tanto si la retención no supera los 400 euros, no te pueden devolver esta cantidad.

Edito: Con esta información podeís hacer una simulación poniendo esta deducción este año, y así saber como os saldría.
 
Última edición:
Extracto del BOE:

"Articulo 80 Bis. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o actividades económicas."

1.- Los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o rendimientos de actividades económicas se reducirán 400 euros anuales.

2.- El importe de la deducción prevista en este artículo no podrá exceder del resultante de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos del trabajo y actividades económicas minorados, respectivamente, por las reduciones establecidas en los artículos 20 y, en su caso, 32 de esta Ley.
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Para los que tengais una declaración a mano, esta deducción iría después de la casilla 736 de la página 13 de la declaración, es decir, antes de los pagos a cuenta y retenciones.

Por lo tanto si la retención no supera los 400 euros, no te pueden devolver esta cantidad.

Edito: Con esta información podeís hacer una simulación poniendo esta deducción este año, y así saber como os saldría.

O sea, que hay que ganar mínimo:

Teniendo en cuenta que el tipo mínimo es un 24%...

400/0,24=1666,67 €.

Más 5050 del mínimo personal y 2600 de las reducciones del trabajo: 9316,67 € brutos/año.
 
O sea, que hay que ganar mínimo:

Teniendo en cuenta que el tipo mínimo es un 24%...

400/0,24=1666,67 €.

Más 5050 del mínimo personal y 2600 de las reducciones del trabajo: 9316,67 € brutos/año.

De hecho es un poco más, josemazgz, pero los tiros van por ahi.

Saludos 😉
 
Leí, no se donde, que el mínimo para cobrar los 400 € son 12000 € ( no se si brutos o netos ), ¿puede ser cierto?


Un saludo,
 
Respuesta a la duda: "Sobre los 200 € que nos retienen de menos en junio, ¿qué pasa si mi retención no llega a esos 200 €?"

Nueva deducción de 400€ en el IRPF. Esta deducción será aplicable a los contribuyentes que perciban rentas del trabajo, asalariados y pensionistas, y también a los que perciban rendimientos procedentes de actividades económicas. El ahorro total para los contribuyentes será de 6.000 millones de euros, un 0,9% de la renta disponible de las familias.

El impacto de esta medida empezará a notarse a partir del mes de junio ya que esta deducción será tenida en cuenta a la hora de calcular las retenciones. En las nóminas del mes de junio, las retenciones se verán reducidas en unos 200 € como máximo y el resto del importe, hasta 400 euros, se prorrateará en los restantes meses hasta finalizar el año.

En cuanto a los autónomos, aquellos que realicen pagos fraccionados podrán beneficiarse a partir de junio de la deducción, mientras que para los demás casos se aplicarán la deducción cuando presenten la declaración del IRPF.



Lo que entiendo es que la única manera de no cobrarlos es no llegar a 400 € de retención entre junio y diciembre.
 
jorobar, en junio me planto con la extra y los 200 pavos 🙄 y en julio nos dan los incentivos en la empresa...

Me voy a pasar un veranito 😎:
 
jorobar, en junio me planto con la extra y los 200 pavos 🙄 y en julio nos dan los incentivos en la empresa...

Me voy a pasar un veranito 😎:


No es nada personal, pero esto demuestra la guano de idea que han sido los 400 euros.

Que conste que yo también me les fundiré.
 

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