¿Y si una entidad financiera la "palma"?

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jolu

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27 Ene 2009
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Leyendo por los foros me ha surgido una duda.

Suponiendo que el señor Pepón tiene 100.000 euros en una entidad financiera,en depósito o en cuenta corriente, y a su vez tiene concedida una hipoteca por esa misma entidad de la que le queda por amortizar 150.000 euros.

En caso de que la entidad se vaya al "malos" y el estado no tenga pasta para el fondo de garantía,¿Se le descuenta de su deuda sus ahorros? o ¿Se queda sin ahorros y debiendolo todo?

Y si hay corralito y salida del euro,¿sus ahorros pasan a pesetas y su deuda se queda en euros?¿puede optar por quitarse deuda antes de que le hagan el "cambiazo"?
 
+ figuraciones

¿qué creees que sucederá?
p.d: van a acabarse las existencias de hemoal!
 
No... la deuda se tiene que pagar sí o sí. De hecho, puede que haya recargos por los gastos de tramitación para que la entidad que se quede con el banco quebrado.

El dinero del depósito estaría garantizado por el FGD, y se cobraría siempre: en principio en 3 meses, aunque ese plazo se puede alargar otros 3 y después otros 3 y así sucesivamente hasta que el fGD tenga suficiente dinero.

De todas formas, no creo que ningún gobierno se vaya a atrever dejar caer ninguna entidad... porque en tal caso se produciría un sustancia ilegal: todo el mundo a retirar dinero a los bancos y SEGURO que no hay para todos.

Salu2.
 
Creo que no hay dinero para aguantar a BBVA o al Santander.

¿Que pasaría con la deuda y depósito que un mismo cliente tuviera allí?

No me veo al Santander reclamando una mensualidad de un cliente al que no le da el dinero de su depósito, ¿o sí? :rolleye:
 
Creo que no hay dinero para aguantar a BBVA o al Santander.

¿Que pasaría con la deuda y depósito que un mismo cliente tuviera allí?

No me veo al Santander reclamando una mensualidad de un cliente al que no le da el dinero de su depósito, ¿o sí? :rolleye:

Pues yo lo veo maquinando situaciones aún peores!
 
Hasta donde yo sé (lo poco que sé) hay determinadas prioridades en la cola de acreedores, pero entre ellas no está el que se tengan contraídas deudas con esa entidad.

Supongo que si quiebra es porque no hay para todos y entonces a mí, que no tengo ninguna deuda, me da exactamente igual si tu tenías una hipoteca para pagar un piso en Seseña o si tampoco tenías nada. Tu hipoteca debería ser un activo del banco que se tendrá que liquidar para ser repartido entre todos los acreedores. Y si no a ver amortizao antes 😛

De todas formas no estaría mal una chincheta para este tipo de preguntas recurrentes.
 
Suponiendo que el señor Pepón tiene 100.000 euros en una entidad financiera,en depósito o en cuenta corriente, y a su vez tiene concedida una hipoteca por esa misma entidad de la que le queda por amortizar 150.000 euros.

Seguramente no tenga ni idea de economía ni hipotecas pero esa situación la veo absurda ¿No sería más lógico destinar los 100.000
a reducir hipoteca?a no ser que el tipo de interés del depósito sea superior al de la hipoteca,cosa que veo poco probable.

Corregidme si me equivoco.
 
Leyendo por los foros me ha surgido una duda.

Suponiendo que el señor Pepón tiene 100.000 euros en una entidad financiera,en depósito o en cuenta corriente, y a su vez tiene concedida una hipoteca por esa misma entidad de la que le queda por amortizar 150.000 euros.

En caso de que la entidad se vaya al "malos" y el estado no tenga pasta para el fondo de garantía,¿Se le descuenta de su deuda sus ahorros? o ¿Se queda sin ahorros y debiendolo todo?

Y si hay corralito y salida del euro,¿sus ahorros pasan a pesetas y su deuda se queda en euros?¿puede optar por quitarse deuda antes de que le hagan el "cambiazo"?

Punto 1. Se queda sin ahorros, puesto que sin liquidez, el Estado le pagaría con Deuda Pública, o sea, 100.000 euros en Bonos a 5 años, al 4% de interés, negociables 😀 (Al alza o a la baja???) y, aparte, debe pagar su deuda al Banco de España, pero los recibos mensuales, como hace ahora.

Punto 2. Los ahorros y la deuda pasan a pesetas, que sería la moneda de curso legal, puesto que al formalizar la hipoteca, se hizo con la moneda de curso en ese momento, no es una hipoteca multidivisa, puesto que el cliente la formaliza en España, en base a la legislación española, y con un banco o caja españoles. También pasarían a pesetas la Deuda Pública, activos, pasivos, sueldos, débitos, acciones, valores, etc... tal como pasó en 1999, que todo se pasó de pesetas a Euros. Es la ley.

De donde el banco o caja halla conseguido el dinero de la hipoteca, es su problema, puesto que es un negocio entre la caja y la entidad que presta.
 
Valores?? depende de que valores tengas, si tu tienes por ejemplo acciones de Microsoft o Deuda Alemana, o bonos corporativos de x empresa extranjera, pues se supone que tú lo tienes en euros, dólares o lo que sea y así se mantendría.
 
Leyendo por los foros me ha surgido una duda.

Suponiendo que el señor Pepón tiene 100.000 euros en una entidad financiera,en depósito o en cuenta corriente, y a su vez tiene concedida una hipoteca por esa misma entidad de la que le queda por amortizar 150.000 euros.

En caso de que la entidad se vaya al "malos" y el estado no tenga pasta para el fondo de garantía,¿Se le descuenta de su deuda sus ahorros? o ¿Se queda sin ahorros y debiendolo todo?

Y si hay corralito y salida del euro,¿sus ahorros pasan a pesetas y su deuda se queda en euros?¿puede optar por quitarse deuda antes de que le hagan el "cambiazo"?

Shishi...que ya vas a llevar un año en el foro ¿y aún con esas preguntas?

Imagínate lo peor para ti y lo mejor para los bancos...y acertarás...

El fondo de garantía de depósitos es menos de un 0,3% de todos los depósitos...y ya se lo han pulido...:XX:

Garantía mis agallas!!
 
Shishi...que ya vas a llevar un año en el foro ¿y aún con esas preguntas?

Imagínate lo peor para ti y lo mejor para los bancos...y acertarás...

El fondo de garantía de depósitos es menos de un 0,3% de todos los depósitos...y ya se lo han pulido...:XX:

Garantía mis agallas!!

No, si yo lo imagino,pero quiero que alguien lo confirme.
 
Si el banco quiebra, lo que va a hacer es coger todos sus activos, y todas sus deudas.

Venderá todos sus activos, entre los cuales está tu hipoteca, y con lo que saque, saldará las deudas que pueda.
Las deudas, las salda por un orden de preferencia de cobro, por lo que puede que te llegue o puede que no. (dejando de lado fondos de garantías, etc.)

Al final como estarás. Tendrás que pagar la hipoteca a la entidad a la que la haya vendido.
Y por otro lado cobrarás, si tienes suerte, el dinero que tenías depositado. La hipoteca la tendrás que continuar pagando como si no hubiera pasado nada ininterrumpidamente. Por otro lado, tu dinero puede que lo cobres ahora, mañana, o nunca...
 
Pues yo creo, en contra de la opinión de muchos, que deberías al banco el saldo neto, es decir, hipoteca-depósito. Vamos, suponer una situación en la que no te den el depósito pero debas la hipoteca es absurdo. Sinceramente, eso no puede ser, tanto por imagino motivos técnicos y legales (que alguien los aclare), como porque esa persona mandaría a la guano la hipoteca, y quemaría algún que otro mobiliario urbano, si le dejaran en esa situación.

Además, que no os quepa duda de que en un hipotético caso, que no será en nuestro país ni en este momento, se cambiara de moneda, se haría el cambio tanto para las deudas como para los depósitos.
 
Última edición:
La ley es a veces absurda, pero es la que hay mientras no se cambie.
 
suponer una situación en la que no te den el depósito pero debas la hipoteca es absurdo.

Te parece absurdo porque estás haciendo una visión del problema reducida a 1 banco + 1 cliente. De hecho creo que en ese caso sí cabría legalmente la consolidación del crédito con el depósito.

Pero te olvidas de los otros miles de acreedores del banco, que es contra los que debes comparar tus prioridades de cobro. Tú sabrás los motivos que te mueven a mantener a la vez un crédito y un depósito, pero no se me ocurre motivo alguno por el cual eso te dé más derechos de cobro a ti que a los que no deben dinero al banco.
 
Te parece absurdo porque estás haciendo una visión del problema reducida a 1 banco + 1 cliente. De hecho creo que en ese caso sí cabría legalmente la consolidación del crédito con el depósito.

Pero te olvidas de los otros miles de acreedores del banco, que es contra los que debes comparar tus prioridades de cobro. Tú sabrás los motivos que te mueven a mantener a la vez un crédito y un depósito, pero no se me ocurre motivo alguno por el cual eso te dé más derechos de cobro a ti que a los que no deben dinero al banco.
No es cuestión de tener más o menos derechos que otros, es cuestión de que te hagan la resta (y a partir de ahí, en igualdad de condiciones).

Es más, una vez hecha la resta, igual sigues sin tener derechos de cobro, sino debiendo dinero, pero al menos, que debas hipoteca-depósito y no sólo hipoteca.
 
Yo siempre he dicho que el corralito era inviable cuando media españa está endeudada hasta las trancas.Es absolutamente ridículo el pensar que a alguien no le van a dejar sacar el dinero del banco y por contra le van a cargar la cuota de la hipoteca.

Sí, como dijo alguien, el auténtico corralito ya ha llegado, y es el de los pisos (inmovilizado negativo).
 
o. Tú sabrás los motivos que te mueven a mantener a la vez un crédito y un depósito, pero no se me ocurre motivo alguno por el cual eso te dé más derechos de cobro a ti que a los que no deben dinero al banco.

Esencialmente porque no se estaría hablando de la repartición del capital común surgido de la liquidación del banco sino del cobro de tu propio dinero, sobre el cual se entiende que tu tienes prioridad, puesto que eres el propietario. Dicho de otra forma, tú no estás reclamando prioridad alguna sobre el cobro de lo que pertenece al banco sino de lo que de pertence a ti, puesto que, salvo que lo tenga mal entendido, el dinero que depositas en un banco es propiedad tuya ¿no? 8:

De hecho lo ilógico sería lo contrario, que sobre tu dinero pasase a ser propiedad de todos los acreedores y tu te tuvieras que poner en cola para recibir la parte de tu propio dinero.

Tal como yo lo entiendo (ignoro cuales son las leyes) el sentido común dicta que la hipoteca es una deuda que contraes con el banco, si el banco no te puede devolver tu dinero depositado por falta de liquidez, entonces debería sustraer de dicha deuda el equivalente y vender a otra entidad la parte restante de la deuda (eso es el sentido común, luego la realidad será otra...)

Saludos
 
En una entrevista ya salió Niño de Becerra diciendo lo siguiente:

C: ¿Y estas quiebras de bancos de qué manera nos afectan a nosotros?

NB: Bueno, pues muy fácil: una persona tiene una cuenta corriente y está pagando una hipoteca. Muy bien, un banco hace default: en el Reino Unido por ejemplo el Gobierno garantiza un saldo de hasta 30.000 libras. Si una persona tiene un saldo en el banco de 20.000 libras, va al Banco de Inglaterra y le paga. Lo que no está claro es cuándo le paga, pero le paga. Una persona tiene un saldo de 35.000 libras, las primeras 30.000 se le pagan, y las 5.000 libras siguientes pasa a ser un acreedor del banco y pasa a la lista de acreedores, como en una suspensión de pagos. Bueno, pues cobrarás cuando sea y con una quita puede ser del 90%, tarde, mal y nunca. Pero bien, una persona debe una hipoteca al banco: eso no caduca, ha de continuar pagando la hipoteca, evidentemente. Paga a la junta de intervención del banco. Cuando una empresa quiebra, el deudor de esa empresa ha de seguir pagando, si tiene una factura la tiene que pagar. Es decir, es una situación que evidentemente es la peor situación: una persona que sea cliente de un banco y acabe siendo acreedor y deudor al mismo tiempo, porque la deuda que él tiene con el banco eso sigue traca, traca, traca cada mes pero para su saldo él es un acreedor más. Evidentemente, está claro que nos afecta.

Enlace:
 
Esencialmente porque no se estaría hablando de la repartición del capital común surgido de la liquidación del banco sino del cobro de tu propio dinero, sobre el cual se entiende que tu tienes prioridad, puesto que eres el propietario. Dicho de otra forma, tú no estás reclamando prioridad alguna sobre el cobro de lo que pertenece al banco sino de lo que de pertence a ti, puesto que, salvo que lo tenga mal entendido, el dinero que depositas en un banco es propiedad tuya ¿no? 8:

Muy bien, pero es que eso de "ese dinero era mío" lo pueden decir todos, tengan o no hipoteca en el banco. ¿O no? Tú estás hablando de hacer la resta, como dice rexmar, que yo creo que sí es querer hacerse con un privilegio por encima de los demás que para mí sigue sin estar justificado.

De hecho lo ilógico sería lo contrario, que sobre tu dinero pasase a ser propiedad de todos los acreedores y tu te tuvieras que poner en cola para recibir la parte de tu propio dinero.

Por un lado, el contrato de tu hipoteca y el de tu depósito son independientes; y por otro lado, tanto mi depósito como el tuyo están respaldados, entre otros, por ese activo del banco que es tu hipoteca. Y están respaldados por él en la misma medida, no más tu depósito que el mío por el hecho de que también tengas una hipoteca.

Tal como yo lo entiendo (ignoro cuales son las leyes) el sentido común dicta que la hipoteca es una deuda que contraes con el banco, si el banco no te puede devolver tu dinero depositado por falta de liquidez, entonces debería sustraer de dicha deuda el equivalente y vender a otra entidad la parte restante de la deuda (eso es el sentido común, luego la realidad será otra...)

Saludos

Pues yo no veo por qué, siendo ambos contratos independientes. El tema está en que se olvida que hay más acreedores cuyos depósitos deberían estar respaldados en la misma medida. Y es que, siguiendo el dictado de tu sentido común, ¿debería yo exigir un mayor interés por mi depósito por estar menos cubierto que el tuyo?.
 

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