*Tema mítico* : URGENTE Marruecos invade Ceuta y le declara la guerra a España .

  • Autor del tema Autor del tema Chimpu
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Delitos de traición

1. ¿Cuál de las conductas siguientes no constituye delito de traición? i) El español que facilite al enemigo la entrada en España, la toma de una plaza, puesto militar, buque o aeronave del Estado o almacenes de intendencia o armamento; ii) el español que reclute gente o suministre armas u otros medios eficaces para hacer la guerra a España, bajo banderas enemigas; iii) el español que, mediando retribución económica, se alistare en el ejército de un estado extranjero; iv) el español que seduzca o allegue tropa española o que se halle al servicio de España, para que se pase a las filas enemigas o deserte de sus banderas estando en campaña.
a) El inciso i): "El español que facilite al enemigo la entrada en España, la toma de una plaza, puesto militar, buque o aeronave del Estado o almacenes de intendencia o armamento";
b) El inciso ii): "El español que reclute gente o suministre armas u otros medios eficaces para hacer la guerra a España, bajo banderas enemigas";
c) El inciso iii): "el español que, mediando retribución económica, se alistare en el ejército de un estado extranjero";
d) El inciso iv): "el español que seduzca o allegue tropa española o que se halle al servicio de España, para que se pase a las filas enemigas o deserte de sus banderas estando en campaña";

2. ¿Puede cometer el delito de traición una persona que carece de la nacionalidad española?
a) No, pues se trata de un delito que sólo pueden cometer los españoles;
b) sí, si se trata de un extranjero residente en España;
c) no, salvo que se trate de un apátrida;
d) sí, pero sólo si posee doble nacionalidad.

3. Una persona publica en España una orden de un Gobierno extranjero cuyo contenido va dirigido a provocar la inobservancia de la legislación española en materia de inmi gración. ¿Comete delito?
a) No, pues se trata de materia de inmi gración;
b) sí, pues compromete la paz del Estado;
c) no, porque no atenta a la seguridad exterior del Estado;
d) sí, pues constituye una modalidad del delito de traición.

4. "El que, con actos ilegales o que no estén debidamente autorizados, provocare o diere motivo a una declaración de guerra contra España por parte de otra potencia, o expusiere a los españoles a experimentar vejaciones o represalias en sus personas o en sus bienes, será castigado con la pena de prisión de ocho a quince años si es autoridad o funcionario, y de cuatro a ocho si no lo es." ¿Qué más se precisa para que la conducta sea delito contra la paz o independencia del Estado?
a) Sí, pero únicamente si así se inicia una confrontación bélica;
b) sí, pero sólo si la guerra llega a declararse;
c) sí, pero sólo si de ese modo expusiere a los españoles a experimentar vejaciones o represalias en sus personas o en sus bienes.
d) Ninguna de las anteriores.

5. Una persona de nacionalidad extranjera hace circular noticias, en tiempo de guerra, que van encaminados a perjudicar el crédito del Estado. ¿Comete delito?
a) No, por ser de nacionalidad extranjera;
b) sí, pues se trata de una modalidad del delito de traición;
c) sí, si lo hiciere en el territorio español;
d) No, en ningún caso.

6. ¿Comete delito quien, en tiempo de guerra y con el fin de comprometer la paz, seguridad o independencia del Estado, tuviere correspondencia con un país enemigo u ocupado por sus tropas?
a) No, no comete delito;
b) Sí, pero sólo si, además, se dieran avisos o noticias de las que pudiera aprovecharse el enemigo;
c) Sí, pero sólo si el Gobierno lo hubiera prohibido;
d) Ninguna de las anteriores.

7. ¿Constituye delito la conducta del español o extranjero que, estando en el territorio nacional, pasare o intentare pasar a país enemigo cuando lo haya prohibido el Gobierno?
a) Sí, si con ello se consigue alterar el orden público;
b) sí, pero sólo si se realiza en tiempo de guerra;
c) sí, si con ello se pretende alterar la paz pública;
d) Sí, sin más requisitos.

8. En la siguiente redacción hay algo que no prevé el texto del código penal. ¿Qué? "El que, sin propósito de favorecer a una potencia extranjera, se procurare, revelare, falseare, comercializare o inutilizare información legalmente calificada como reservada o secreta, relacionada con la seguridad nacional o la defensa nacional o relativa a los medios técnicos o sistemas empleados por las Fuerzas Armadas o las industrias de interés militar, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años."
a) "sin propósito de favorecer a una potencia extranjera";
b) "comercializare información legalmente calificada como reservada o secreta";
c) "información relacionada con la seguridad nacional o la defensa nacional";
d) "información relativa a los medios técnicos o sistemas empleados por las Fuerzas Armadas o las industrias de interés militar ".

9. ¿Comete delito el que reprodujere planos o documentación referentes a zonas, instalaciones o materiales militares que sean de acceso restringido y cuyo conocimiento esté protegido y reservado por una información legalmente calificada como reservada o secreta?
a) Sí, si obra sin autorización expresa;
b) sí, pero siempre que, en lugar de reproducción de planos o documentación, se entienda la conducta de mera tenencia;
c) no constituye delito, salvo en tiempo de guerra;
d) no constituye delito, salvo que provoque una intervención enemiga.

10. ¿Qué clase de delito comete el que destruyere, inutilizare, falseare o abriere sin autorización la correspondencia o documentación legalmente calificada como reservada o secreta, relacionadas con la defensa nacional y que tenga en su poder por razones de su cargo o destino?
a) Delito contra la inviolabilidad de la correspondencia;
b) delito de revelación de secretos referentes a la defensa nacional;
c) delito de descubrimiento y revelación de secretos;
d) delito contra la seguridad del Estado.
 
Ahora en horizonte: Muestran las diferencias entre las camas que usan los policías en Ceuta (sucias y usadas) y las de los forasteros: nuevas e impolutas.
 
Traidores que estan obedeciendo ordenes contra España , que se vayan a la M. Tendrian que desobedecer TODAS esas ordenes.

En el ordenamiento jurídico de España, la normativa estipula que los militares están estrictamente obligados a desobedecer cualquier orden que constituya un delito de traición o que sea manifiestamente ilegal. La legislación militar elimina por completo la "obediencia debida" si el mandato infringe la Constitución o el Código Penal. [1] (Artículo 44 Código Penal Militar de España), [2] (El Supremo determina que militares y guardias civiles están obligados a desobedecer órdenes ilegales deber de desobediencia (Reales Ordenanzas)El marco deontológico y de comportamiento de las Fuerzas Armadas regula los límites del cumplimiento de mandatos:Límite de la obediencia: El Artículo 44.3 del Código Penal Militar exime de toda responsabilidad incivil al militar que no cumpla una orden que entrañe un acto delictivo. [1] ( ilegales: Las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas determinan que el militar no debe acatar mandatos que atenten contra el ordenamiento constitucional o las leyes de la guerra. [1] (Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas - Ministerio de Defensa de España), [2] (El Supremo determina que militares y guardias civiles están obligados a desobedecer órdenes ilegales)
 
¡Aquí "rasca" todo el mundo!

El gobierno de Ceuta, presidido por Juan Jesús Vivas, adjudicó dos contratos de emergencia por un total de 5,75 millones de euros para la adecuación y equipamiento de espacios de acogida de menores no acompañados, formalizados el 27 de agosto sin publicidad previa.

  • El contrato más cuantioso, de 3,26 millones de euros, fue adjudicado a la empresa Absercon para obras de habitabilidad, dirigida por Bartolomé Sánchez-París Contreras, hermano de Javier Sánchez-París, asesor personal de Vivas.
  • El segundo contrato, por 2,48 millones de euros, se destinó a mobiliario y limpieza y recayó en Ferretería Doncel, dirigida por Manuel Jesús Doncel, primo hermano de Juan Manuel Doncel, presidente del Puerto de Ceuta y hombre de confianza de Vivas.
La portavoz federal del PSOE, Montse Mínguez, ha acusado al PP de hacer "negocio" con la crisis migratoria al realizar estas adjudicaciones "a dedo" a familiares de cargos de confianza. Por su parte, el Gobierno de Ceuta niega cualquier "trato de favor" o "amiguismo", defendiendo que la contratación se ampara en el artículo 120 de la Ley de Contratos del Sector Público para garantizar una respuesta inmediata ante la situación excepcional generada por la entrada masiva de forasteros en julio de 2026.

 

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