Condenado por matar a dos asaltantes: la legítima defensa que no fue
El jurado popular ha declarado culpable de dos homicidios al propietario de una finca en Alhaurín de la Torre que en 2009 abatió a tiros a dos hombres que asaltaron su domicilio armados. Pese a reconocer que actuó en situación de peligro real, el tribunal no concedió la eximente completa de legítima defensa. El veredicto unánime llega 17 años después de los hechos, un lapso que muchos señalan como muestra de la parálisis judicial. Pero el debate no se limita a la duración del proceso: salpica el pasado del acusado, un presunto narcotraficante con nexos con policías corruptos, y la naturaleza del asalto —¿era un robo o un ajuste de cuentas entre criminales?.
El relato oficial y sus grietas
Los hechos, ocurridos en abril de 2009 en la finca Los Naranjos, parecen claros: dos personas armadas irrumpen en la propiedad, se produce un intercambio de disparos y el dueño acaba con la vida de ambos. La fiscalía pidió la absolución por legítima defensa, pero el jurado popular, órgano que decide sobre los hechos, optó por la condena. El motivo: consideró que el acusado sabía que podía producirse un asalto y estaba preparado con varias escopetas y munición. Es decir, la previsión anula la defensa. Una interpretación que, para algunos, convierte cualquier medida de seguridad en presunción de culpabilidad.
Paralelamente, han emergido datos sobre el perfil del condenado: traficante de animales exóticos y droga, relacionado con policías corruptos y acusado de encargar el asesinato de su expareja. Quienes lo mencionan sostienen que los asaltantes iban a recuperar droga que les había sido sustraída, no a cometer un robo común. Este contexto, aunque no juzgado en la causa, pesó sin duda en la decisión del jurado, como reconocen varias voces críticas. "Si eres un narco, la legítima defensa se convierte en privilegio", resume un análisis.
17 años no son nada... en la justicia española
La demora judicial —casi dos décadas para un juicio por homicidio— ha sido otro frente de indignación. Mientras tanto, el acusado ha permanecido en libertad durante gran parte del proceso, algo que algunos achacan a sus supuestos contactos y otros a la ineficiencia sistémica. El caso recuerda a otros sonados, como el del librero de 82 años que mató a un ladrón en La Mancha y fue condenado inicialmente, aunque luego rebajaron la pena. La comparación no es casual: ambos casos enfrentan al ciudadano que se defiende con la rigidez de una ley que no siempre distingue matices.
La legítima defensa en el banquillo
El debate de fondo es si el ordenamiento jurídico español protege realmente a quien se defiende en su hogar. La doctrina exige proporcionalidad y que no haya provocación, pero en la práctica cada jurado popular interpreta los hechos según su criterio. Que el acusado esperara el ataque —porque sabía que vendrían— fue considerado un agravante, no una muestra de que el peligro era real y previsible. "Si te preparas para defenderte, pierdes el derecho a hacerlo", ironizan los críticos. Y añaden: "Lo que el jurado no ve es que, si no te preparas, probablemente estés muerto".
El caso de Alhaurín de la Torre deja preguntas incómodas: ¿debe juzgarse a una persona por su pasado cuando se defiende de un ataque armado? ¿Es la legítima defensa un derecho universal o un privilegio para ciudadanos ejemplares? Mientras la sentencia no sea firme —cabe recurso ante el TSJA—, la percepción de que en España defenderse puede acabar en condena queda flotando. Y el silencio sobre el origen de los asaltantes y la droga solo alimenta el escepticismo.
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