La noticia y todas las declaraciones son deliberadamente confusas o poco precisas. Abrir una cuenta en Suiza o Nigeria no es delito, ni tampoco transferir dinero a ella. El problema viene cuando no declaras las rentas obtenidas (esto es lo que le pasó a Botín, que se "olvidó" de meter sus cuentas de Suiza en el impuesto de Patrimonio): esto es, ocultar patrimonio a Hacienda.
Si abres una cuenta este año, tienes que recordar para el año próximo declarar los dividendos e intereses cobrados en el IRPF. Habrá que esperar y preguntar en Hacienda qué tienen que hacer los que tienen una cuenta abierta, pero no será mucho más que pagar un % sobre los intereses.
Dice la Modificación de hoy: "Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta ley [...] Información sobre las cuentas abiertas en entidades."
La modificación afecta a la Ley 58/2003, que dice en el 29: "los obligados tributarios deberán cumplir las siguientes obligaciones [...] La obligación de entregar un certificado de las retenciones o ingresos a cuenta practicados a los obligados tributarios perceptores de las rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta."
Y dice en el 93: que los retenedores (en este caso SwissQuote) deberá informar a la Hacienda Española de lo retenido, sin ampararse en el secreto bancario.
Por tanto, el delito es ocultar, no tener.