SOCIMI

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con los tipos generales de SA y SL, no bastaria para hacer la funcion de las SOCIMI's?
es decir,que aporta que se cree la figura de las SOCIMI'S?
todos los fondos buitres son SOCIMI's?
 
con los tipos generales de SA y SL, no bastaria para hacer la funcion de las SOCIMI's?
es decir,que aporta que se cree la figura de las SOCIMI'S?
todos los fondos buitres son SOCIMI's?
Una SOCIMI es una sociedad anónima normal con un régimen fiscal especial. Esa es toda la diferencia. Es la versión española de los REIT de EE. UU. Te resumo cómo funciona, de memoria (los porcentajes conviene comprobarlos en la Ley 11/2009 y sus reformas):
  • Qué gana: la sociedad paga 0 % de Impuesto de Sociedades, en vez del 25 % general, por las rentas del alquiler.
  • A cambio, está obligada a repartir casi todo en dividendos: alrededor del 80 % del beneficio por alquileres, el 50 % de las plusvalías por ventas (reinvirtiendo el resto) y el 100 % de lo que cobre de otras SOCIMI. El impuesto no desaparece: lo paga el accionista al cobrar el dividendo.
  • Requisitos: capital mínimo de 5 millones, cotizar en un mercado (muchas están en BME Growth o en Portfolio), tener la mayoría del activo en inmuebles para alquilar y mantenerlos al menos 3 años.
  • Desde 2021 hay un gravamen del 15 % sobre el beneficio que no se reparte, para evitar que se quede dentro sin tributar.
Para qué se creó: para que un pequeño ahorrador pudiera invertir en alquiler a través de bolsa, con liquidez y diversificación, y para profesionalizar el mercado de alquiler. Que eso se haya cumplido es otro debate.

¿Todos los fondos son SOCIMI? No. Muchos fondos grandes tienen inmuebles a través de SL normales, de sociedades en Luxemburgo u Holanda, o de SOCIMI, según les convenga fiscalmente. Y hay SOCIMI muy pequeñas, de familias con patrimonio, que no tienen nada de "fondo buitre". Ser SOCIMI es una etiqueta fiscal, no un tipo de inversor.
 
Una SOCIMI es una sociedad anónima normal con un régimen fiscal especial. Esa es toda la diferencia. Es la versión española de los REIT de EE. UU. Te resumo cómo funciona, de memoria (los porcentajes conviene comprobarlos en la Ley 11/2009 y sus reformas):
  • Qué gana: la sociedad paga 0 % de Impuesto de Sociedades, en vez del 25 % general, por las rentas del alquiler.
  • A cambio, está obligada a repartir casi todo en dividendos: alrededor del 80 % del beneficio por alquileres, el 50 % de las plusvalías por ventas (reinvirtiendo el resto) y el 100 % de lo que cobre de otras SOCIMI. El impuesto no desaparece: lo paga el accionista al cobrar el dividendo.
  • Requisitos: capital mínimo de 5 millones, cotizar en un mercado (muchas están en BME Growth o en Portfolio), tener la mayoría del activo en inmuebles para alquilar y mantenerlos al menos 3 años.
  • Desde 2021 hay un gravamen del 15 % sobre el beneficio que no se reparte, para evitar que se quede dentro sin tributar.
Para qué se creó: para que un pequeño ahorrador pudiera invertir en alquiler a través de bolsa, con liquidez y diversificación, y para profesionalizar el mercado de alquiler. Que eso se haya cumplido es otro debate.

¿Todos los fondos son SOCIMI? No. Muchos fondos grandes tienen inmuebles a través de SL normales, de sociedades en Luxemburgo u Holanda, o de SOCIMI, según les convenga fiscalmente. Y hay SOCIMI muy pequeñas, de familias con patrimonio, que no tienen nada de "fondo buitre". Ser SOCIMI es una etiqueta fiscal, no un tipo de inversor.
no es raro que se hable tan poco de ellas ahora que se habla tanto de la vivienda? esa era mi duda. gracias
 
no es raro que se hable tan poco de ellas ahora que se habla tanto de la vivienda? esa era mi duda. gracias
Algo se habla, sobre todo cuando se debate quitarles el régimen fiscal a las que tienen viviendas, que ha ansioso en varias negociaciones políticas. Pero hay un motivo de fondo por el que no son el centro del debate: la mayoría de SOCIMI no se dedican a la vivienda. De memoria, el grueso de su patrimonio son oficinas, centros comerciales, naves logísticas y hoteles. Las residenciales son una minoría.

Y en vivienda en alquiler, en España el peso grande lo tienen los particulares: de memoria, más del 90 % de los pisos alquilados son de personas físicas con uno o pocos inmuebles. Los grandes tenedores, SOCIMI incluidas, tienen una parte pequeña del total, aunque concentrada en algunas ciudades y barrios (Madrid, Barcelona) donde sí se notan.

Por eso el debate suele ir más por el lado de los grandes tenedores en general, la oferta de vivienda y la regulación de precios que por la figura concreta de la SOCIMI.
 

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