Respuestas de Hacienda sobre el oro.

  • Autor del tema Autor del tema cnk57
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Interesante hilo.

Planteo mi caso:

Como experimento inversor he estado transfiriendo dinero a una empresa de compra venta de oro, Bullion Vault. En total transferí 20.000 euros. BV es como un banco de Reino Unido y notifica a las autoridades europeas competentes que yo he metido esa cantidad en ese banco, y luego la retiro a mi cuenta.

En varias compras y ventas de oro y plata he sacado una modesta ganancia de menos de 1.500 euros. BV no notifica a las autoridades las operaciones ni el beneficio que he obtenido.

¿Debo declarar la ganancia patrimonial? Para cada operación tengo su contrato de compra venta, de querer ser legal podría hacerlo. Con los fondos de inversión el banco ya me aplica automáticamente la retención a Hacienda, aunque la ganancia sea igual o menor.

Vamos, he vendido cosas por Wallapop este año por valor de 2.000 euros y por supuesto que no voy a declararlas, pero esto del oro como hay rastros de transferencias, y se mueven de un lado a otro 20.000 euros igual llama la atención de Hacienda y debería declararlo.

He leído a un forero que ganancias hasta 1.500 euros no tributan, lo que sería un gran consuelo.


EDITO:

Bueno, las plusvalías hay que declarlas, he encontrado esto


Me queda la duda es si se aplica a las compras y ventas en el extranjero, que sería el caso de Bullion Vault

¿Qué impuestos tengo que pagar si vendo oro en España?
Independientemente de la opción que elija el inversor para comprar oro o plata, siempre tendrá que pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por las ganancias patrimoniales que genere la transacción por la venta de oro, plata o cualquier metal precioso. De esta forma, si se ha logrado una plusvalía con la operación (ganancias), será necesario reflejarlo, teniendo en cuenta que esta se calcula por la diferencia entre el precio de compra (incluyendo gastos) y el precio de venta (excluyendo los gastos).

Según la actual Legislación Tributaria Española, la fiscalizad de este tipo de transacciones (venta de oro, plata y metales preciosos) se incluye en la base imponible del ahorro, donde se establecen tres tramos:

Hasta 6.000 € 21%
Entre 6.000€ y 24.000€ 25 %
A partir de 24.000€ 27 %

Estos tramos se aplican al beneficio generado a través de cualquier vehículo de inversión para el oro o la plata
 
Última edición:
Se puede meter mucha variante y cambia el escenario en función de la cantidad de dinero, hay facturas o no, y el medio de pago (en cash que no hay ningún registro o por transferencia bancaria, cheques, PayPal... aquí ya si hay un registro de ese dinero recibido ).

Si hablamos de una cantidad pequeña, por ejemplo hasta 1000 euros. Dará igual si se declara o no a Hacienda , si hay factura o no, si el pago es en efectivo, o transferencia o cheque.
Ojo!, que sea un sólo pago en el año. Porque si no supera esos mil euros pero estamos haciendo de manera regular ventas durante el transcurso del año ; al final del año puede ser mucha cantidad de dinero y entones Si, hay que declarar. Excepto que todo ese dinero recibido haya sido en efectivo, que entonces no hay nada reflejado y se queda en el anonimato , entre dos particulares y punto .

Dinero recibido por transferencia, PayPal, cheques... Habría que declara hacienda y tributar. Si tenemos factura pues se paga algo menos, plusvalías. Si no tenemos factura pues toca pagar más, precio de la venta.
 
Es también, un poco de sentido común. No es lo mismo vender por una cantidad de 300 ó 500 euros. Que ir a vender por 5.000 euros.
 

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