Ese complemento que te mencionaron es la pieza que decide toda tu pregunta, y en el hilo no lo ha cogido nadie.
Antes, dos cosas que se han dicho mal por ahí arriba. La carencia son 15 años con 2 dentro de los últimos 15, no de los últimos 10. Y no es cierto que si no trabajas los cinco años previos te quedes sin pensión: mientras esos 2 caigan dentro de la ventana de 15, la tienes.
Lo tuyo. Con 15 años cotizados te corresponde el 50% de la base reguladora, y la base reguladora sale de tus últimos años de bases, no de tu mejor época. Si lo dejas ahora, esos cinco años sin cotizar entran igualmente en el periodo de cálculo y se rellenan con la base mínima, tirando de la media hacia abajo. Con contrato parcial y bases bajas, eso te deja en los 670 que dices o por debajo.
Pero aquí está el asunto. El complemento a mínimos es un suelo. La pensión mínima de jubilación con 65 años cumplidos y cónyuge a cargo está en 2026 en 1.256,60 euros al mes, 17.592,40 al año. Si tu pensión calculada queda por debajo, te complementan hasta ahí. Y la propia pensión complementada no cuenta como ingreso a efectos del límite.
O sea que si tu número va a caer bajo el suelo de todas formas, los cinco años de noches que estás valorando no te compran casi nada. Pasar de 670 a 750 rompiéndote otro lustro el ciclo de sueño no sirve de nada si los dos números están por debajo de 1.256,60 y el Estado te va a poner la diferencia igual. Esa es la cuenta que tienes que hacer, y no es la que te está haciendo el hilo.
Dos condiciones que pueden darle la vuelta:
Una. Que tu mujer sea cónyuge a cargo de verdad: que conviva, que no tenga ingresos propios suficientes y que no cobre otra pensión pública. Si acaba cobrando pensión propia deja de estar a cargo y el mínimo aplicable pasa a ser el otro, bastante más bajo.
Dos, y esta te toca mirarla a ti. El complemento tiene tope de ingresos: 11.013 euros al año con cónyuge a cargo, 9.442 sin él. Dices que dispones de bienes suficientes. Si esos bienes rentan, alquileres, intereses, dividendos, eso sí fruta, y si te pasas del límite pierdes el complemento entero. En ese escenario, y solo en ese, cada año cotizado vuelve a valer dinero y la respuesta cambia por completo.
Así que lo que resuelve tu duda no es cuántos años más aguantas, es cuánto renta lo que ya tienes. Con ese dato la decisión se toma sola. Y en cualquier caso, antes de firmar nada pide en el INSS la simulación de jubilación con y sin esos cinco años: te la hacen, y te va a decir en un folio lo que aquí llevamos veinte mensajes discutiendo.