Paraísos fiscales y sociedades offshore

Tal como está el tema, tienes que tomar la decisiòn de irte a residir a otro país, porque en otro caso, estás expuesto a las interpretaciones subjetivas del Sherif de Nottinham.

Y cuando introduces ese factor a los costes, no siempre compensa. Si para ahorrarme 10 puntos en el IS o en el IRPF tengo que ir a residir a otro país, no compensa.

Cosa distinta es que sigan subiendo la presión... LLega un momento en que, incluso para pequeños capitales, puede ser la única salida.

yo ya tengo la maleta preparada, estoy esperando a que hacienda ponga por escrito que quieren que pague el 56% por los rendimientos de mi S.L., si a eso le sumamos que para "sacar" el dinero de la sociedad tendria que pagar otro 21% eleva la tributacion al 77%

Porque encima quieren que lo pague "yo" y no la sociedad lo que me obliga a hacer un pago de dividendo y tributar por el
 
yo ya tengo la maleta preparada, estoy esperando a que hacienda ponga por escrito que quieren que pague el 56% por los rendimientos de mi S.L., si a eso le sumamos que para "sacar" el dinero de la sociedad tendria que pagar otro 21% eleva la tributacion al 77%

Porque encima quieren que lo pague "yo" y no la sociedad lo que me obliga a hacer un pago de dividendo y tributar por el

Lo que describes no es posible.
Si fueras como dices, al día siguiente se disolverían todas las sociedades, pues nadie tendría ningún interés en tributar con esas condiciones. Creo que hasta un inspector de Hacienda comprende que es absurdo.

¿Tienes datos firmes que te induzcan a pensar que ése es el plan?

¿Qué pasaría en una sociedad de muchos socios? ¿Pagan por un dinero que no se reparte? Al día siguiente de esa norma, se disolverían las sociedades.
Y si obligasen a un reparto obligado de los beneficios, descapitalizarían las sociedades. NO veo cómo pueden aplicar semejante disparate.
 
Última edición:
Lo que describes no es posible.
Si fueras como dices, al día siguiente se disolverían todas las sociedades, pues nadie tendría ningún interés en tributar con esas condiciones. Creo que hasta un inspector de Hacienda comprende que es absurdo.

¿Tienes datos firmes que te induzcan a pensar que ése es el plan?

¿Qué pasaría en una sociedad de muchos socios? ¿Pagan por un dinero que no se reparte? Al día siguiente de esa norma, se disolverían las sociedades.
Y si obligasen a un reparto obligado de los beneficios, descapitalizarían las sociedades. NO veo cómo pueden aplicar semejante disparate.

Que la inspectora ya lo dijo en la reunion a la que acudi y que se lo ha vuelto a decir por telefono a mi abogado.

Obviamente me voy a juicio de cabeza, no tiene ni pies ni cabeza.

Pero esto mismo es lo que le han hecho a Juan Carlos Monedero (mas alla de temas ideologicos que no son de interes en el tema tributario), que le han hecho tributar por IRPF unos ingresos que estan en su sociedad, y claro, el tambien se va de cabeza a juicio, es practivamente el mismo caso con la diferencia de que en mi caso la actividad es mercantil y hacienda hace la "pirueta" de considerar que los servicios de telecomunicaciones son "servicios profesionales".

Hacienda inicio una campaña dirigida a profesionales en Agosto del año pasado (figura en uno de los documentos a los que se nos ha dado acceso) con la intencion de hacer tributar por IRPF a todo cristo
 
Que la inspectora ya lo dijo en la reunion a la que acudi y que se lo ha vuelto a decir por telefono a mi abogado.

Pero aclárame esto porque me afecta directamente.
¿Cómo es posible?

Me imagino que si tributas como actividades profesionales, entonces no declaras ese ingreso por la sociedad. Lo que no puede ser es que tributes por sociedades, y tras haber pagado, te computen esos ingresos como personales. Es absurdo.

Yo entiendo que, en el caso Monedero, rehace la declaración, y tributa como ingresos personales en el IRPF, y no los declara en su I.S.

Pero es absurdo que los declare como I.S. y luego, los declare también como IRPF.

Pongo el caso. Ingresa 100. Paga 25 por I.S. Luego paga 22 por dividendos. Luego paga 50 por IRPF. En total, ha pagado 97%. Esto no es posible.
 
Pero aclárame esto porque me afecta directamente.
¿Cómo es posible?

Me imagino que si tributas como actividades profesionales, entonces no declaras ese ingreso por la sociedad. Lo que no puede ser es que tributes por sociedades, y tras haber pagado, te computen esos ingresos como personales. Es absurdo.

Yo entiendo que, en el caso Monedero, rehace la declaración, y tributa como ingresos personales en el IRPF, y no los declara en su I.S.

Pero es absurdo que los declare como I.S. y luego, los declare también como IRPF.

Pongo el caso. Ingresa 100. Paga 25 por I.S. Luego paga 22 por dividendos. Luego paga 50 por IRPF. En total, ha pagado 97%. Esto no es posible.

te piden la diferencia entre lo pagado por I.S. y lo que hipoteticamente habria pagado de haberlo tributado por IRPF.

Estoy de acuerdo contigo en que no tiene ningun sentido, que es ilogico, que dicen que "simulo" hacer la actividad con una sociedad, mi propio abogado dice que no tiene ningun sentido, imagino que estaran buscando la manera de ponerlo por escrito porque no se sostiene de ninguna manera.

Pero a mi me situa en una situacion de no poder predecir mi propia fiscalidad y por tanto solo me deja la opcion de deslocalizarla.

Mi actividad no es profesional, esta categorizada bajo un epigrafe de Telecomunicaciones.
 
Mi actividad no es profesional, esta categorizada bajo un epigrafe de Telecomunicaciones.

NO tengo ni la menor duda de que tienes razón. Tampoco tengo la menor duda de que será lo que diga Hacienda, y tus derechos serán pisoteados. (Espero equivocarme, porque últimamente, los jueces están hasta los agallas de Hacienda y le están parando un poco).

En ningún país del mundo se incivil las actividades profesionales realizadas a través de una sociedad. Para eso existe la diferenciación entre capital social y personal. Como sabemos, no puedes usar el dinero social para gastos personales, por lo que la fórmula se utiliza a fin de capitalizar la empresa y hacerla crecer.

Mi recomendación es que, si te lo puedes permitir, te delocalices y mandes a esta guano de país de chupópteros a la guano. Igual si somos miles los que tomamos ese camino, se terminan por dar cuenta del desastre que están creando, cuando por I.S. se recaude 0% y el número de empresas en España caiga a niveles dramáticos.

---------- Post added 28-oct-2015 at 15:38 ----------

Mucho mejor tener la sociedad en uk


El problema no es tener la sociedad fuera, sino que desde que Montoro se inventó el 720, revisan esas sociedades que tengas en el exterior, y si no acreditas que la gestión de la sociedad se realiza fuera, consideran que debes tributar en España.

Salvo que residas en el lugar donde tengas la sociedad -o que tengas un administrador local efectivo-, no puedes tener fuera una sociedad y residir en España.

Esto no supone inconveniente si eres un mero inversor, pero si tu caso es el de una sociedad unipersonal que gestionas directamente la empresa, estás en riesgo absoluto de ser procesado por la Inquisición Española.
 
NO tengo ni la menor duda de que tienes razón. Tampoco tengo la menor duda de que será lo que diga Hacienda, y tus derechos serán pisoteados. (Espero equivocarme, porque últimamente, los jueces están hasta los agallas de Hacienda y le están parando un poco).

En ningún país del mundo se incivil las actividades profesionales realizadas a través de una sociedad. Para eso existe la diferenciación entre capital social y personal. Como sabemos, no puedes usar el dinero social para gastos personales, por lo que la fórmula se utiliza a fin de capitalizar la empresa y hacerla crecer.

Mi recomendación es que, si te lo puedes permitir, te delocalices y mandes a esta guano de país de chupópteros a la guano. Igual si somos miles los que tomamos ese camino, se terminan por dar cuenta del desastre que están creando, cuando por I.S. se recaude 0% y el número de empresas en España caiga a niveles dramáticos.

---------- Post added 28-oct-2015 at 15:38 ----------




El problema no es tener la sociedad fuera, sino que desde que Montoro se inventó el 720, revisan esas sociedades que tengas en el exterior, y si no acreditas que la gestión de la sociedad se realiza fuera, consideran que debes tributar en España.

Salvo que residas en el lugar donde tengas la sociedad -o que tengas un administrador local efectivo-, no puedes tener fuera una sociedad y residir en España.

Esto no supone inconveniente si eres un mero inversor, pero si tu caso es el de una sociedad unipersonal que gestionas directamente la empresa, estás en riesgo absoluto de ser procesado por la Inquisición Española.

Con la sociedades para actividades profesionales hay un tema adicional.

Desde el 1 de Enero de 2015 se considera valido, declarar actividades profesionales con una sociedad limitada, hay una nueva ley al respecto.

Y a finales de diciembre de 2014 salio una sentencia del tribunal superior de justicia de Murcia aclarando su validez, dando validez asi al periodo anterior a la publicacion de la anterior ley.

Parece que legislador y judicatura se han puesto de acuerdo en su validez antes y despues del 2015 y ahora hacienda esta persiguiendolo.

Inseguridad juridica everywhere
 
Aunque nos hayan vendido la idea de UK, que no cuesta nada abrir una sociedad, que tributan menos, etc, UK no es buen sitio para tener una sociedad salvo las islas con mucha pasta.

Teniendo la sociedad en UK te sometes a una legislación distinta, la Common Law, que seguramente no conozcas.

Sigues teniendo que presentar cuentas y tienes que cumplir con las obligaciones que requieren las leyes de UK.

UK sigue estando dentro de la UE. Hacienda puede tener toda la información sobre ti que quiera.
 
Aunque nos hayan vendido la idea de UK, que no cuesta nada abrir una sociedad, que tributan menos, etc, UK no es buen sitio para tener una sociedad salvo las islas con mucha pasta.

Teniendo la sociedad en UK te sometes a una legislación distinta, la Common Law, que seguramente no conozcas.

Sigues teniendo que presentar cuentas y tienes que cumplir con las obligaciones que requieren las leyes de UK.

UK sigue estando dentro de la UE. Hacienda puede tener toda la información sobre ti que quiera.

Hacienda tiene información de ti estés donde quiera que estés, puesto que estás obligado a declarar toda cuenta de la que seas titular, aunque sea una cuenta de una sociedad. Y si no declaras, las multas pueden llegar al 150% de la cantidad no declarada. O sea, si tienes 100.000 euros sin declarar, te pueden pedir 150.000, aún sin que haya el menor desfalco, simplemente por tener esa cantidad sin declarar. Y por cada error que cometas, 3000 euros. Esta obligaciòn NO PRESCRIBE JAMÁS.

Es todo tan abusivo que ya está denunciado ante la comisión, pero ya sabemos que si se trata de trincar, todos se dan la razón entre ellos. Muy pronto toda Europa será un infierno fiscal convertido en cárcel.

Puedes argumentar que informar no implica pagar impuestos... Pero lo cierto es que si declaras la existencia de una sociedad fuera, ya empiezan a ver cómo retorcer las cosas para decir que la administras desde España. Y aún teniendo un administrador local, pueden argumentar que es un "hombre de una manola". Si deciden ir a por ti, pueden hacerlo. Para la Hacienda española no hay más ley que su opinión. Ellos te acusan, y tú, defiéndete si puedes (y tienes dinero para ello).

La única manera de librarte de este infierno es residir en otro país y mandar a Montoro a la guano, a lo Julio Iglesias. Y aún así, puede que te estén vigilando a ver si pasas más días en España de lo que dice la ley, como le hacen a Tita Thissen.
 
evidentemente lo de tener una sociedad de 1 es un poco absurdo ya por la etimologia .pero eso de restringirlo en servicios profesionales es otra chapuza..

---------- Post added 28-oct-2015 at 19:26 ----------

Aunque nos hayan vendido la idea de UK, que no cuesta nada abrir una sociedad, que tributan menos, etc, UK no es buen sitio para tener una sociedad salvo las islas con mucha pasta.

Teniendo la sociedad en UK te sometes a una legislación distinta, la Common Law, que seguramente no conozcas.

Sigues teniendo que presentar cuentas y tienes que cumplir con las obligaciones que requieren las leyes de UK.

UK sigue estando dentro de la UE. Hacienda puede tener toda la información sobre ti que quiera.


la de las peliculas...:XX:
 
evidentemente lo de tener una sociedad de 1 es un poco absurdo ya por la etimologia .pero eso de restringirlo en servicios profesionales es otra chapuza..

No, lo de los servicios profesionales lo has entendido mal.

a hacienda no le gusta nada que los profesionales (abogados, arquitectos, etc) facturen sus servicios con una S.L. y se puso a tocar las narices a estos gremios interpretando a su bola que "debian" declarar por IRPF, que las S.L. era solo para actividades mercantiles.

Lo que se ha hecho ahora es decir que los profesionales tambien pueden usar sociedades.

Y una sociedad de 1 solo socio te permite tener la misma estructura que tus competidores sin casarte con nadie, tambien te permite el dia de mañana vender la empresa cosa que no es tan facil como autonomo, que no tienes separacion entre los activos de la empresa y los propios.
 
Hacienda tiene información de ti estés donde quiera que estés, puesto que estás obligado a declarar toda cuenta de la que seas titular, aunque sea una cuenta de una sociedad.

Estarás obligado porque lo dice la hacienda de una república bananera pero no tienes por qué hacerlo si no quieres.

Pones una sociedad con una cuenta de banco en algún sitio opaco como HK y la sociedad no tiene porque ser tuya, a tu nombre y seña. De hecho no lo es. Demostrar que lo es, es imposible, si no en España no habría tropecientas mil empresas con sede offshore.

En este hilo no se está hablando de los account managers ni de los temas sobre como se manejan las offshore. Se está diciendo que no puedes hacer nada. Que tienes que declar lo tuyo y lo de tu empresa como si tú fueras la empresa.

Para eso que quiten la chincheta y nos ahorramos 20 páginas de hilo.

la de las peliculas...:XX:

Efectivamente, a mi me tocó tener que estudiarla en la uni, por eso aviso. Es un sistema que no se basa en el código civil. La aplicación, las multas y penas que te meten son más duras que aquí.
 
De acuerdo. Pero aún no habeis resuelto mi duda entonces jeje. Sabéis de empresas que sea de asesores fiscales y que recomendéis? Vi una que se llamaba Asema, pero no me terminó de convencer. ¿Alguna otra idea?

Ha varias empresas a nivel nacional que son asesores fiscales y tratan temas como el que dices. Una de ellas es la que has comentado, otra es Foster Swiss. Prueba a ver y ya me dices.
 
evidentemente lo de tener una sociedad de 1 es un poco absurdo ya por la etimologia .

En absoluto. Una sociedad es una persona jurídica distinta. De esta forma, se separa entre el capital social y el personal. En otro caso, el empresario responde con su patrimonio personal de cualquier negocio que emprenda.

El capital de una sociedad NO ES de su administrador. Para retirarlo, debe pagar impuestos. Y es un capital dedicado a la empresa, no a sus asuntos privados. Esto permite la capitalización de las empresas.

Por otro lado, una sociedad permite vender una parte del negocio en el futuro, lo que no es posible como autónomo.

La sociedad unipersonal es una fórmula aceptada en todos los países civilizados del mundo -incluso en España, hasta la llegada del comunista Montoro.

---------- Post added 29-oct-2015 at 13:14 ----------

Estarás obligado porque lo dice la hacienda de una república bananera pero no tienes por qué hacerlo si no quieres.

Pones una sociedad con una cuenta de banco en algún sitio opaco como HK y la sociedad no tiene porque ser tuya, a tu nombre y seña. De hecho no lo es. Demostrar que lo es, es imposible, si no en España no habría tropecientas mil empresas con sede offshore. .

Tienes razón, pero esa estructura opaca para mí tiene un problema.

Si montas una sociedad en HK con un administrador nominal distinto de ti, ¿a qué jurisdicción recurres si este administrador te roba el dinero?

Si tienes una cuenta que manejas tú, aunque pertenezca a una sociedad que nominalmente no es tuya, estás en la obligación de declararla en el 720. Así que te verías forzado -para evitar esta obligación- a tener, no sólo un administrador nominal diferente, sino a que la cuenta estuviera a nombre de un testaferro. ¿Qué seguridad tendrías de que esos testaferros no te desplumen, sabiendo que no puedes denunciarlos?


Por otro lado, la legislación está avanzando a pasos agigantados para imponer el intercambio de datos. ¿Por cuanto tiempo se mantendrá el secreto bancario? ¿Qué pasa si en un momento dado, HK firma un acuerdo para revelar los datos? Panamá ya entrega datos a España, por ejemplo.

Finalmente, para poder retirar el dinero de España, necesitas indicar por qué lo haces y a dónde va. De esa manera, pueden trazar su destino, aunque sea a una sociedad que nominalmente no es tuya.

Ahí tienes los casos de Pujol y Rato, con bastantes conocimientos y contactos financieros. Y a pesar de ello, se imfruta al "testaferro" de la sociedad, y se procesa al "defraudador".

Mientras estés legalmente sujeto a la legislación de la república bananera de España, puedes evitar de facto declarar tus bienes en el extranjero, pero sigue habiendo una espada de Damocles sobre tu cabeza, si por cualquier razón deciden ir a por ti.

Por eso, yo sólo veo una forma verdaderamente segura de poder tributar fuera, y es residir fuera, de forma que no estás obligado por ninguna de las normas de la Inquisición Española.

Fíjate que hasta gente con muy buenos asesores como Miguel Bosé o Julio Iglesias, no se arriesgan a residir en España y tributar con sus empresas en República Dominicana o Panamá. Se han ido a residir físicamente allí, después de ver cómo han crucificado a la Caballé y a la Ana Torroja.
 
Ha varias empresas a nivel nacional que son asesores fiscales y tratan temas como el que dices. Una de ellas es la que has comentado, otra es Foster Swiss. Prueba a ver y ya me dices.

Muchas gracias por la recomendación. La verdad que he estado hablando con ellos y me han resuelto todas las dudas que tenía, y ya están realizando las operaciones para abrirme una cuenta bancaria.

Si alguien está interesado, recomiendo que contacten con Foster Swiss que son expertos en asesoramiento fiscal internacional.

Saludos a todos.
 
Según tengo entendido en una sociedad offshore puedes ser sin problema el administrador pues en la mayoría de paises offshore este puesto también es oculto ante todos. Otra cosa es que para mayor grado de opacidad exista la posibilidad de contratar este tipo de tesfaferros.

Por otro lado,como bien dicen arriba si tu tienes un dinero que hacienda desconoce y lo tienes en un paraíso fiscal o lo comunicas tu o no se entera salvo casos excepcionales.

También pueden haber filtraciones en este sector como paso en Suiza y algún gestor que otro...
 
Buenas a todos. Muy interesante el tema. Soy nuevo en el foro y se me ocurre la siguiente situación:

Un negocio on-line (servicios) en el cuál se prevé hacer el 80% de la facturación en 8 meses desde su creación.

¿Sería viable lo siguiente?
1 – Irme de España a otro país con menos impuestos, digamos EEUU o Irlanda.
2 – Montar la empresa allí.
3 – Residir allí 4 meses seguidos, volver a España 4 meses e irme de nuevo otros 4 meses (residencia fuera total: 8 meses).
4 – Tributar lo correspondientes de Impuesto de Sociedades y Reparto de Dividendos a los socios (100% yo) en ese país.

Hasta aquí me surgen las siguientes dudas:
Esto sería legal legal, ¿no?
¿Tengo que comunicar a Hacienda española que me voy a residir a otro país? ¿Cómo?
Supongo que no tengo que declarar nada en España, ¿no?

Después de eso, mi hermano crea otra empresa en España que compra la mía (la creada en el otro país).
Liquido la empresa del otro país.
Me vuelvo a España a residir “para siempre” y me hago una transferencia bancaria a mi cuenta personal en España de todo lo ganado.

Dudas:
¿Ese país puede cobrarme algo por llevarme a España el dinero ganado y por el que ya he tributado?
¿Me puede cobrar algo España por traer ese dinero?

Mi hermano sigue en España con el resto del negocio de la empresa y tributa normalmente aquí (ya solo del 20% del negocio total).

¿Cómo lo veis?
¿ Qué país del primer mundo recomendáis para irme?

Gracias de antemano.
 
Muchas gracias por la recomendación. La verdad que he estado hablando con ellos y me han resuelto todas las dudas que tenía, y ya están realizando las operaciones para abrirme una cuenta bancaria.

Si alguien está interesado, recomiendo que contacten con Foster Swiss que son expertos en asesoramiento fiscal internacional.

Saludos a todos.

Hola!! Solo me he registrado para dar mi opinión también acerca de las sociedades offshore. Un buen uso de éstas, sin duda, supone muchas ventajas fiscales que son legales en España. Hace tiempo que quiero me gustaría abrir un negocio en un paraíso fiscal, y por tu comentario creo que hablaré con los de Foster Swiss a ver si son tan buenos como dices. Ya os contaré que tal.
 
Sociedades limitadas en Lituania y en Estonia

Llevo viviendo desde hace una temporada en los Bálticos.

Si alguien está interesado en sociedades limitadas totalmente operativas, dentro de la Unión Europea (Estonia y Lituania son estados miembros de la UE y parte del espacio Schengen), con banca por internet de última generación (en inglés), con o sin número de IVA y con costos de mantenimiento y gestión muy bajos, se puede poner en contacto conmigo.

En Lituania el impuesto de sociedades es del 5% para empresas con ingresos menores de 280000 euros y del 15% para empresas con ingresos por encima de esa cantidad; los gastos deducibles son prácticamente ilimitados (haciéndolo bien), siempre que se puedan relacionar de alguna forma con el negocio.

En Estonia el impuesto de sociedades es del 0% para beneficios no distribuidos; el impuesto sobre beneficios distribuidos es del 20%.
 
Intente contactar con los de Foster y pelín impresentables en mi opinión, envié un correo y me respondieron con datos contacto a los 3 días, llame estaban muy ocupados por supuesto, dejé recado y el silencio por respuesta.

Mi experiencia negativa.
 
Llevo viviendo desde hace una temporada en los Bálticos.

Si alguien está interesado en sociedades limitadas totalmente operativas, dentro de la Unión Europea (Estonia y Lituania son estados miembros de la UE y parte del espacio Schengen), con banca por internet de última generación (en inglés), con o sin número de IVA y con costos de mantenimiento y gestión muy bajos, se puede poner en contacto conmigo.

En Lituania el impuesto de sociedades es del 5% para empresas con ingresos menores de 280000 euros y del 15% para empresas con ingresos por encima de esa cantidad; los gastos deducibles son prácticamente ilimitados (haciéndolo bien), siempre que se puedan relacionar de alguna forma con el negocio.

En Estonia el impuesto de sociedades es del 0% para beneficios no distribuidos; el impuesto sobre beneficios distribuidos es del 20%.
perece super interesante lo que comentas, está claro que las condiciones muy atractivas, pero encajará aquí en España? Por lo que se ha dicho en el hilo, no vale... Podrías ampliar algo más de información? Algún ejemplo o caso práctico? Gracias
 
Negativo

Mientras existan este tipo de sociedad existirá un desequilibrio permanente.
 

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