No renovar contrato y paro.

Dave Bowman

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Un amigo se encuentra en una situación que no sabe muy bien como solucionar.

Tiene un trabajo donde le van renovando el contrato temporalmente. El contrato actual termina el mes que viene (30 de septiembre). La empresa es un pitorreo de cuiado y se quiere marchar. Por parte de la empresa le querrían seguir renovando ad eternum.

Si es el trabajador el que comunica que no quiere renovar su contrato, no tiene derecho a paro? esto es así? tiene solución?

Gracias por la ayuda.
 
Es un embeleco de temporal, que denuncie y lo tendrán que hacer fijo. Lo echarán y encima tendrán que pagarle.

Hay un límite. Creo que hasta son 3 años con contratos. Que yo sepa, antes el no querer renovar te daba derecho a paro.

Si es así mejor que se vaya.
 
Contratos temporales encadenados sin declarar el motivo de la temporalidad = es fijo. Qué denuncie, lo hacen fijo, la empresa en represalia lo despide, le paga indemnización (será poca cosa) pero tiene paro.
 
Si la empresa te ofrece renovación y no firmas es considerado baja voluntaria.
A mi me pasó lo mismo, no quería renovar. Metia horas gratis y quería no hacerlo. Para forzar la situación les dije que mi relación laboral será lo que estipule en el papel, ni un segundo más. Que de horas extras nanai. Me quitaron el contrato y me comunicaron que estaba despedido. Me fuí al paro con la paguita. Con la paga me hice auomono y llevo ya 12 años así.
 
Un amigo se encuentra en una situación que no sabe muy bien como solucionar.

Tiene un trabajo donde le van renovando el contrato temporalmente. El contrato actual termina el mes que viene (30 de septiembre). La empresa es un pitorreo de cuiado y se quiere marchar. Por parte de la empresa le querrían seguir renovando ad eternum.

Si es el trabajador el que comunica que no quiere renovar su contrato, no tiene derecho a paro? esto es así? tiene solución?

Gracias por la ayuda.

Uno de los requisitos para acceder a la prestación por desempleo de nivel contributivo es que el trabajador se encuentre en situación legal de desempleo (art. 266.c de la Ley de la Seguridad Social).

Un supuesto de situación legal de desempleo se produce por la extinción de la relación laboral por expiración del tiempo convenido en el contrato siempre que no haya habido denuncia del trabajador (art. 267.1.a.6º de la ley de la Seguridad Social)

Los contratos de duración determinada (como le ocurre a tu amigo) se entiende prorrogados si no hay denuncia por alguna de la partes, es decir, la extinción del contrato requiere de denuncia (art. 49.1.c. del Estatuto de los Trabajadores).

En consecuencia, si tu amigo indica a la empresa que no quiere continuar con el contrato (denuncia), en principio, no tendría derecho a paro por no cumplir el requisito de encontrarse en situación legal de desempleo.
 
Si la empresa te ofrece renovación y no firmas es considerado baja voluntaria.
A mi me pasó lo mismo, no quería renovar. Metia horas gratis y quería no hacerlo. Para forzar la situación les dije que mi relación laboral será lo que estipule en el papel, ni un segundo más. Que de horas extras nanai. Me quitaron el contrato y me comunicaron que estaba despedido. Me fuí al paro con la paguita. Con la paga me hice auomono y llevo ya 12 años así.
Llegar a ofrecerte renovación es que te pongan el contrato delante y no firmarlo?

Entiendo entonces, leyéndote, que de alguna manera forzaste el despido. La verdad que eso sería lo mejor, aún queda un mes y medio de contrato pero si pudiera ser finalizado mañana mismo (con paro, claro) sería una bendición.
 
Uno de los requisitos para acceder a la prestación por desempleo de nivel contributivo es que el trabajador se encuentre en situación legal de desempleo (art. 266.c de la Ley de la Seguridad Social).

Un supuesto de situación legal de desempleo se produce por la extinción de la relación laboral por expiración del tiempo convenido en el contrato siempre que no haya habido denuncia del trabajador (art. 267.1.a.6º de la ley de la Seguridad Social)

Los contratos de duración determinada (como le ocurre a tu amigo) se entiende prorrogados si no hay denuncia por alguna de la partes, es decir, la extinción del contrato requiere de denuncia (art. 49.1.c. del Estatuto de los Trabajadores).

En consecuencia, si tu amigo indica a la empresa que no quiere continuar con el contrato (denuncia), en principio, no tendría derecho a paro por no cumplir el requisito de encontrarse en situación legal de desempleo.

Exacto. Esta info es la que me dejó helado al enterarme porque siempre creí que fin de contrato = paro. Y sinceramente, no es justa ni tiene sentido, pero en fin, como tantas otras cosas en la galera.

Tendrá que ver a nivel finiquito y tal, pero entonces no veo la diferencia entre respetar el contrato (en este caso comerte meses a disgusto) o el avisar de que en 15 días o mañana mismo ya no vuelves.
 
Si es el trabajador el que comunica que no quiere renovar su contrato, no tiene derecho a paro? esto es así? tiene solución?

Ya te digo, lo mejor es que hable con la empresa y les diga que prefiere que lo manden al paro. Si la empresa dice que no, que les diga que se va a apuntar a un sindicato, luego va a denunciar porque es fijo y a continuación cogerse una baja larga por depresión... En ese plan cualquier empresa no te renueva de mil amores.

 
Realmente no hay diferencia. En los dos casos te vas sin paro. Lo que yo haría sería también hablar con la empresa y llegar a un acuerdo y si no quieren y te obligan a renovar entonces tocarte los agallas en el curro y acumular faltas hasta que te echen. Te irás con despido procedente y sin finiquito pero si con paro. Si tú colega no lleva mucho en la empresa el finiquito será una cochambre totalmente poco apreciable.
 
Un amigo se encuentra en una situación que no sabe muy bien como solucionar.

Tiene un trabajo donde le van renovando el contrato temporalmente. El contrato actual termina el mes que viene (30 de septiembre). La empresa es un pitorreo de cuiado y se quiere marchar. Por parte de la empresa le querrían seguir renovando ad eternum.

Si es el trabajador el que comunica que no quiere renovar su contrato, no tiene derecho a paro? esto es así? tiene solución?

Gracias por la ayuda.

Si, si el trabajador renuncia voluntariamente, no tiene derecho a paro. Pero, mañana le puede doler el deo rellenito del pie, pasado, la punta de nariz y al otro un grano en el pandero que ahora en verano con el roce eso joroba mucho. Baja, trabaja dos dias, baja, otros dos dias y a baja otra vez. No hay nada que le aguante mas a un empresario que alguien no productivo. De baja no le pueden despedir, pero si pueden no renovarle.
 
No entiendo si habláis de oídas o qué. Pero si te ofrecen renovar y tu no quiere te vas al paro y en el INEM no tienen idea de saber si te ofrecían nuevo contrato o no con lo cual te pagan el paro.

Dejad de asustar a las viejas.
 
Lo que se expone es un embeleco de ley clarísimo. Parece mentira que tantos foreros no tengan ni idea. Luego se quejarán de que los explotan, y es que se lo merecen, por ignorantes.
Si se hace lo que se debe, denunciando a la empresa, no solo va a cobrar una indemnización, sino que además tendrá derecho al desempleo...
 
Si, si el trabajador renuncia voluntariamente, no tiene derecho a paro. Pero, mañana le puede doler el deo rellenito del pie, pasado, la punta de nariz y al otro un grano en el pandero que ahora en verano con el roce eso joroba mucho. Baja, trabaja dos dias, baja, otros dos dias y a baja otra vez. No hay nada que le aguante mas a un empresario que alguien no productivo. De baja no le pueden despedir, pero si pueden no renovarle.
T quedas sin paro si renuncias con el contrato en vigor pero si ha finlaizado y no quieres renovar tienes derecho a Paro.
 
Lo que debe hacer tu colega es que Si finaliza el 30 de septiembre debe avisar d su renuncia sobre el dia 22 y ya está.
 
Bueno, pero si lo estan puteando, porque no devolver un poco la faena de vuelta...
No es mala idea pero tampoco es tan faena: a partir del tercer dia de baja paga la SS y en una semana te han echan (desde la ultima reforma ya te pueden despedir estando de baja)
 
No entiendo si habláis de oídas o qué. Pero si te ofrecen renovar y tu no quiere te vas al paro y en el INEM no tienen idea de saber si te ofrecían nuevo contrato o no con lo cual te pagan el paro.

Dejad de asustar a las viejas.
De eso nada. Depende de lo que cubran en una determinada casilla la última empresa que te tuvo en nómina. Creo que eso iba en no se qué certificado típico que envía la última empresa al Sepe y es un requisito básico para poder obtener el paro. Es un clásico que por dejadez no envíen a tiempo ese papelito de los agallas y tengas que acudir una segunda vez a las oficinas.

Si esa última empresa o ETT te quiere jorobar cubrirá determinada casilla conforme evidencia que rechazaste una renovación y por lo tanto pierdes el derecho al paro.

Es raro que ocurra pero puede pasar. En estos casos lo que se suele hablar es con la empresa de buen talante para que cubran la otra casilla pues para ellos no tiene repercusión alguna.
 
Es falso. Si no quieres renovar pierdes el derecho al paro pero ojo, como explicaba antes puede que solo en la teoría. Depende de la buena o mala fe de la empresa. Si te quieren jorobar por decirles que no a la renovación te joroba y vas quedar sin paro.
 
Mentalizaros que el paro es una prestación para aquellas personas que queriendo trabajar NO tienen trabajo, o dicho de otro modo, para aquellas personas que pierden su trabajo contra su voluntad. Si tú rechazas una renovación de un contrato (los motivos son indiferentes) estás dejando de trabajar por voluntad propia y por lo tanto careces de ese derecho. La empresa te está dando la oportunidad de seguir trabajando y tú rechazas ese trabajo y luego pretendes cobrar una prestación por quedarte desempleado.... no tiene sentido. Y aunque tampoco tenga mucho sentido lo que toca hacer en estos casos es tragar con la renovación y luego tocarse los cigot o ir directamente disfrazado de trans al trabajo. Forzar el despido, procedente o improcedente, o la "no renovación" una vez finalizado el contrato actual. Y de esa forma sí tendrás derecho al paro, si se cumple el resto de requisitos obviamente.
 
Última edición:
De eso nada. Depende de lo que cubran en una determinada casilla la última empresa que te tuvo en nómina. Creo que eso iba en no se qué certificado típico que envía la última empresa al Sepe y es un requisito básico para poder obtener el paro. Es un clásico que por dejadez no envíen a tiempo ese papelito de los agallas y tengas que acudir una segunda vez a las oficinas.

Si esa última empresa o ETT te quiere jorobar cubrirá determinada casilla conforme evidencia que rechazaste una renovación y por lo tanto pierdes el derecho al paro.

Es raro que ocurra pero puede pasar. En estos casos lo que se suele hablar es con la empresa de buen talante para que cubran la otra casilla pues para ellos no tiene repercusión alguna.

Es el certificado de empresa. Y ahí ponen el motivo de cese de trabajo: fin de contrato. No si quería seguir o no el trabajador. En ningún caso si es por fin de contrato pueden poner que es baja voluntaria.

"Causa de la extinción de la relación laboral (fin de contrato, despido, baja voluntaria, ERE, excedencia, no superación del periodo de prueba, etc). Es muy importante, pues en función del motivo se podrá tener o no derecho a una prestación."
 

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