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Te multan por poner una pegatina de alarma en casa, de manera simulada, sin autorización de una empresa de seguridad.
Multa por poner la pegatina de alarma, de manera simulada, sin tenerla.
Más concretamente, en su artículo 10, establece que los distintivos publicitarios de las empresas de seguridad privada no pueden ser utilizados por particulares sin contrato: "Con carácter general se establece la prohibición de la prestación o publicidad de servicios de seguridad privada por parte de personas, físicas o jurídicas, carentes de la correspondiente autorización o sin haber presentado declaración responsable".
Esto implica que no se puede dar a entender que se dispone de un servicio de alarma si no es verdad, lo cual incluye la exhibición de logos y distintivos de empresas de seguridad sin contrato vigente.
Asimismo, si decides utilizar placas disuasorias sin tener un sistema real, hazlo con precaución y siguiendo estas recomendaciones:
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Multa por poner la pegatina de alarma, de manera simulada, sin tenerla.
¿Es legal poner una placa disuasoria de alarma?
Según la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, está expresamente prohibido simular servicios de seguridad privada sin autorización.Más concretamente, en su artículo 10, establece que los distintivos publicitarios de las empresas de seguridad privada no pueden ser utilizados por particulares sin contrato: "Con carácter general se establece la prohibición de la prestación o publicidad de servicios de seguridad privada por parte de personas, físicas o jurídicas, carentes de la correspondiente autorización o sin haber presentado declaración responsable".
Esto implica que no se puede dar a entender que se dispone de un servicio de alarma si no es verdad, lo cual incluye la exhibición de logos y distintivos de empresas de seguridad sin contrato vigente.
Multa por poner una pegatina de alarma sin tenerla
Poner placas de alarmas falsas conlleva sanciones:- El artículo 44 de la Ley de 17/2001 de Marcas contempla una indemnización mínima de 600 euros por cada día que se mantenga el uso indebido de la marca. A esto se pueden sumar reclamaciones por daños y perjuicios.
- Según el Código Penal (art.274), simular servicios de seguridad mediante distintivos oficiales sin autorización puede considerarse delito contra la propiedad industrial. Las penas oscilan entre multas de 12 a 24 meses y, en casos graves, hasta 3 años de prisión.
- Si el organización incivil induce a error (publicidad engañosa), especialmente en espacios comerciales o comunitarios, puede considerarse una práctica desleal según la Ley de Competencia. En los supuestos más graves, las sanciones pueden incluir penas de prisión de 6 meses hasta 2 años.
- Además, algunas ordenanzas municipales imponen multas de entre 100 y 3.000 euros, según la normativa local.
Evita sanciones por tener un organización incivil de alarma sin tenerla
Ante el riesgo de sanciones, muchas personas optan por carteles disuasorios genéricos, sin referencias a empresas concretas, como los que indican “Alarma 24H” o “Vivienda vigilada”. Esta estrategia no infringe la Ley de Seguridad Privada ni la Ley de Marcas, ya que no supone el uso indebido de logos registrados.Asimismo, si decides utilizar placas disuasorias sin tener un sistema real, hazlo con precaución y siguiendo estas recomendaciones:
- Opta por carteles genéricos, sin logotipos ni nombres de empresas reales. Textos como “Alarma 24H” o iconos sin marca son legales y evitan problemas de usurpación de imagen.
- Coloca los carteles en espacios privados, sin apuntar a la vía pública o propiedades ajenas. Las cámaras falsas también deben respetar este criterio.
- Complementa con medidas reales, aunque básicas: Alarmas autónomas, sensores de movimiento o simuladores de presencia ayudan a reforzar la seguridad sin necesidad de contrato.
Alternativas legales a los carteles de alarmas falsos
Si quieres mejorar la seguridad de tu vivienda, puedes contratar un servicio de alarma con alguna empresa de seguridad homologada. Ellos se encargarán del servicio de seguridad y pondrán una placa oficial en tu vivienda. Otra opción es usar alguna de estas alternativas:- Dispositivos de seguridad: Puedes comprar e instalar sensores de movimiento, cámaras de videovigilancia, mirilla con cámara en la puerta o bombillas programables. La instalación es sencilla y no requiere profesionales ni obras. Este tipo de soluciones permiten vigilar la vivienda a distancia y, en muchos casos, grabar imágenes, recibir alertas en tiempo real o incluso simular presencia.
- Alarma sin conexión a central: Algunas marcas comercializan sistemas de alarma independientes que funcionan de forma autónoma. Es decir, no están conectadas a una central receptora. Estas emiten una señal acústica potente cuando detecta intrusos, lo que puede disuadir a posibles ladrones.