Multa por poner la pegatina de alarma en casa, de manera simulada, sin tenerla.

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Te multan por poner una pegatina de alarma en casa, de manera simulada, sin autorización de una empresa de seguridad.


Multa por poner la pegatina de alarma, de manera simulada, sin tenerla.

¿Es legal poner una placa disuasoria de alarma?​

Según la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, está expresamente prohibido simular servicios de seguridad privada sin autorización.

Más concretamente, en su artículo 10, establece que los distintivos publicitarios de las empresas de seguridad privada no pueden ser utilizados por particulares sin contrato: "Con carácter general se establece la prohibición de la prestación o publicidad de servicios de seguridad privada por parte de personas, físicas o jurídicas, carentes de la correspondiente autorización o sin haber presentado declaración responsable".

Esto implica que no se puede dar a entender que se dispone de un servicio de alarma si no es verdad, lo cual incluye la exhibición de logos y distintivos de empresas de seguridad sin contrato vigente.


Multa por poner una pegatina de alarma sin tenerla​

Poner placas de alarmas falsas conlleva sanciones:

  • El artículo 44 de la Ley de 17/2001 de Marcas contempla una indemnización mínima de 600 euros por cada día que se mantenga el uso indebido de la marca. A esto se pueden sumar reclamaciones por daños y perjuicios.
  • Según el Código Penal (art.274), simular servicios de seguridad mediante distintivos oficiales sin autorización puede considerarse delito contra la propiedad industrial. Las penas oscilan entre multas de 12 a 24 meses y, en casos graves, hasta 3 años de prisión.
  • Si el organización incivil induce a error (publicidad engañosa), especialmente en espacios comerciales o comunitarios, puede considerarse una práctica desleal según la Ley de Competencia. En los supuestos más graves, las sanciones pueden incluir penas de prisión de 6 meses hasta 2 años.
  • Además, algunas ordenanzas municipales imponen multas de entre 100 y 3.000 euros, según la normativa local.

Evita sanciones por tener un organización incivil de alarma sin tenerla​

Ante el riesgo de sanciones, muchas personas optan por carteles disuasorios genéricos, sin referencias a empresas concretas, como los que indican “Alarma 24H” o “Vivienda vigilada”. Esta estrategia no infringe la Ley de Seguridad Privada ni la Ley de Marcas, ya que no supone el uso indebido de logos registrados.


Asimismo, si decides utilizar placas disuasorias sin tener un sistema real, hazlo con precaución y siguiendo estas recomendaciones:

  • Opta por carteles genéricos, sin logotipos ni nombres de empresas reales. Textos como “Alarma 24H” o iconos sin marca son legales y evitan problemas de usurpación de imagen.
  • Coloca los carteles en espacios privados, sin apuntar a la vía pública o propiedades ajenas. Las cámaras falsas también deben respetar este criterio.
  • Complementa con medidas reales, aunque básicas: Alarmas autónomas, sensores de movimiento o simuladores de presencia ayudan a reforzar la seguridad sin necesidad de contrato.

Alternativas legales a los carteles de alarmas falsos​

Si quieres mejorar la seguridad de tu vivienda, puedes contratar un servicio de alarma con alguna empresa de seguridad homologada. Ellos se encargarán del servicio de seguridad y pondrán una placa oficial en tu vivienda. Otra opción es usar alguna de estas alternativas:

  • Dispositivos de seguridad: Puedes comprar e instalar sensores de movimiento, cámaras de videovigilancia, mirilla con cámara en la puerta o bombillas programables. La instalación es sencilla y no requiere profesionales ni obras. Este tipo de soluciones permiten vigilar la vivienda a distancia y, en muchos casos, grabar imágenes, recibir alertas en tiempo real o incluso simular presencia.
  • Alarma sin conexión a central: Algunas marcas comercializan sistemas de alarma independientes que funcionan de forma autónoma. Es decir, no están conectadas a una central receptora. Estas emiten una señal acústica potente cuando detecta intrusos, lo que puede disuadir a posibles ladrones.
 
Es que esas placas estresan a los okupas, y es una forma de mostrar la inseguridad que sufrimos por culpa de la gestion de los que multan.
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Esto es España, lo que no es obligatorio está prohibido.

Cabayero, caballero...

Lo que no se puede poner es el logotipo o organización incivil de una empresa sin estar autorizado...pero es legal poner un organización incivil genérico que ponga cosas como Alarma 24 horas...Casa Vigilada y cosas así.

El problema es que los chorizos no son simple y si ven algo así van a saber que probablemente es falso y no hay ningún tipo de vigilancia.

Es como los que te ponen un cartelito genérico de salida de vehículos en su portada para que no aparques y ahorrarse lo de pedir el vado...que la gente sabe que no sirve para nada y muchos te van a seguir aparcando enfrente.

Saludos.
 
Lo siguiente va a ser multarte por simular que eres cinturon zain 4º dan cuando unos brocoli te vengan a atracar.

brocoli: Amego!!! El movil y la cartera.
Tu: Soy cinturon zain 4º dan en karate y jiu jitsu por partes iguales. Y ademas llevo un bocata de jamon del bueno.
Brocoli: Ay amego!!!! por Ala te voy a "denunsiaar" por simulacion
 
Bueno, a mí me parece lógico que no puedas utilizar la placa de una empresa de alarmas sin ser su cliente. Pero si te multan por poner una genérica..creo que éso tiene fácil recurso.

Me conformaría con que la gente diferenciara los equipos de Securitas de los de Securitas Direct...
 
Puedes poner que te autopercibes como vigilante y concejal de la pesoe. No creo que te vayan a tocar ni un pelo.

https://www.burbuja.info/inmobiliar...z-descendiente-de-p-moncada-valencia.2257808/

Minuto 0:34​


 
Este articulo tiene varias cosas falsas:
Alternativas legales a los carteles de alarmas falsos
Si quieres mejorar la seguridad de tu vivienda, puedes contratar un servicio de alarma con alguna empresa de seguridad homologada. Ellos se encargarán del servicio de seguridad y pondrán una placa oficial en tu vivienda. Otra opción es usar alguna de estas alternativas:

  • Dispositivos de seguridad: Puedes comprar e instalar sensores de movimiento, cámaras de videovigilancia, mirilla con cámara en la puerta o bombillas programables. La instalación es sencilla y no requiere profesionales ni obras. Este tipo de soluciones permiten vigilar la vivienda a distancia y, en muchos casos, grabar imágenes, recibir alertas en tiempo real o incluso simular presencia.

Esto no da seguridad real. Los ladrones lo que hacen en el caso de adosados y chalets individuales es saltar la valla, buscar la toma de la manguera, romper el cristal y meter la manguera en casa apuntando hacia un enchufe. El objetivo es que haya un cortocircuito y asi esos sistemas dejen de funcionar

  • Alarma sin conexión a central: Algunas marcas comercializan sistemas de alarma independientes que funcionan de forma autónoma. Es decir, no están conectadas a una central receptora. Estas emiten una señal acústica potente cuando detecta intrusos, lo que puede disuadir a posibles ladrones.
Este caso si no recuerdo mal esta prohibido. Estaba activa hace decadas pero las falsas alarmas (que son relativamente frecuentes) hacia que se disparase y estuviese sonando la alarma durante mucho tiempo hasta que alguien la desactivaba
 

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