El Supremo abre la puerta a residentes con antecedentes penales
El Tribunal Supremo ha eliminado el requisito de carecer de antecedentes penales para que los extranjeros familiares de españoles obtengan permisos de residencia. La decisión, que no ha sido remitida al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se produce en pleno proceso de regularización masiva de forasteros en España.
La medida implica que personas con condenas previas podrán acceder a la residencia por reagrupación familiar sin que su historial delictivo sea un obstáculo. El debate público se ha centrado en el posible impacto sobre la seguridad ciudadana y la carga sobre el sistema judicial y penitenciario. Sin embargo, el Supremo no ha considerado necesario consultar a Europa sobre la compatibilidad de esta interpretación con la normativa comunitaria.
Mientras tanto, el Gobierno mantiene su plan de regularización extraordinaria, que según sus defensores busca integrar a trabajadores en economía sumergida. Los críticos apuntan a que la eliminación de filtros penales puede incentivar la llegada de personas con antecedentes, sin que exista una evaluación de costes en términos de seguridad pública o gasto social.
El dato que descoloca: la Unión Europea, que suele ser garante de los estándares de control migratorio, no ha manifestado posición alguna sobre esta interpretación jurisprudencial. Silencio que algunos interpretan como aquiescencia y otros como prudencia ante un conflicto político latente.