9,5 años de cárcel por el 'centro de datos' de un cementerio
Un particular sostiene que la fiscalía le reclama nueve años y medio de prisión por haber convertido once sepulturas en material de entrenamiento para inteligencia artificial. El relato, difundido estos días, describe una operación nocturna en un recinto funerario: abrir nichos, extraer restos, fotografiar 327 tumbas y copiar sus registros. El objetivo declarado sería alimentar un sistema con datos biológicos. Ninguna de esas afirmaciones está verificada.
Por qué el artículo 197 no sostiene la acusación
La parte jurídica del relato se desmonta sola. El clásico artículo 197, el de la protección de datos, exige identificar a personas vivas: un puñado de huesos no da un perfil genético útil sin una base de referencia de vivos, que aquí nadie maneja. Y el allanamiento de morada no cubre recintos funerarios. Lo apunta un análisis que acompaña al caso y que deja al aire la fragilidad técnica del supuesto escrito fiscal.
Hay quien defiende que la acusación es un abuso del aparato judicial contra un particular incómodo; en contra pesa que todo, autor incluido, admite el tono de fábula. La cosa crece con cada respuesta, añade delitos a medida que el público pide más y termina calificada con un 0,5 sobre 10 por su propio auditorio.
La pregunta incómoda no es si alguien profanó tumbas para entrenar una IA. Es cuánto de este tipo de historias se cuela ya en la conversación pública como si fuera un hecho.