Holanda extiende el precio tasado al 90% del alquiler el 1 de julio
Un propietario con un segundo piso afronta una decisión con dos salidas: alquilarlo con contrato indefinido y precio tasado, o venderlo. La respuesta que más se repite —también al otro lado de los Pirineos— es la segunda. El 1 de julio entran en vigor en los Países Bajos las nuevas normas que amplían el control de alquileres a aproximadamente el 90% de las propiedades de
alquiler, con contratos indefinidos y rentas reguladas. La reforma llega con dos etiquetas cruzadas: la de medida progresista que presume de proteger al inquilino y la de intervención que, según sus críticos, encarece justo lo que dice abaratar.
Qué cambia en el alquiler holandés el 1 de julio
La ampliación alcanza a cerca de nueve de cada diez viviendas arrendadas del país. Para quien vive de alquiler, el contrato pasa a ser indefinido y el precio, tasado; el arrendador pierde la capacidad de ajustar la renta al mercado y de recuperar el inmueble a voluntad, según los supuestos que se manejan. El argumento que más se repite entre los críticos de la medida es que va en contra de la oferta y la demanda por mucho que se venda como apoyo a las clases menos favorecidas, y algunos la describen como un paso hacia un modelo de control económico al estilo de Venezuela o Cuba. Una vivienda arrendada deja de ser un activo líquido y pasa a ser un compromiso de plazo indefinido.
El baremo de puntos y los extras que librarían del precio regulado
La norma no fija un techo único: reparte puntos. Cuantos más equipamientos acumule una vivienda —geotermia, minibar, jacuzzi— más puntos suma en el baremo y más sencillo resulta colocarla en el régimen libre, con precio no tasado. La letra pequeña tiene su ironía: cuanto más caro de dotar el inmueble, menos límite público soporta. El resultado imaginado por los más escépticos es una carrera de amenities por pisos pequeños en barrios periféricos, con jacuzzi, geotermia y mesa de ping-pong para escapar del control.
Si no hay rentabilidad, el piso sale del mercado
El segundo argumento domina cualquier conversación sobre techos de precios: nadie compra un inmueble para alquilarlo con renta limitada y con un inquilino que, en la práctica, no se puede mover. El razonamiento más repetido es que si se castiga al arrendador, dejan de aparecer arrendadores, y el parque disponible se contrae en lugar de crecer. De ahí la predicción recurrente: la medida logrará lo contrario de lo que busca, retirando oferta y empujando los precios hacia arriba. Es una tesis que no depende de la ideología de quien la firma, sino de cuánto tarda el mercado en reaccionar.
El precedente español: renta antigua y fianzas blindadas
España no necesita irse lejos para ver algo parecido. Aquí existió la
renta antigua, un régimen de contratos prorrogados con precios congelados, y hoy el arrendador que quiere recuperar su piso debe justificar el motivo: necesidad propia o de un familiar de primer grado, impago o problemas de convivencia, según los supuestos que se citan. Las fianzas ya ni las toca el propietario, que las ingresa en un organismo de la comunidad autónoma. Sobre el terreno, los ejemplos que se manejan van de zonas donde el alquiler no baja de 900 euros hasta inquilinos mantenidos en 650 cuando el mercado del barrio ya pide 800. Durante la crisis de 2010, además, buena parte de la vivienda protegida acabó malvendida, según uno de los participantes.
¿Por qué el control de precios no frena la subida?
La pregunta atraviesa toda la discusión. Los precios del alquiler llevan años subiendo, en España y en buena parte de Europa, y las medidas que se venden como remedio no han alterado la tendencia. Hay quien recuerda que la presidenta de la Comisión Europea acumula seis años en el cargo sin haber resuelto la llamada crisis de la vivienda, y quien replica que el problema no está en Bruselas sino en la falta de oferta. En medio del cruce, un interviniente cita un dato: la deuda pública de los Estados que deberían costear vivienda protegida ronda el 140% del PIB. Se espera, eso sí, por dónde sale el plan de Bruselas.
El precedente más raro que aparece en la discusión no es holandés ni sudamericano. En agosto de 1964, una norma española obligó a todo local que sirviera comidas y bebidas a ofrecer un menú con composición fija: entremeses, sopa o crema, un plato de pescado, carne o huevos con guarnición, postre de fruta, dulce o queso, y pan. Regular precios por decreto tiene historia; lograr que el mercado se comporte como manda el decreto, bastante menos.