Si te has adjudicado por la AEAT me podrás resolver una duda que tengo yo y que no encuentro ¿Tuviste que ir al notario para inscribir el bien? Porque me suena que en las judiciales te dan la propiedad y ya no tienes que ir al notario con lo que te ahorras un gasto pero en las demás no.
Pues si ya has sido adjudicatario alguna vez ya sabes como va el tema, la diferencia que le veo es que en la AEAT y seguridad social miran más ellos las subastas y ven mejor los problemas que pueda haber que puedan no ser evidentes para un novato como nosotros aunque alguna vez se les escapa algo, en cambio en las judiciales debido a que suelen tener mucha carga de trabajo y hay más pasotismo puede haber más problemas o plazos más largos.
Hay es donde veo yo la diferencia y por la que me tiran para atrás las judiciales, una unidad ejecutiva se dedica exclusivamente a cobrar deudas y estudian mejor el expediente, en cambio en un juzgado tocan muchos temas y se les pueden pasar muchas cosas.
Otra cosa muy importante son los plazos en SS yo en 15 días ya tenia todo el papeleo que dependía de ellos y en un juzgado los plazos pueden ser mucho mas amplios.
Lo de los gastos pues ya esta claro entonces miras el precio por la zona y le vas restando los gastos y el beneficio que quieras obtener.
Y si ya te has adjudicado otras propiedades ya sabras como va el tema de la posesión.
Aquí hay una chuletilla que te puede servir para las dudas que puedan surgir y como va a ir todo
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