DENUNCIA POR PRESUNTO DELITO DE ABUSO DE MERCADO Y DELITOs SOCIETARIOs DE IMPOSICIÓN DE ACUERDO ABUSIVO Y FALSEDAD EN CUENTAS ANUALES
HECHOS
Antecedentes
En recientes fechas, los órganos de administración de las sociedades cotizadas Bankia y Caixabank han anunciado una fusión. En esta fusión, parece que se está considerando tener en cuenta como precio de referencia la cotización de Bankia en los últimos meses.
En la práctica se trataría de una absorción de Bankia por parte de Caixabak.
La historia de la gestión que ha realizado el Estado sobre Bankia resulta trágica y lo peor de todo es que se quiere rematar con una decisión igual de nefasta que las que ha hecho.
En el pasado, tanto del BFA como el FROB enterraron miles de millones de euros para rescatar a esta entidad con cargo a fondos públicos.
Desde entonces su presidente, el Sr. Goirigolzarri, ha venido llevando una gestión bastante profesional de la entidad, acorde con los difíciles tiempos que le ha tocado vivir y las dificultades inherentes al mandato.
Precedentes
Cuando pensamos en el caso de Banco Popular y Banco Santander, llama la atención que Emilio Saracho fue consejero delegado de la entidad absorbida, al igual que lo fue el Sr. Rojo en el caso de Banesto en el pasado.
En este caso, la presencia de Goirigolzarri apuntaba a que en un futuro BBVA y Bankia pudieran compartir destino.
HECHOS RECIENTES
Ahora bien, en los meses pasados se han producidos hechos sumamente irregulares que son claramente indicativas de que se han debido a técnicas de manipulación de precio y abuso de mercado. A saber:
- Por una parte, el BCE y el Banco de España reconocen que Bankia tiene unos recursos propios por importe de 12.883 millones de euros, en base a los propios datos publicados por la Entidad en su página web y en su último informe trimestral referido a Junio de 2020.
(VER INFORME DE RESULTADOS JUNIO 2020)
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- Por otra parte, la cotización de la entidad refleja una capitalización de apenas 4.300 millones de euros, es decir, 1/3 parte de lo que las autoridades supervisoras consideran que es su capital. Cotizan 3.069 millones de acciones con un precio aproximado de 1,4 euros por acción. Total, unos 4.300 millones de euros.
EL VALOR EN LIBROS DE BANKIA ES AL MENOS DE 4 EUROS Y CAIXABAN LO ADQUIERE POR APENAS 1,4 EUROS.
Lo curioso del caso es que desde que el Sr Goirigolzarri se hizo cargo de Bankia, Bankia no ha dejado de ganar dinero ni siquiera en los años más complicados.
Y es precisamente en el punto más bajo de su cotización en los últimos años cuando altos funcionarios del Estado y de la Unión Europea, en concreto del Banco de España, del Gobierno de España y del Banco Central Europeo y la Comisión Europea tal como reconocen abiertamente en noticias en prensa económica:
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No obstante lo señalado anteriormente, de las noticias anteriores y de los precios manejados para la fusión, lo que se desprende es que la fusión es una OPA encubierta sin tener que pagarla realmente, fijando artificialmente el precio mediante colusión del Gobierno con una entidad privada.
La entidad absorbente, Caixabank, va a comprar por 4.300 millones una entidad (Bankia) que tiene recursos propios por importe de 12.800 millones, reconociendo abiertamente que se genera un “fondo de comercio negativo” que puede estar cercano a los 8.500 millones de euros. Hay que recordar que el Estado Español recapitalizó Bankia con 22.000 millones de dinero público obtenido del rescate de la Unión Europea.
Con esta operación, mediante la influencia ejercida por el Gobierno de España en Bankia se estaría realizando supuestamente una alteración artificial de las reglas de oferta y demanda, es decir una alteración de precios que altera la libre concurrencia de los títulos valores de Bankia teniendo como resultado unos lucros por unas cantidades astrónomicas y con un grave daño económico a los intereses generales de:
- El contribuyente español, principal accionista de Bankia
- Los accionistas minoritarios de Bankia
- Los empleados de Bankia
Los responsables de tales actos, como señala la propia ministra, serían:
- Los miembros de los consejos de administración de Bankia y Caixabank, especialmente sus respectivos presidentes.
- La Señora Ministra de Hacienda, señora Calviño.
- EL consejo de gobierno del Banco de España.
- El consejo de gobierno de la CNMV.
Todo ello realizado en clara vulneración de los derechos de la competencia y la concentración o monopolio de los servicios bancarios que la Unión Europea y nuestros políticos dicen defender.
Adicionalmente, se podría estar produciendo en los representantes del Estado en el Consejo y la Junta de Bankia una conducta tipificada como delito societario en el sentido que estaría imponiendo un acuerdo abusivo a favor de la Caixa y en perjuicio de los accionistas (y del Estado).
Adicionalmente, se habrían producido otras conductas tendentes a la manipulación de precios en el mercado que son las que han llevado a fijar la cotización, no sólo de Bankia sino también de todo el sector bancario español, a unos niveles artificialmente bajos durante períodos prologados de tiempo. La operativa de abuso de mercado habría consistido en las siguientes prácticas:
- Fijación diaria de precios de oferta y demanda a través de la propia entidad.
- Dar instrucciones a las sociedades gestoras de los respectivos Emisores para que no sólo no adquieran acciones de la compañía sino que procedan a su venta.
- Contratación de una estructura de ETFs inversos para potenciar las apuestas en corto sobre sus propias acciones.
- Contratación de banca de inversión anglosajona para proporcionar research negativo respecto a la banca española.
Otras conductas señaladas por el Reglamento 596/2014 sobre abuso de mercado.
OTROSÍ DIGO
Si de las pesquisas efectuadas resulta que el verdadero precio y valor de Bankia es, efectivamente, 4.300 millones de euros, esto quiere decir que hay 8.500 millones de euros de pérdidas latentes no afloradas, originadas con bastante anterioridad al Cobi19. Siendo esto así,
Por una parte, podría existir un delito societario de falseamiento de cuentas anuales u otros documentos (como los estados de solvencia) que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad, de forma idónea causando un perjuicio económico a la propia sociedad, a sus accionistas y a terceros (art 290 Código penal). Este delito sería fruta a los administradores de Bankia, si se constata dicho desfase patrimonial.
Por otra parte, si existe ese gran desfase patrimonial en Bankia, es difícilmente explicable por las autoridades supervisoras, concretamente Banco de España y también la CNMV, una explicación lógica acerca de sus labores de supervisión que han fallado en la detección de pérdidas en los balances de las entidades, resultando gravísima la falta de diligencia en la formación de precios en el mercado SIBE por parte de la CNMV y el control de instrumentos financieros asociados.
Si las cuentas de Bankia no son falsas, existen indicios suficientes para considerar que en el caso de Bankia podría estar teniendo lugar delitos de Cohecho por el cual, embeleco, exaxxión ilegal,…negociaciones prohibidas….tráfico de influencias…. por parte de funcionarios públicos, debiendo los tribunales realizar las averiguaciones necesarias sobre las personas que están detrás de las mismas.
OTROSÍ DIGO
Que los movimientos producidos en las cotizaciones de las entidades bancarias y las actuaciones supervisoras del Banco de España y del Banco Central Europeo, deben ser objeto de escrutinio por los tribunales de justicia.
Se están observando otros movimientos de derribo para absorber diversas entidades españolas por apenas 1/3 parte de su precio en libros.
Si consideramos que la supervisión de solvencia de las entidades es correcta, estos profundos movimientos de precios a la baja en los precios de las acciones de los bancos no pueden sino obedecer a una gran colusión y manipulación del mercado de valores español, en el que confluirían estructuras de formación de precios marcadas por la gran banca de inversión anglosajona con un diseño de productos y un sesgo de research que introduce profundas anomalías y desequilibrios en los precios de las acciones de los bancos españoles, consiguiendo adicionalmente un efecto catastrófico en la economía del país.
Las autoridades públicas, lejos de contrarrestar esta situación, cuando los precios empiezan a regresar a su situación de equilibrio, activan resortes de influencia para asegurarse que no actúen en su contra los mismos resortes del mercado que hasta ahora les han favorecido
Por otra parte, la Directiva MIFID 2 ha constituido un instrumento político de primera magnitud para favorecer la inexistencia de concurrencia de oferta y demanda en los mercados.