Ekaizer defiende tasar las joyas de Zapatero a precio actual: ¿genialidad o trampa?
El periodista Ernesto Ekaizer ha puesto sobre la mesa una interpretación que, cuando menos, invita al escepticismo. En pleno debate sobre la prescripción de posibles delitos fiscales, Ekaizer sugiere que el valor de las joyas que el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero podría haber recibido como regalo debe calcularse a precio actual de mercado, no al de su adquisición. La maniobra, según sus críticos, busca maximizar la cuantía del posible delito para evitar que la acción penal prescriba.
El núcleo de la controversia: tasación retrospectiva
La tesis de Ekaizer se apoya en un principio: si las joyas no se declararon en su momento, Hacienda debe valorarlas hoy, no cuando entraron en el patrimonio de Zapatero. Un análisis más detallado apunta a que, de aplicarse este criterio, las piezas —que incluyen diamantes y oro— podrían alcanzar un valor cercano al medio millón de euros, según estimaciones recogidas en ámbitos de discusión económica. Sin embargo, la clave está en la prescripción: si las joyas fueron recibidas hace más de cinco años, el delito fiscal habría prescrito, siempre que no se hubiera realizado un acto posterior de ocultación.
El contrapunto: la venta de las reservas de oro
El debate adquiere un matiz irónico cuando se recuerda la gestión económica de la era Zapatero-Solbes. En 2007, el Gobierno socialista vendió parte de las reservas de oro del Banco de España a un precio que, a día de hoy, estaría un 245% por debajo del valor actual del metal. La cifra no es menor: esa operación, en su día criticada por realizar la venta en el punto más bajo del ciclo, ahora se utiliza como argumento para cuestionar la coherencia de quienes reclaman valoraciones actualizadas para las joyas pero no para el oro nacional.
El factor prescripción y la disparidad de criterios
Mientras unos defienden que la tasación debe hacerse con el valor histórico para no incurrir en un pretendido enriquecimiento injusto de la Administración, otros sostienen que el valor actual es el único válido para cuantificar el perjuicio fiscal. Lo que parece claro es que, si las joyas se recibieron hace más de cinco años y no hubo ocultación activa, la vía penal estaría cerrada. Pero la interpretación de Ekaizer busca precisamente sortear ese escollo: al elevar el valor, se superaría el umbral de 120.000 euros que marca el delito fiscal, reiniciando quizás el cómputo de prescripción.
La controversia, en cualquier caso, queda abierta. Con la venta de las reservas de oro como telón de fondo, el debate sobre la tasación de las joyas de Zapatero es, en el fondo, una discusión sobre los criterios de valoración en el tiempo, la prescripción de los delitos y, sobre todo, la aplicación selectiva de las normas. Que cada cual saque sus conclusiones.
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