Expropiar pisos para alquilarlos: el debate que ya no se descarta
En un debate de foro se ha puesto sobre la mesa expropiar viviendas para destinarlas a
alquiler contra la voluntad de sus dueños, y la idea ha caído como una bomba entre los propietarios. La escena que dibuja es de sobra conocida: un piso comprado a base de hipoteca, pagado mes a mes durante años, con la idea de dejar resuelto el futuro de los hijos. Sobre ese cuadro cotidiano se ha colado la palabra «expropiar», que ha dejado de sonar a manual de derecho administrativo para instalarse en el debate público.
¿Se puede expropiar una vivienda en España?
Sí, y no es ninguna novedad. La Constitución, en su artículo 33, admite la privación de bienes y derechos siempre que exista una causa justificada de utilidad pública o interés social y se pague la correspondiente indemnización. La norma que ordena el procedimiento expropiatorio español data de 1954, y desde entonces el cuerpo legal y la jurisprudencia no han dejado de crecer. La figura jurídica existe. Lo que se discute es el uso que se le quiere dar.
El trámite es el de siempre: expediente administrativo, declaración de utilidad social del bien y abono de un justiprecio al propietario. Para que la operación sea válida, el Estado debe pagar ese justiprecio tras justificar la utilidad social del inmueble; sin expediente, la medida naufraga en los tribunales. Esa palabra desactiva el sueño de expropiar a precio de saldo, porque el procedimiento obliga a pagar lo que valga la vivienda, no lo que le convenga a la administración de turno. Y una vez fijado, la operación deja de ser un chollo: lo paga el Estado
de su bolsillo.
El justiprecio y la factura que nadie quiere firmar
Aquí aparece el primer muro. Expropiar vivienda ya construida para entregarla en alquiler social equivale a comprar parque inmobiliario a precio de mercado con dinero público y alquilarlo después por debajo. Hay quien sostiene que los precios actuales están inflados y que un justiprecio calculado con criterios administrativos saldría más barato. La duda es si eso aguanta un juzgado. Cuanto más se aleje la operación del esquema legal y más se parezca a una requisa, más cerca estará de ser inconstitucional.
Control de precios y el efecto contrario sobre la oferta
El argumento que más se repite es el de la oferta. Se recuerda que el control de precios del alquiler no tarda en reducir la vivienda disponible —apenas un mes desde su entrada en vigor— allí donde se ha aplicado. Y se añade un detalle incómodo: cuando el propietario teme la okupación y desconfía de la administración, retira el piso del mercado. Menos pisos ofrecidos, el mismo número de inquilinos, precios al alza. La medida que promete abaratar el alquiler podría encarecerlo.
De paso, según un forero, queda retratado el inquilino tipo de muchas ciudades: un asalariado con nómina estable, en algunos casos funcionario o bomberos, que con un sueldo en torno a los dos mil euros no encuentra vivienda. No es el retrato de la exclusión extrema; es el de la clase media que empieza a quedarse fuera del mercado.
Gran tenedor: quién acumula vivienda en España
Bajo el debate late una pregunta que nadie quiere responder en voz alta: ¿a quién se le expropia? De fondo, la concentración de la propiedad. Un análisis muy difundido sostiene que
la mitad de las viviendas registradas en España entre 2008 y 2020 fueron compradas por empresas con más de ocho inmuebles, mientras
unos 900.000 pequeños arrendadores manejan entre tres y cinco casas. Si el objetivo son los grandes fondos, el relato aguanta; si el criterio acaba alcanzando al particular que alquila un segundo piso, el conflicto se multiplica.
Precedentes: costas, La Palma y el fantasma de Venezuela
España ya ha vivido algo parecido. La expropiación de casas en primera línea de costa, al amparo de la normativa litoral, dejó a vecinos con la sensación de que el plano de afectados esquivaba ciertas propiedades, y el asunto seguía sin cerrarse. Y los solares sepultados por la lava en La Palma perdieron su condición urbanística, con un efecto práctico similar al de una expropiación sin indemnización. La comparación con Venezuela aparece una y otra vez, siempre como advertencia: donde se expropió, dicen, no apareció más vivienda.
Quién paga y quién decide
El problema de fondo es que nadie explica de dónde sale el dinero. Construir vivienda pública ya exige fondos; expropiar, más todavía. Con un mercado tensionado y una oferta que no llega, quitarle el piso a un propietario para alquilárselo a otro no resuelve la escasez: la traslada. Y sobre todo esto planea una sospecha vieja, la de que las medidas acaban aplicándose según el color político o el apellido del dueño.
La paradoja se sostiene en un dato simple. Quien defiende la expropiación cree que saldrá más barata que construir. Quien la teme ya tiene la calculadora en la mano: entre el justiprecio, el expediente y el abogado, la vivienda más económica de todo el debate puede acabar siendo la que nunca llegue a expropiarse.