Veinte años sin tocar la cuenta y el Estado se queda el saldo
Abra la aplicación del banco y mire su saldo. Ese gesto, aparentemente inocuo, separa su dinero de las arcas del Estado. Tras veinte años sin “gestión alguna” que implique el ejercicio del derecho de propiedad, el saldo de una cuenta corriente se considera abandonado y pasa a la Administración. El titular asusta, pero el mecanismo tiene casi un siglo.
Qué cuenta como “gestión” y qué no
La ley no habla de “movimientos”, que es la palabra del anuncio que ha corrido por redes. Habla de no haberse practicado “gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad”. Ese matiz importa: consultar el saldo en el cajero o en la aplicación bancaria también cuenta como gestión, según la Orden EHA/3291/2008, que obliga a la entidad a comprobarlo antes de declarar nada.
Dicho de otro modo: el cliente que vigila su dinero queda fuera de la diana. El que lo ignora durante dos décadas, no. El anuncio de avisar con tres meses de antelación no cambia la letra pequeña: pasado ese plazo sin reclamación, el saldo se va.
El recelo de fondo: tu dinero no es tuyo
El revuelo ha servido para redescubrir que la norma no es nueva: viene del Real Decreto Ley del 24 de enero de 1928 sobre saldos y depósitos abandonados, refundido después en el artículo 18 de la Ley 33/2003. Casi un siglo de historia legal y el titular se vende como un golpe de efecto.
Debajo asoma el escepticismo habitual hacia Hacienda y la banca. Con cifras gruesas, se calcula que una segunda residencia, entre un 2% anual de IRPF y otro 2% de patrimonio, deja en manos del Estado el equivalente al valor del inmueble en veinticinco años. La cuenta es discutible, pero explica por qué una noticia tan antigua corre como si fuera la novedad del día.
Lo descolocante del episodio es la paradoja digital. La generación que vive consultando el móvil probablemente esté a salvo. La que dejó una libreta olvidada y falleció sin herederos que mirasen, no. El Estado no tiene prisa. Solo espera.