Duda sobre cuenta ahorro-vivienda

Bueno yo la abri a finales del 2006, osea que teoricamente si que entraria. Esque iva a cojer y cerrarla para abrir un deposito a plazo fijo y demas, pero visto esto ahora, casi que me es mejor seguir aportanto a tener que devolver junto a los intereses lo que me ha dado la cuenta vivienda hasta ahora. Salu2
 
La medida beneficiara a las cuentas que caduquen entre el 1 de Enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2010
 
O sea los que abrieron la cuenta entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2006.

¿Pero puedes decirnos la fuente de esa información?

Salu2.
 
Yo no sé a que atenerme:
Abrí una cuenta en el 2002 y metí 9000eur. La declaré como cuenta vivienda, pero no compré. Ese año desgravé unos 1800 eur, entre cuenta y alguna chorrada más (plan pensiones ruinoso)
El caso es que no he vuelto ni a meter dinero, ni a declararla. Es más: saqué 6000 euros que me fundí en muebles para una cocina de un piso de mi muyer (sí, ya sé, ya sé algunos pensarán que mejor lo hubiera invertido en fruta y whiski).
Hasta ahora hacienda no me ha dicho nada, pero por si acaso, tengo 3000eur en la cuenta para devolver la desgravación e intereres, y meteré un poco más por si aún así no llega.
¿Sabéis cuándo me pedirá hacienda cuentas? ¿se olvidarán de mí? ¿se expande el universo?
 
Última edición:
¿Pero puedes decirnos la fuente de esa información?

Lo ví en la pagina web del Ministerio de Economía y Hacienda.
Descargué un documento pdf de dicha página con las medidas que se adoptaron en el Consejo de Ministros del 8 de Noviembre, entre ellas la de la ampliación del plazo de la cuenta vivienda.
El problema es que no sé subir el documento porqué supera el limite de kb.
Si alguno me dice como se hace , intentaré adjuntarlo.

Saludos.
 
Yo no sé a que atenerme:
Abrí una cuenta en el 2002 y metí 9000eur. La declaré como cuenta vivienda, pero no compré. Ese año desgravé unos 1800 eur, entre cuenta y alguna chorrada más (plan pensiones ruinoso)
El caso es que no he vuelto ni a meter dinero, ni a declararla. Es más: saqué 6000 euros que me fundí en muebles para una cocina de un piso de mi muyer (sí, ya sé, ya sé algunos pensarán que mejor lo hubiera invertido en fruta y whiski).
Hasta ahora hacienda no me ha dicho nada, pero por si acaso, tengo 3000eur en la cuenta para devolver la desgravación e intereres, y meteré un poco más por si aún así no llega.
¿Sabéis cuándo me pedirá hacienda cuentas? ¿se olvidarán de mí? ¿se expande el universo?

Pues creo que tienes suerte y hacienda no te va a poder reclamar nada, puesto que los delitos fiscales prescribe a los 4 años y ha pasado ya 6.

Salu2.
 
Gracias por contestar.
Ojalá tengas razón. Pero, si tienes cuatro años para hacer efectiva la compra de vivienda; se supone que los cuatro años empezarían a contar desde el momento en que termina el plazo para esa compra??:
En mi caso: abierta en el 2002.
Cuatro años de plazo: vencimiento: 2006
El "delito" prescribe: 2010??
Es lo que me trae de cabeza... Como dije en el mensaje anterior, tengo un remanente que quiero incrementar un poco por si las moscas. Yo espero que no se den cuenta y me ahorre un pico, pero si finalmente me "pillan": tendré que pagar la desgravación más los intereses de todos esos años, no?
Gracias
 
Umm, no estoy muy seguro. Creo que establece que no te pueden revisar una declaración de hacienda de hace 4 años y por lo tanto esa deducción que te practicaste hace 6 años ya nadie puede reclamartelo. De momento vas librando.

En caso de como dices, te tocará pagar lo desgravado mas los intereses de todos estos años.

Suerte.
 
Lo primero un saludo y gracias de antemano.

Hace unos dias puse mi dinero en una cuenta ahorro vivienda. Para ser precisos esta me ofrece un 4,30 de interes nominal y 4,30 de T.A.E.

Desconociendo si esta cuenta me decucirá lo mismo o menos que si me hubiera hecho una cuenta normal para ahorro vivienda.

Alguna de mis pregustas son:

¿como pueso saber cual me interesa más?
¿podria cambiar en un momento dado?

Cuando me respondan tendré dudas fijo y realizaré alguan pregunta más, GRACIAS
 
Última edición:
La deducción es la misma independientemente de qué cuenta o depósito utilices para la cuenta vivienda.

Además puedes mover el dinero de una cuenta a otra siempre y cuando que dicha cuenta no tenga ningún tipo de imposiciones (recibos, tarjetas o algo así).

Salu2
 
Entonces con este interes, no es necesario que cambie de cuenta entiendo.

Lo digo porque no me timén demasiado, como he leido que habia que tener cuidado con las cuentas creadas por los bancos como ahorro vivienda. Todo esto viene a raiz de lo que pude leer en un artiulo suyo que decia en uno de sus parrafos:

"Este es un punto especialmente delicado, y muchos contribuyentes o ahorradores lo desconocen. La cuenta vivienda se puede abrir en cualquier Entidad de Crédito, en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, sin que sea necesario que tengan la denominación específica de cuenta vivienda. (Página 407, requisito a del manual de IRPF 2007)

Mucho banqueros, aprovechando de las deducciones de cuenta vivienda, han creado unas cuentas llamadas "cuentas vivienda" que no son más que cuentas normales y corrientes donde los ahorradores ingresan su dinero y posteriormente al designarlo en la declaración de hacienda las convierten en auténticas cuentas vivienda. Esos productos no son más que un instrumento engañoso creado por los banqueros para ofrecer un tipo de interés inferior al mercado."

Por esto vienen mis dudas al haber contratado el banco xxxxx un "Deposito Vivienda XXxxxx" y no saber si me seria mejor hacer una cuenta normal con nominación de cuenta vivienda. Espero haberme explicado medianamente.
 
Puedes utilizar cualquier cuenta o depósito sin tenga la denominación de "cuenta vivienda". Por lo tanto elige la cuenta o depósito que mejor te convenga y el que más intereses tenga.

Salu2.
 
otra mini duda

Puedo hacer una cuenta vivienda ahora meter 9000€ y en enero pagar 4000 por de una casa al año y luego meter otros 9000€ para asi desgrabarme 9000 y no solo 4000 q pagase?

En definitiba lo q pregunto es si puedo pagar cuotas de la casa q me comprase con el dinero de la cuenta (ya desgrabado y sin desgrabarme na ahora) y meter los 9000€ para desgrabarme el maximo to los años
 
He leído con atención todo el hilo y las preguntas frecuenctes de la cuenta vivienda, y sólo me queda una duda. ¿El dinero de la cuenta vivienda se puede traspasar a cuentas que ya tengan otros saldos? ¿Hay que procurar mover siempre los 9015 (o el dinero que sea) juntos para que quede claro que ese dinero es el de la cuenta vivienda?

Si es así, entonces, siguiendo las recomendaciones, se puede mover libremente durante el año entre cuentas, y lo que realmente importa es a 31 de diciembre, no es así?

Gracias de antemano
 
otra mini duda

Puedo hacer una cuenta vivienda ahora meter 9000€ y en enero pagar 4000 por de una casa al año y luego meter otros 9000€ para asi desgrabarme 9000 y no solo 4000 q pagase?

En definitiba lo q pregunto es si puedo pagar cuotas de la casa q me comprase con el dinero de la cuenta (ya desgrabado y sin desgrabarme na ahora) y meter los 9000€ para desgrabarme el maximo to los años

El tema está en que como máximo se puede desgravar 9015€ anualmente en la inversión en vivienda habitual. Si utilizas dinero de la cuenta ya desgravado de años anteriores, no tienes derecho a desgravación adicional.

Asi, si sacar dinero de la cuenta para pagar al promotor, no conlleva desgravación.

Salu2.
 
He leído con atención todo el hilo y las preguntas frecuenctes de la cuenta vivienda, y sólo me queda una duda. ¿El dinero de la cuenta vivienda se puede traspasar a cuentas que ya tengan otros saldos? ¿Hay que procurar mover siempre los 9015 (o el dinero que sea) juntos para que quede claro que ese dinero es el de la cuenta vivienda?

Si es así, entonces, siguiendo las recomendaciones, se puede mover libremente durante el año entre cuentas, y lo que realmente importa es a 31 de diciembre, no es así?

Gracias de antemano

En las normas del IRPF no establece ninguna restricción en relación a que tengas que tener la misma cuenta como cuenta vivienda durante los 4 años, y por lo tanto se puede mover entre diferentes cuentas o depósitos, sin embargo, sí que establece que sólo puedes tener una única cuenta como cuenta vivienda simultáneamente. Dicha cuenta debe de ser independiente y sin ningún tipo de imposiciones.

Por lo tanto, puedes mover libremente entre cuentas de la totalidad del dinero, y las cuentas deben de ser independientes y sin imposiciones.

Salu2.
 
Reabro este hilo porque me parece interesante y no veo necesidad de abrir uno nuevo con temática idéntica...

En primer lugar me presento, llevo un tiempo (poco) leyendo las opiniones del foro y este va a ser mi primer mensaje sobre una cuestión creo que sencilla para los que sepan del tema.

Según leo por arriba de este hilo se puede declarar un depósito o cuenta corriente como cuenta ahorro vivienda (ahora me entero de esto, los bancos se guardan mucho de decirlo). Hacienda el año que viene me va a meter un buen palo si no meto los 9000 euros máximos permitidos en una cuenta ahorro vivienda, qué me recomendais? Que busque un depósito renovable cada X meses y el año que viene lo declare como cuenta ahorro vivienda (creo que se hace así según leo) o que busque una cuenta ahorro vivienda con buena rentabilidad?
 
Generalmente las suelen dan una rentabilidad inferior a los depósitos pero son más cómodos de gestionar. También puedes contratar una cuenta corriente que tenga una buena rentabilidad.

Pero si decides por lo depósitos, te tienes que asegurar que te permita cancelaciones anticipadas con pocas comisiones, que su plazo sea inferior a 1 año o que permita imposiciones múltiples.

Salu2.
 
Es un dinero que no necesito, podría tener esos 9000 euros en un fondo mensual o trimestral. Comentas que debo pedir que no tenga altas comisiones por cancelación por si necesitara el dinero? O por si la cosa se pusiera antiestética?
 
Al tratarse de una cuenta vivienda, nunca se sabe cuándo vas a necisitarlo para realizar el pago de la vivienda, y si necesitas cancelar anticipadamente para disponer del dinero para pagar el piso, y ésta fuera muy alto, quizás pierdas toda la rentabilidad extra que te estaba dando al ser un depósito en lugar de una cuenta de las llamadas "cuentas vivienda".

SAlu2
 
No lo había pensado... De todas formas creo que recurriré a depósitos mensuales, que son normalmente los que más rentabilidad dan, y en el caso que ocurriese lo que comentas, sólo perdería como mucho lo de ese mes.

Lo que tendría que hacer en la siguiente Declaración sería indicar el número de cuenta del depósito como cuenta ahorro vivienda y nada más? Por qué existen entonces las cuentas ahorro vivienda si podemos recurrir a opciones más rentables?
 
No lo había pensado... De todas formas creo que recurriré a depósitos mensuales, que son normalmente los que más rentabilidad dan, y en el caso que ocurriese lo que comentas, sólo perdería como mucho lo de ese mes.

Lo que tendría que hacer en la siguiente Declaración sería indicar el número de cuenta del depósito como cuenta ahorro vivienda y nada más? Por qué existen entonces las cuentas ahorro vivienda si podemos recurrir a opciones más rentables?


La cuenta que tienes que declarar es la cuenta o depósito donde tengas el dinero a 31 de diciembre de cada año.

Además guarda los resguardos de transferencia para poder justificar ante hacienda lo cambios de cuentas en caso de investigación.

Salu2.
 

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