Consultorio de derecho laboral.

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Y no son incompatibles.
No hablamos de licencias segun et. Hablamos de licencias mejoradas en convenio en dias naturales donde no indica que el inicio debe darse en el primer dia laboral siguente al hecho causante.
Pero debe especificarse que sean días naturales. El problema es que el único permiso que está establecido en dias naturales es el de matrimonio, y para el básico del ET el TS ha dicho que debe empezar en el día laborable siguiente cuando el matrimonio se celebre en día festivo para el beneficiario.
El TS patina porque, según el criterio de tu sentencia, por ejemplo, un permiso mejorado de matrimonio de 16 días podría ser peor que estándar del ET si el matrimonio se celebra el sábado y eso sería contrario al propio ET.
 
Aqui es donde entran acuerdos particulares a conveniencia.
Muchas empresas reducen la jornada en verano, no a costa de recuperarlas en invierno, si no descontando del credito de vacaciones.
No es legal, pero es comunmente aceptado
Hasta que alguien lo impugne y les saque los colores, porque los derechos mínimos del ET no son de libre disposición.
Nosotros reducimos jornada en verano porque hacemos jornada ligeramente superior el resto del año.
 
Pero debe especificarse que sean días naturales. El problema es que el único permiso que está establecido en dias naturales es el de matrimonio, y para el básico del ET el TS ha dicho que debe empezar en el día laborable siguiente cuando el matrimonio se celebre en día festivo para el beneficiario.
El TS patina porque, según el criterio de tu sentencia, por ejemplo, un permiso mejorado de matrimonio de 16 días podría ser peor que estándar del ET si el matrimonio se celebra el sábado y eso sería contrario al propio ET.
Y asi es. Muchos convenios especifican mejoras en dias naturales, no solo en el permiso por matrimonio, si no en otros tambien.
Esto ahora mismo y a raiz de este pronunciamiento (que no es mio) y algun otro en la misma linea, esta siendo motivo de controversia. Por lo que comentas, entre otras cosas.
 
Hasta que alguien lo impugne y les saque los colores, porque los derechos mínimos del ET no son de libre disposición.
Nosotros reducimos jornada en verano porque hacemos jornada ligeramente superior el resto del año.
Esa es la cuestion, que a muchos trabajadores les parece una afrenta a la empresa reclamar lo que les corresponde.
 
Buenas y gracias por anticipado. Tengo que reincorporarme tras una baja y tengo vacaciones pendientes de disfrutar del 2023. Puedo escribir a la empresa para notificar el alta y al mismo tiempo solicitar los dias NO disfrutados de vacaciones del año pasado? O tengo que reincorporarme y esperar un tiempo para poder cogerlos o me han "caducado"? Gracias
 
Buenas y gracias por anticipado. Tengo que reincorporarme tras una baja y tengo vacaciones pendientes de disfrutar del 2023. Puedo escribir a la empresa para notificar el alta y al mismo tiempo solicitar los dias NO disfrutados de vacaciones del año pasado? O tengo que reincorporarme y esperar un tiempo para poder cogerlos o me han "caducado"? Gracias
Para poder hacer uso de las vacaciones no disfrutadas durante periodo de IT, dispones de 18 meses desde el final del año en el que se han generado.
Tienes derecho a disfrutar de esos dias a tu reincorporacion.
 
Buenas a todos.
Tengo una pequeña duda, desde el 11 de este mes, estoy despedido por la empresa ( un ere concretamente), En teoría me pagaron las vacaciones que me debían, por lo cual, no me puedo anotar al paro para pedir la prestación hasta que pasen esos 10-11 días.
El caso es que, lo más seguro, es que el próximo 8 de julio comience en otra empresa.
Mi duda es, Puedo perder el derecho a la prestación si la nueva me despide en un plazo de por ejemplo 3 meses?
A ver si alguien me puede ayudar.
Gracias
 
Buenas a todos.
Tengo una pequeña duda, desde el 11 de este mes, estoy despedido por la empresa ( un ere concretamente), En teoría me pagaron las vacaciones que me debían, por lo cual, no me puedo anotar al paro para pedir la prestación hasta que pasen esos 10-11 días.
El caso es que, lo más seguro, es que el próximo 8 de julio comience en otra empresa.
Mi duda es, Puedo perder el derecho a la prestación si la nueva me despide en un plazo de por ejemplo 3 meses?
A ver si alguien me puede ayudar.
Gracias
Y por que ibas a perder el derecho a la prestacion si te despiden?
 
Y por que ibas a perder el derecho a la prestacion si te despiden?
Me refiero a que si pido la prestación para la semana, que es cuando me corresponde, si después comienzo a trabajar en esta empresa, puede haber algún problema?
Es mi duda. Por si el Sepe te exige un tiempo mínimo entre solicitud de prestación y solicitud de prestación.
Gracias
 
Me refiero a que si pido la prestación para la semana, que es cuando me corresponde, si después comienzo a trabajar en esta empresa, puede haber algún problema?
Es mi duda. Por si el Sepe te exige un tiempo mínimo entre solicitud de prestación y solicitud de prestación.
Gracias
No. El problema es darse de baja voluntaria.
 
Buenas a todos.
Tengo una pequeña duda, desde el 11 de este mes, estoy despedido por la empresa ( un ere concretamente), En teoría me pagaron las vacaciones que me debían, por lo cual, no me puedo anotar al paro para pedir la prestación hasta que pasen esos 10-11 días.
El caso es que, lo más seguro, es que el próximo 8 de julio comience en otra empresa.
Mi duda es, Puedo perder el derecho a la prestación si la nueva me despide en un plazo de por ejemplo 3 meses?
A ver si alguien me puede ayudar.
Gracias
Te han despedido pero tu baja en la SS no se hará efectiva hasta que transcurra ese tiempo de vacaciones. Poniendo que sean 10 dias, si fuiste despedido el 11 tu baja en la SS será el día 21, casualmente hoy. A partir de ese día tienes los 15 días hábiles siguientes para solicitar el paro, con efecto desde el dia 21 y los 15 días hábiles se cumplirían el 12 de julio. Yo te recomiendo que esperes hasta confirmar si te contratan para solicitar la prestación, y si te contratan no consumas prestación acumulada. Si no se consuma la contratación entonces solicita la prestación.
Por cierto, dices que te han echado por ERE, ¿cuanto tiempo llevabas en la empresa?
 
Te han despedido pero tu baja en la SS no se hará efectiva hasta que transcurra ese tiempo de vacaciones. Poniendo que sean 10 dias, si fuiste despedido el 11 tu baja en la SS será el día 21, casualmente hoy. A partir de ese día tienes los 15 días hábiles siguientes para solicitar el paro, con efecto desde el dia 21 y los 15 días hábiles se cumplirían el 12 de julio. Yo te recomiendo que esperes hasta confirmar si te contratan para solicitar la prestación, y si te contratan no consumas prestación acumulada. Si no se consuma la contratación entonces solicita la prestación.
Por cierto, dices que te han echado por ERE, ¿cuanto tiempo llevabas en la empresa?
los de hacienda me la quieren liar, dicen q cobre indebidamente dos meses en los que ya estaba despedido
 
Buenas tardes.
Soy uno de los autónomos que durante el ELbichito solicito las ayudas. Presente toda la documentación a tiempo en la que se justificaba la reducción de facturación y aun así me dan una resolución desfavorable. Hago la reclamación previa y también desfavorable, el hecho es que para mi esta claro que tuve una reducción de mas del 75% ya que pase de facturar unos miles de euros en el segundo semestre de 2019 a no facturar nada en los primeros tres trimestres de 2020. Por supuesto quiero demandar ante el juzgado de lo social y tengo algunas dudas ¿Necesito abogado? ¿tengo que pasar por el SMAC, es decir por la conciliación o me lo puedo saltar?
Pd: la continuación de la ayuda si me dieron una resolución definitiva favorable (es que son unos sinverguenzas) y ahora que me deniegan la primera me han mandado una notificacion en la que supongo que quieren echarla para atras (no la he recogido).
Muchas gracias de antemano.
 
Buenas tardes.
Soy uno de los autónomos que durante el ELbichito solicito las ayudas. Presente toda la documentación a tiempo en la que se justificaba la reducción de facturación y aun así me dan una resolución desfavorable. Hago la reclamación previa y también desfavorable, el hecho es que para mi esta claro que tuve una reducción de mas del 75% ya que pase de facturar unos miles de euros en el segundo semestre de 2019 a no facturar nada en los primeros tres trimestres de 2020. Por supuesto quiero demandar ante el juzgado de lo social y tengo algunas dudas ¿Necesito abogado? ¿tengo que pasar por el SMAC, es decir por la conciliación o me lo puedo saltar?
Pd: la continuación de la ayuda si me dieron una resolución definitiva favorable (es que son unos sinverguenzas) y ahora que me deniegan la primera me han mandado una notificacion en la que supongo que quieren echarla para atras (no la he recogido).
Muchas gracias de antemano.
Una de las particularidades de la jurisdicción social es que no necesitas abogado en primera instancia.
Cuando el demandado es una administración pública no se requiere conciliación.
 
Una de las particularidades de la jurisdicción social es que no necesitas abogado en primera instancia.
Cuando el demandado es una administración pública no se requiere conciliación.
Ok, aclarado. No se requiere conciliación pero¿sería positivo solicitarla o no añadiría nada al proceso?
 
Una duda, si yo estoy de baja y me reincorporo y retomo mi trabajo normal y vuelvo a hablar con clientes y proveedores, decirles que he estado de baja es ilegal??

Creo que la empresa no lo ha comunicado a nadie y han seguido contestando mails desde mi cuenta, pero no era personal, que tampoco sé si es legal o no.
 
Una duda, si yo estoy de baja y me reincorporo y retomo mi trabajo normal y vuelvo a hablar con clientes y proveedores, decirles que he estado de baja es ilegal??

Creo que la empresa no lo ha comunicado a nadie y han seguido contestando mails desde mi cuenta, pero no era personal, que tampoco sé si es legal o no.
No es ilegal.

La cuenta era generica o personalizada?
 
Buenas tardes.
Soy uno de los autónomos que durante el ELbichito solicito las ayudas. Presente toda la documentación a tiempo en la que se justificaba la reducción de facturación y aun así me dan una resolución desfavorable. Hago la reclamación previa y también desfavorable, el hecho es que para mi esta claro que tuve una reducción de mas del 75% ya que pase de facturar unos miles de euros en el segundo semestre de 2019 a no facturar nada en los primeros tres trimestres de 2020. Por supuesto quiero demandar ante el juzgado de lo social y tengo algunas dudas ¿Necesito abogado? ¿tengo que pasar por el SMAC, es decir por la conciliación o me lo puedo saltar?
Pd: la continuación de la ayuda si me dieron una resolución definitiva favorable (es que son unos sinverguenzas) y ahora que me deniegan la primera me han mandado una notificacion en la que supongo que quieren echarla para atras (no la he recogido).
Muchas gracias de antemano.
No eres el único.
El político es conocido por engañar y mentir a todos.
No sé si disfruta lo votado o un lo siento.
 
Una duda, si yo estoy de baja y me reincorporo y retomo mi trabajo normal y vuelvo a hablar con clientes y proveedores, decirles que he estado de baja es ilegal??

Creo que la empresa no lo ha comunicado a nadie y han seguido contestando mails desde mi cuenta, pero no era personal, que tampoco sé si es legal o no.
Que has estado de baja es una cuestión personal, eres libre de comunicarlo a quien quieras.
En cuanto a la cuenta de correo, si es una cuenta tipo departamental pueden hacerlo... pero ojito: si han firmado los correos con tu nombre no sería legal en absoluto. Es suplantación de identidad.
No es ilegal.

La cuenta era generica o personalizada?
Ojito.... si han firmado con su nombre sería delito.

En mi empresa tenemos cuentas comunes para los departamentos: operaciones, repuestos, etc... pero cada uno firma con su nombre los correos que envia.
 

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